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Actas del Primer Ciclo de Simposias NUEVAS CUERPAS PARA NUEVAS TRANSFORMACIONES Centro de Derechos Humanos, Facultad de Derecho de la Universidad de Chile y Equipo de Género y Subjetividades Trans de ONG CERES. Actas del Primer Ciclo de Simposias: Nuevas cuerpas para nuevas transformaciones – 1ª ed. Santiago, 2021. Edición y coordinación: Débora Fernández Cárcamo y Rita Lages. Revisión y corrección: Débora Fernández Cárcamo, Marcela Weintraub y Gloria Salas. Diagramación y diseño de portada: Paola Femenías Obra de la portada: Daniel Arzola, Campaña No Soy Tu Chiste # 49, 2014. Centro de Derechos Humanos de la Universidad de Chile y Equipo de Género y Subjetividades Trans de ONG CERES Actas del Primer Ciclo de Simposias NUEVAS CUERPAS PARA NUEVAS TRANSFORMACIONES AGRADECIMIENTOS Nuestro más concernido agradecimiento al Directorio de ONG CERES y al Centro de Derechos Humanos de la Facultad de Derecho de la Universidad de Chile. La confianza hacia quienes velamos por el diseño, gestión e implementación de las actividades del primer Ciclo de Simposias fue plena y sin condiciones. Agradecemos a l*s miembr*s del Equipo de Género & Subjetividades Trans de CERES quienes monitorearon el desarrollo de las actividades y muy especialmente a l*s autor*s, sin l*s cuales no sería posible el proyecto de la primera publicación de las Actas. Agradecemos también a tod*s aquellas personas que fueron parte de las sesiones: a l*s estudiantes, asistentes y a l*s activistas e investigador*s que expusieron en los paneles de las Simposias. Agradecemos también el vínculo y la disposición humana de Daniel Arzola, artivista autor de la obra visual sobre la que se diseñó la portada de las Actas. Agradecemos, por último, a la Facultad de Derecho de la Universidad de Chile, quien se interesase por la calidad académica y por el compromiso ético que tienen lugar en estas páginas, dando cuenta de su preocupación por la promoción y el ejercicio de los derechos fundamentales de las personas trans* en Chile. 7 Índice ACTAS DEL PRIMER CICLO DE SIMPOSIAS • Nuevas cuerpas para nuevas transformaciones Agradecimientos 8 I. 6 II. ¿Mi identidad es siempre normativa? 86 87 Prefacio 10 Prólogo 12 Posicionamiento de estudiantes trans en el sistema escolar chileno. Análisis de un caso de estudio Introducción 16 Sujetos disfóricos y crítica queer: hacia la despatologización de lo trans* 95 Presentación incardinada 34 Nuevas cuerpas, nuevas familias 99 Registro de afiches 42 Cuerpos que (no) importan: acerca de las identidades trans y de la diversidad corporal 109 Diálogo final Simposia 2020 115 Sobre l*s autor*s 127 Alianzas feministas y sexodisidentes frente al trans*odio 46 Tolerancia y discrecionalidad de los discursos de odio: en torno al «libre-tránsito» del Bus de la libertad 47 Disquisiciones sobre la justicia sexodisidente en la actualidad 58 Cuerpos e imágenes de la ola feminista 67 Cuerpos gestantes, cuerpos aliados. El aborto más allá de la propiedad del cuerpo 74 Citas 82 9 PREFACIO Rita Lages La presente obra colectiva es el resultado de una colaboración entre el Centro de derechos humanos de la Facultad de Derecho de la Universidad de Chile y la organización no gubernamental CERES iniciada en el 2017. La importancia de generar conciencia acerca de los derechos y libertades fundamentales de todas las personas, máxime de los grupos históricamente discriminados, y del mandato de prevenir y erradicar la violencia, los estereotipos y las prácticas asociadas a la discriminación histórica y estructural que sufren las mujeres o las personas LGBTI+1 en particular (Corte IDH, Caso Atala Riffo y niñas vs. Chile, párr. 91) fue el hilo conductor de los textos que integran el libro que ahora se publica. Los textos aquí reunidos corresponden a las ponencias presentadas por l*s distint*s orador*s participantes en las primeras tres versiones de la Simposia «Nuevas ‘cuerpas’ para nuevas transformaciones» realizadas en 2017, 2018 y 2020. El «estallido social» del 18 de octubre de 2019 interrumpió la continuidad de las simposias, la que fue retomada el año siguiente en modalidad remota, en virtud de la pandemia. Como deja antever las bajadas de título de cada una de las versiones realizadas («Lugares donde la ciencia no llega»; «Diálogo entre filosofas feministas y el activismo trans»; «Identidades trans*, educación y derechos humanos») y el perfil de cada un* de l*s invitad*s, se realizó un esfuerzo metodológico por generar una discusión temática y disciplinaria amplia que diera cuenta de la diversidad y complejidad de las cuestiones y desafíos políticos, jurídicos, sociales y culturales que el género y las disidencias sexuales plantean. En efecto, el género, el sexo o la identidad no se circunscriben a lo privado, sino que están entramados en complejos sistemas de poder que contienen procesos y reglas normalizadoras de cuerpos y subjetividades capaces a su vez de generar prácticas y dispositivos de exclusión y diferenciación. 1. Hemos decidido mantener la signatura del acrónimo que refiere a la diversidad y disidencias sexuales y de género tal como se encuentra inscrita en cada uno de los textos de la presente publicación. No unificarlas bajo una de sus versiones tiene la ventaja de (1) dar cuenta de la pluralidad de sus usos y (2) de diferenciar la «positividad» que éste posee en el conjunto de relaciones desenvuelto en cada uno de ellos. En otras palabras, el acrónimo funciona como una compuerta hacia los efectos, pragmáticas y posicionamientos que movilizan y son movilizados por el orden del discurso de los derechos humanos. Lo mismo sucederá con la distinción analítica de los conceptos «diversidad» y «disidencias», así como con la distinción analítica de los conceptos «queer» y «cuir», que en nuestro contexto se encuentran singularmente cargados de experiencia y significación. En reiteradas oportunidades, la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) ha aclarado que la exclusión y la diferenciación motivada por estereotipos de género o por la orientación sexual por vía de políticas públicas y/o de actuaciones de autoridades nacionales no solo contribuyen a la reproducción de condiciones de vulnerabilidad de las personas afectadas, sino que también constituyen formas de discriminación violatorias de los derechos humanos y, por ende, susceptibles de generar responsabilidad internacional de los Estados (Corte IDH, Campo Algodonero, párrs. 164, 401-402; Corte IDH, Caso Atala Riffo y niñas vs. Chile, párrs. 111, 146). En su Introducción al pensamiento jurídico de 1956, Karl Engisch empezaba por observar el poco interés que despertaba el derecho y la ciencia jurídica en l*s no juristas, no obstante que tod*s, juristas o no, vivíamos bajo la égida del derecho y somos continuamente afectados y dirigidos por él. Ante semejante contestación, que lo llevó a cuestionar qué podíamos nosotr*s, l*s juristas, hacer para que el derecho cautivara el mismo interés que las demás ciencias del espíritu y de la cultura, contestó que debíamos empezar por familiarizar al no-jurista con la naturaleza y el modo de ser de su pensamiento. Estamos convencidas de que la presente obra, que reúne textos jurídicos y no jurídicos, representa un esfuerzo del Centro de Derechos Humanos por aproximar el conocimiento del derecho a un público no jurista, y así contribuir a evidenciar el potencial de la ciencia jurídica de contestar a las preguntas fundamentales, es decir, a aquellas que se ubican en la raíz de nuestras instituciones y prácticas jurídicas y sociales. Con la lectura de las Actas de la Simposia no solo nos hacemos contemporáneos de la vivencia de las mujeres y personas LGTBI+ víctimas de violencia y discriminación, de sus dolores, luchas y esperanzas, sino que además nos proveemos de argumentos y reflexiones para formular esas preguntas fundamentales; única forma, para nosotr*s juristas, de encontrar soluciones a los problemas jurídicos. Finalmente, nuestro agradecimiento a las estudiantes-ayudantes del Centro de Derechos Humanos, Monserrat Sepúlveda, Romina Neuman y Nataly Escribano, y a Gloria Salas, nuestra asistente de edición, por su apoyo en el trabajo de edición del libro, bien como a tod*s aquell*s estudiantes-ayudantes, y han sido much*s, que han colaborado en la organización de las distintas versiones de la Simposia «Nuevas “cuerpas” para nuevas transformaciones». 11 PRÓLOGO Alba Rueda La incorporación de la perspectiva de la diversidad como un enfoque transversal a las políticas, programas, medidas y acciones del Estado supone un cambio en la concepción de los pilares del pensamiento moderno. Desde esta perspectiva, asumimos que lesbianas, gays, travestis, trans*, bisexuales, intersexuales y todas las expresiones de identidades de género que se encuentran por fuera de la cisheteronorma son protagonistas de la política para la construcción de sociedades más igualitarias. Es importante remarcar que la posibilidad de implementar esta perspectiva es el resultado de años de lucha, organización y astucia activista y militante. En Argentina, la inclusión y jerarquización de la perspectiva de la diversidad por parte del Estado se traduce tanto en la ampliación de derechos para la población LGBTI+ —con sanciones legislativas como la ley 26.618 de matrimonio igualitario del 2010, la ley 26.743 de identidad de género del 2012 y la ley 27.636 “Diana Sacayán-Lohana Berkins” de cupo laboral travesti trans del presente año—, así como en el establecimiento de organismos que promueven, ejecutan y regulan políticas para la población LGBTI+, como la creación del primer Ministerio de las Mujeres, Géneros y Diversidad y la primera Subsecretaría de Políticas de Diversidad en la historia de nuestro país. En un sentido más amplio, la perspectiva de la diversidad supone una reformulación del principio de igualdad. A diferencia del sujeto abstracto y falsamente universal de la igualdad liberal, desde la igualdad en la diversidad se garantizan los derechos de todes en sus particularidades y se reconocen las voces de l*s destinatari*s de las políticas: quienes históricamente han vivido en los márgenes de la administración pública, de la economía y de la política. L*s destinatari*s se convierten en actor*s de las políticas. Pero la ampliación de la igualdad que implica la perspectiva de la diversidad se traduce no solo en instrumentos políticos sino, también, en términos más amplios, culturales y sociales. La diversidad conlleva una transformación en y desde todos los niveles de la política, de lo público, de lo común. Y es precisamente por esa ampliación que contamos hoy con esta publicación que reúne las Actas del Simposio, es decir, de un evento que da cuenta de la diversidad en la universidad. Podemos entonces pensar en este encuentro entre la producción académica y la perspectiva de la diversidad considerando algunos aspectos centrales de la vida universitaria. En primer lugar, una problemática urgente para pensar la relación de las universidades con los derechos LGBTI+ tiene que ver con la falta de datos para conocer a esta población y con las complejidades de su acceso y permanencia en las instituciones universitarias. Es indispensable producir información sobre la población LGBTI+ en la universidad. Tenemos que profundizar el camino que venimos recorriendo recientemente para tener un registro más claro y real sobre las violencias hacia nuestra comunidad en las instituciones de educación superior. Asumimos que las personas travestis y trans* no acceden a las carreras universitarias, pero no sabemos qué sucede con aquell*s que sí ingresan una vez que 13 ACTAS DEL PRIMER CICLO DE SIMPOSIAS • Nuevas cuerpas para nuevas transformaciones 14 están cursando. Debemos conocer más en profundidad la especificidad de los mecanismos de disuasión y de exclusión que operan sobre personas LGTBI+ en las instituciones de educación superior. La particularidad de las violencias que se ejercen hacia esa población y que hacen mella en la integración de la comunidad académica se vinculan con cuestiones de registración administrativa, de acreditación, de trato entre pares y edilicias (tales como la marginación y exclusión LGBTI+ que es producto de los baños binarios), así como con los conocimientos legitimados que constituyen los cánones de las disciplinas académicas. Los contenidos de los programas universitarios son así, con todo, un segundo aspecto central a problematizar. Pensando en las grandes áreas de conocimiento, sobre estos contenidos podemos señalar que operan desde paradigmas cisheterocentrados y, por lo tanto, excluyentes. Si consideramos, por ejemplo, a las humanidades y las ciencias sociales advertimos que, generalmente, las currículas se organizan mayoritariamente en torno a referencias de autores cis masculinos. Si observamos, por otro lado, el área de las ciencias de la salud, la psiquiatría y la medicina en general, corroboramos que se estructuran en base a conocimientos del cuerpo humano basados en concepciones binaristas y heterociscentradas, que muchas veces redundan en sesgos LGBTIodiantes. Son muchos los aspectos que pueden ser abordados desde la perspectiva de la diversidad para transformar las universidades en espacios garantes los derechos humanos. En ese sentido, podemos llamar a la articulación de una agenda política de lucha contra la discriminación y por la recomposición comunitaria y por la integración de la diversidad sosteniendo apuestas no punitivistas de resolución de conflictos y gestión de las violencias; asegurando políticas que den espacio para la agencia de les sujetes y que no recaigan en la victimización, la guetización, la estigmatización o el asistencialismo; y resguardando el enfoque de derechos e interseccionalidad de todos los abordajes. Pero también es imprescindible que los espacios de formación sobre saberes transfeministas sean coherentes con las políticas de ampliación de derechos de las personas transtravestis y sostengan acciones como el cupo laboral en las instituciones de educación superior. institucional ligado de manera directa con el escenario político actual. Asimismo, la publicación de las Actas resulta auspiciosa por lo menos por dos sentidos que quisiera destacar. Primero, porque este material abona sin lugar a dudas a las transformaciones necesarias, tanto en los contenidos como en las prácticas universitarias, para consolidar el respeto de los derechos de todas las identidades de género y la diversidad. Y, segundo, porque esas transformaciones se enmarcan y acompañan de un proceso más amplio, de grandes cambios institucionales y sociales, que hoy podemos ver desplegados en Chile hacia una sociedad más justa, igualitaria y diversa. La celebración de la tercera versión del Simposio «Nuevas Cuerpas para nuevas transformaciones» da muestra del compromiso de gran parte de la comunidad académica del CDH y de la ONG CERES para garantizar una perspectiva de diversidad en las temáticas de investigación desde un posicionamiento 15 INTRODUCCIÓN Débora Fernández Cárcamo Desde sus inicios, en noviembre del 2017, hasta su tercera versión en noviembre del 2020, el primer ciclo de Simposias Nuevas Cuerpas para nuevas transformaciones se caracterizó por poner en la palestra la preocupación por la vulneración de los derechos de las identidades trans*2, a través de perspectivas e interrogaciones inmersivas y porosas que supieron disponer una convergencia de relaciones interinstitucionales cruzadas que logran dar cuenta de las distintas miradas del activismo, la producción de conocimientos académicos y los saberes jurídico-sociales en materia de derechos humanos. A la luz de esa trinidad cobraron vida los esfuerzos de una asociatividad incardinada y el deseo de ser agentes críticos que promueven una comprensión renovada del haz de relaciones que subyacen a los procesos normativos y socio-culturales transidentitarios en nuestro contexto local. Resultado de ello es la publicación de estas Actas, desarrolladas gracias a las labores asumidas junto al Centro de Derechos Humanos (CDH) de la Universidad de Chile. 2. El uso del asterisco (*) en el vocablo «trans» señala un concepto genérico para el devenir-generizado de sujet*s de género variante. Este abarca identidades y procesos de construcción y deconstrucción del género de personas binarias y no binarias, cuir y sexodisidentes, de género estable y fluide. Entre las opciones usualmente utilizadas de «lenguaje inclusivo» («x», «@», «e», «a/o/e», «u»), hemos adoptado este signo lingüístico como una forma de intervenir en la función normativa de la gramática del español. Función que, en su forma a-crítica, reproduce formas de desigualdad asociadas a la interpelación subjetiva y a la permisibilidad social de la identidad de género. Se trata, en otras palabras, de una estrategia lingüística que nos permite desactivar (en el marco de los fines consignados para este documento) las sesgos y prácticas patriarcales, coloniales, binaristas, antiparitarias, heteronormativas y cisexistas que asfixian el horizonte de las libertades e impiden el pleno goce de los derechos civiles de las personas trans*. Este recurso tiene la fortaleza de abrir el campo de posibilidad de otras variantes sexogenéricas, mientras que, al mismo tiempo, permite atender a la significación de los rasgos analíticos que se juegan en las voces y posicionamientos involucrados, ya que los percibe y da a leer en tanto que «diferencias» genéricosexuales. Atendiendo a lo recién mencionado, cada vez que este vocablo aparezca sin asterisco hará referencia a casos y esquemas conceptuales de identidades trans binarias (transfemeninas o transmasculinas); asimismo, cada vez que la asignación de género de l*s sujet*s vaya sin asterisco se estará aludiendo a identidades cisgénero binarias (cisfemeninas o cismasculinas). Sin embargo, no hemos dejado de respetar la aparición de recursos de lenguaje inclusivo utilizados por «les autores» allí donde estos estaban cargados de una significación particular. Por mor a la data y a las funciones de registro, lo mismo hicimos con los títulos y referencias bibliográficas. Es de notar que hemos realizado esta intervención en los textos atendiendo a sus argumentos y lógicas internas con el mayor cuidado que nos fue posible. Como se podrá ver, en ocasiones el asterisco conquistó, bajo la misma orientación, nociones que no se dicen directamente de un sujeto, tal es el caso de «l*s cuerp*s». La fundamentación científica de nuestra elección se basa, por un lado, en aquella literatura especializada que se ha caracterizado por tematizar el avance de las políticas trans* en materia de ciudadanía sexual, como, por otro lado, en estudios del ámbito sociolingüístico que se han ocupado de exponer, explorar, reflexionar y problematizar las discusiones surgidas a partir de la adopción del lenguaje inclusivo de género en espacios universitarios, largamente debatidos —dicho sea de paso— por la esfera conservadora de la RAE. Para efectos de la fundamentación de esta elección, rescatamos dos elementos medulares de la glotopolítica: (1) la comprensión la dimensión social de la lengua en tanto «hecho social» y (2) el estudio de la dimensión política de la lengua en tanto «terreno de disputas de poder» (Scotto, 2020). En cuanto al devenir de las actividades que nutren las Actas una breve síntesis nos será de ayuda para generar una imagen definida de sus intervenciones. El Primer Ciclo de Simposias está conformado por dos versiones presenciales, una realizada el jueves el 23 de noviembre del 2017, apodada Lugares donde la ciencia no llega, la otra realizada el jueves 6 de diciembre del 2018, centrada en el eje dialógico que la subtitula Diálogo entre filósofas feministas y el activismo trans. Debido al remezón suscitado por la crisis del Estallido social chileno y la posterior arremetida de la sindemia3 mundial del Coronavirus, que ingresara a Chile en marzo del 2019,4 la tercera versión, abocada al pluralismo del eje Identidades trans*, educación y derechos humanos, debió ser postergada, realizándose de manera virtual, según los códigos sanitarios a esa fecha vigentes, el jueves 26 de noviembre del 2020. Pese a las incertidumbres y cambios que contrajeron ambas crisis (18-O y COVID-19) el voto de confianza con l*s académic*s se mantuvo durante todo el transcurso que separa la segunda de la tercera versión, lo que habla de la confiabilidad y de la madurez del lazo social generado entre les activist*s y académic*s en ocasión de la gestión, diseño e implementación de cada una de sus versiones. Cuestión que nos enorgullece y nos alienta a seguir trabajando de manera conjunta en esa dirección. El diseño de la portada de las Actas es producto del trabajo de Paola Femenias. La imagen, en cambio, corresponde a una obra del artista visual, diseñador gráfico y activista por los derechos humanos, Daniel Arzola. Dicha obra pertenece a la campaña No soy Tu Chiste del 2013 y tiene la particularidad de ser la primera campaña LGBTIQ+ venezolana que dio la vuelta al globo a través de la prensa y las redes sociales. En términos de la participación de l*s invitad*s el recuento es el siguiente: por los paneles pasaron 13 académic*s y activistas, entre ell*s, docentes, abogad*s, psicoanalistas, filósofas feministas, activistas trans*, investigadores del Centro de Derechos Humanos y tres candidat*s a diputad*. En las instancias de exposición y diálogo se presentaron avances de investigaciones, agenciamientos críticos de incidencia social y posicionamientos teóricos sociales enmarcados en 3. El fenómeno del COVID-19 es más una «sindemia» que una «pandemia» dado que la primera da cuenta con precisión de fenómenos que movilizan una interacción biológica con el ordenamiento social, mientras que la segunda refiere únicamente a la propagación de una enfermedad. Esto es importante ya que el análisis del virus SARS-CoV-2 amerita, con todo, un enfoque biopsicosocial. 4. El primer caso de SARS-CoV-2 en Chile es el de una médica de 33 años de la ciudad de Talca, caso registrado el 3 de marzo del 2019. 17 ACTAS DEL PRIMER CICLO DE SIMPOSIAS • Nuevas cuerpas para nuevas transformaciones CONTEXTO Y SÍNTESIS DE LAS PRESENTACIONES REVISITADAS 18 los ejes temáticos que definieron la apuesta de las tres versiones del Primer Ciclo. En sí mismas, cada una de las presentaciones demostró ser un insumo formativo lúcido, contingente y analíticamente nutritivo, permitiendo ampliar la comprensión de las problemáticas en juego y (re)dimensionar las dificultades, conceptos y desafíos más relevantes que constituyen en la actualidad el campo de acción de los procesos jurídicos, sociales y culturales de la ciudadanía sexual tocantes a los derechos de las identidades trans*. En concreto, las Actas recogen siete de las presentaciones que tuvieron lugar en sus distintas versiones, a lo que se le suma la entrevista a un* de los participantes y el diálogo final que siguió a la presentación de la última versión. Cada presentación fue revisitada por l*s autor*s, con quienes mantuvimos el diálogo durante todo el periodo de edición, y con quienes, en algunos casos, hemos seguido colaborando e intersectando ideas en proyectos afines en el ámbito civil y universitario. ¿Cuál es la actualidad de las intervenciones revisitadas? Una respuesta a la altura de la experiencia consabida es la que ensayamos a continuación. Gracias a las teorías queer, el posthumanismo, las epistemologías trans* y las políticas (cuir) sexodisidentes, sabemos que el tiempo no es lineal. Tan cierto es que la función diacrónica de la heteronormatividad está llena de borraduras, discontinuidades y asimetrías como que la actualidad, «en sí misma», está atravesada por un heterocronismo en el que habitan líneas de fuerza, investiduras moleculares, agenciamientos e imaginarios político-sociales diversos. De modo que, si bien siguen siendo expresiones relativamente nuevas, hablar de «trans*historicidades» y «temporalidades queer» ha comenzado a dejar de ser algo inhóspito, raro o incandescente a los ojos de la imagen del mundo cisgénero. Poder leer a Gabriela Mistral y a la red de mujeres que se resistieron —a su manera— al dogma heterosexual de la reproducción a principios del siglo XX desde un lente queer, o releer la figura heroica y campesina de Juana de Arco a partir de la acusación de la Iglesia Católica en su contra, que terminó por lleverl* a la hoguera por vestir prendas y realizar labores asignadas al género masculino, son un ejemplo de esto último. El pasado y la comprensión epocal de la historia han transmutado en razón de los efectos normativos, epistémicos y psicosociales del activismo que impulsa la avanzada de derechos en las calles, las asambleas, el parlamento, en los espacios académicos, en las «no redes» y en los «no lugares», en los medios digitales y en el proceso constituyente que inició tras las elecciones del 15 y 16 de mayo del 2021. En suma, cada una de las intervenciones revisitadas son útiles para leer lo que nuestro presente le adeuda a las imágenes y sexopolíticas del pasado. Estas permiten identificar los efectos de los debates nacionales en torno a las subjetividades trans* e interrogar el marco de inteligibilidad que los hace, hoy, más visibles y atingentes que nunca. Por otro lado, si hacemos uso de un lente retro-proyectivo, hay que destacar que la totalidad de los fenómenos analizados por l*s autor*s tienen un alto índice de resonancia con fenómenos que nos competen de cuerpo y pensamiento. Estos (re)posicionan y (des) localizan flujos, lineamientos, deseos y representaciones que determinan en buena medida la textura y naturaleza del hic et nunc de nuestro presente. Tal es el caso, por ejemplo, de los debates, contenidos y procesos relativos a la diversidad y disidencias sexuales en la Convención Constitucional. Para darle forma a los argumentos recién esgrimidos y con el ánimo de facilitar el abordaje del entramado de lecturas y rendimientos analíticos en juego, pasaremos ahora a describir los ejes centrales de cada uno de los textos que componen la presente publicación. La prominente internacionalización de los movimientos anti-género es un fenómeno inquietante, de la articulación de sus políticas han brotado distintas iniciativas que ponen en riesgo el bienestar de las vidas trans* y la avanzada de los derechos de la ciudadanía sexual. La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) se ha pronunciado al respecto en cada uno de sus informes sobre derechos de la diversidad y disidencias sexuales y de género. Ejemplo de esto último es la siguiente cita: La CIDH no puede dejar de expresar su preocupación con el avance de sectores anti-derechos LGBTI, en la región inclusive en el seno de los poderes del Estado, que se traduce en la adopción de leyes y otras medidas estatales contrarias a los derechos de las personas LGBTI. Asimismo, la Comisión también observa con cautela la proliferación de campañas de desinformación y manifestaciones promovidas por sectores contrarios al reconocimiento de los derechos de las personas LGBTI en todo el continente (CIDH, 2019). Se constata que el telón de fondo de las condiciones normativas y socioculturales de nuestra región es uno de los más adversos a escala global. Sin embargo, esto no es motivo para desestimar los esfuerzos en dirección a la igualdad sustantiva, al contrario, es la razón para hacer 19 ACTAS DEL PRIMER CICLO DE SIMPOSIAS • Nuevas cuerpas para nuevas transformaciones lo que está al alcance de nuestras posibilidades para — en base a la articulación y el compromiso— hacer cada vez más cercana la posibilidad formal de una vida libre de discriminación y cisexismo. 20 El primer texto de las Actas plantea una entrada vigorosa a estos temas, permitiendo relocalizar el fenómeno global según las coordenadas y acontecimientos de nuestro contexto local bajo una mirada filosófica situada. Siendo la única intervención que hemos recogido del Primer Ciclo, Tolerancia y discrecionalidad de los discursos de odio: en torno al «libre-tránsito» del Bus de la libertad buscó levantar una lectura en torno a la posición del Gobierno de la segunda administración de Sebastián Piñera frente a la campaña del Bus de la libertad, más conocida como el Bus del odio, cuya primera aparición en Chile data de julio del 2017. En específico, la intervención trabaja el vínculo entre las altas tasas de transfemicidio, o travesticidio, de nuestro continente con el estatuto de «sujetos sin Estado» que le es inherente a las subjetividades trans*, toda vez que el Estado-nación licencia la circulación de la discursividad trans*odiante incumpliendo de manera voluntariamente con su rol garante de nuestros derechos fundamentales. La autora y activista nos recuerda la debacle políticocultural que instaló la polémica nacional relativa a la niñez trans* por motivo de la (en aquel entonces eventual) adopción de una normativa que daría «carta de ciudadanía» a una población históricamente despreciada y estigmatizada, a saber, la Ley de Identidad de Género (LIG). A pesar de ser la presentación más remota (habiendo transcurrido cuatro años desde su lectura en la Aula Magna de la Facultad de Derechos de la Universidad de Chile) esta parece no haber perdido pertinencia. Ante todo, porque el episodio analizado es uno de entre muchos de los protagonizados por Marcela Aranda que circularon de manera profusa en los medios de comunicación. Basta recordar que previo a la tercera versión de la Simposia, la Coordinadora del Observatorio Legislativo Cristiano declaró el «retorno» de su campaña en medios de prensa televisivos. La reacción en redes sociales fue sólida, creativa, iluminadora y pertinaz, una muestra contundente de que el Estallido social del 2019 cambió la dinámica de participación ciudadana, dando cuenta, por otro lado, que las políticas de visibilización e iniciativas de capacitación y sensibilización trans*afirmativas impulsadas por distintas organizaciones han dado frutos. Gracias a ello el bus no ha llegado a tocar nuevamente las calles de nuestro país.5 Asimismo, la intervención revisitada tiene la virtud de establecer una referencia temporal y una vinculación espacial de un fenómeno que se ha vuelto cada vez más 5. Sabemos, por cierto que la intención de anunciar la reaparición de la campaña del Bus de la libertad no se limitaba a su mera implementación, resulta clave recordar que ésta tuvo lugar en la antesala de la campaña presidencial de José Antonio Kast, líder continental en materia de políticas anti-género. En efecto, qué duda cabe, el objeto del acto de habla de Marcela Aranda estaba dirigido a la promoción de la adhesión del candidato que felizmente perdiera en segunda vuelta el 19 de diciembre de 2021. gravitante. Si en aquel entonces era posible aseverar que un metro de distancia de fanatismo religioso separaban a Marcela Aranda del pastor evangélico y fiscal federal de los tribunales de la ciudad de Texas, Jeff Mateer, hoy vemos con preocupación el aparecer de más de 100 proyectos de ley anti-trans* en Estados Unidos en lo que va del año. A esas legislaciones (la mayoría de ellas rechazadas, mientras que otras efectivamente promulgadas), se suma la creación de centros de pediatría y comunidades profesionales altamente ideologizadas que no hacen sino extremar la psicopatologización, naturalizar las terapias de reconversión de género y viralizar la arenga transodiante. Ante esto último, volvemos a observar intentos de darle un respaldo científico —no validado por la comunidad científica— a las argumentaciones del conservadurismo anti-trans* en sesiones parlamentarias, tal como ocurrió en el decurso de las discusiones de la LIG chilena en el Congreso Nacional y en la Comisión Mixta. De manera inversa, una réplica nacional de la abatida anti-trans* es, por ejemplo, el proyecto de Renovación Nacional que busca eliminar, mediante disposición de la Superintendencia de Educación, el uso del lenguaje inclusivo de género (incorporación de la «e» como medida gramatical inclusiva) en los ciclos escolares de jardines y establecimientos escolares (educación parvularia, básica y media).6 Un antídoto a esas iniciativas es la propuesta política de activistas trans*, cuyo crecimiento y evolución ha quedado inscrito en el decurso del Primer Ciclo de Simposias. En esa línea, lo acontecido con la intervención de Rodrigo Mallea es una lección digna del espíritu de la «objetividad encarnada» de Donna Haraway. En innumerables ocasiones las invectivas de la teoría queer nos han señalado que «lo fallido» puede llegar a convertirse en un objeto de creatividad analítica capaz de resignificar las prácticas sociales y las maneras en que leemos la realidad.7 Eso es precisamente lo que está detrás de la intervención del militante de Convergencia Social: una pérdida de documento nos dio la posibilidad de entrevistarle en plena campaña para la Convención Constitucional por el Distrito Electoral N° 9.8 En la entrevista, realizada el 5 de abril del 2021, se pasa revista por diversos temas, entre los que se encuentra 6. El proyecto de reforma constitucional, ingresado el 26 de mayo al Congreso no tuvo éxito. Es de destacar que sus objetivos eran diametralmente opuestos a la demanda de Educación Sexual Integral promovida por los movimientos estudiantiles, buscando impedir que “las ideologías contaminen mediante el lenguaje la educación de los niños y adolescentes” y proteger el “derecho preferente que tienen todos los padres y madres de educar a sus hijos según los valores y principios que estimen convenientes” (26 de mayo, 2021). 7. Un momento de consolidación de esta temática es el que se encuentra en el libro El arte queer del fracaso de Judith Halberstam (2018). 8. El D9 está compuesto por las comunas de Cerro Navia, Conchalí, Huechuraba, Independencia, Lo Prado, Quinta Normal, Recoleta y Renca. 21 ACTAS DEL PRIMER CICLO DE SIMPOSIAS • Nuevas cuerpas para nuevas transformaciones 22 el panorama comparado de las Leyes de Identidad de Género; el lugar de la ciencia social y la política pública en materia de derechos intersex, transgénero y no binarios; la apertura de sentido del proceso constituyente y la prioritización disputada de estas demandas; la perfectibilidad de la LIG chilena; los problemas en la interpretación respecto de la ejecución de la Ley y los márgenes preestablecidos que dificultan la incorporación de los derechos no binarios en nuestro ordenamiento jurídico; los desafíos de la transformación de la Ley Antidiscriminación; las barreras al acceso a la justicia y el relativo abandono del Gobierno en estas materias; la labor educativa y la demanda social de una educación no sexista en el proyecto de Educación Sexual Integral, sus características y contratiempos. En cierto sentido, la entrevista logra tomarle el pulso a las expectativas del activista no binarie, abogade y ex ayudante del CDH de la Facultad de Derecho de la Universidad de Chile respecto del futuro de la nueva carta constitucional. Las preguntas fueron confeccionadas pensando en plasmar los argumentos y posicionamiento de un representante de las luchas no binarie en Chile, que fue candidate a Diputade por el mismo distrito en el que ha venido construyendo, desde el inicio del proceso constituyente, un significativo movimiento de base. En la línea de la interpretación de movimientos sociales, Cuerpos e imágenes de la ola feminista de Karen Glavic ensaya una lectura de los efectos de la revuelta feminista del Tsunami Feminista chileno en el régimen de poder patriarcal. A partir de la asunción de las imágenes de la revuelta como fuente de interpretación y bajo la figura de dos «insistencias», el texto aborda las encrucijadas, contextos y posicionamientos que son parte de los ejes centrales del diálogo de la teoría feminista con las demandas trans*. El motivo de la desconfianza hacia el «significante mujer» y el locus enunciativo de las «mujeres sin distinciones ni fisuras» es vital. La autora nos invita a prestar atención en cómo las demandas, cuyo objeto son las distintas formas de violencia sexual que padecen l*s cuerp*s feminizad*s, devienen una razón para fortalecer la identidad-sorora-cisgénero del nosotras-Mujeres. De la mano de un surtido de citas que reposicionan la mirada de intelectuales feministas chilenas reconocidas a nivel nacional e internacional —como es el caso de Alejandra Castillo, Olga Grau y Nelly Richard— los efectos del identitarismo son pensados con base en las interrogaciones de un feminismo que apuesta por el descentramiento del significante mujer y la distancia crítica frente a los sesgos de una comprensión que reduce la diferencia de las mujeres a la «diferencia materna». Para la autora, el porqué de esa desconfianza posee una naturaleza eminentemente política. Ella apunta, en concreto, a las formulaciones celebradas por la Agenda de la Mujer del gobierno de Sebastián Piñera y a las iniciativas separatistas del feminismo trans*excluyente. En contraste, el texto recurre al devenir movimiento estudiantil chileno, sus luchas, objetivos, agenciamientos y formas de expresión, de modo que el aparecer de la demanda de una educación sexual no sexista es leída como una asunción histórica que afirma la multiplicidad de l*s cuerp*s, sin perder de vista la especificidad de la violencia que l*s atraviesa. En ese contexto, destaca la carga simbólica que posee el petitorio de estudiantes de la Pontificia Universidad Católica. Sumado a las denuncias de acoso y abuso sexual, l*s estudiantes solicitaron dar respuesta expresa a cuatro demandas anexas: tomar las medidas necesarias para subsanar la precariedad laboral de l*s funcionari*s, reconocer el nombre social de l*s estudiantes trans*, incorporar de manera integral el uso del lenguaje inclusivo en la vida universitaria y diseñar baños para personas no binarias o ágenero. Las insistencias introducidas por Glavic son sin lugar a duda relevantes, una muestra «lo suficientemente buena»9 de que no se les debe quitar la palabra a las mujeres no-trans* cuando se trata de pensar la especificidad de la lucha de las demandas trans* al interior de los movimientos feministas. He ahí donde la filosofía feminista y la crítica cultural aportan con la potencia de sus saberes a uno de los debates más vibrante de nuestra época. Ellas nos permiten imaginar un feminismo «como lugar polifónico» que apuesta por «desordenar la correspondencia entre cuerpos, géneros y subjetividades», asumiendo la tarea de pensar en aquello que la experiencia de las identidades trans* le hace al feminismo, así como en las estrategias más acordes al deseo de producir una solidaridad allí donde el ejercicio de la «desidentificación» es tomado no como un efecto de la alienación del modo de acumulación actual, sino como un punto de vista crítico. Siguiendo con el vector dialogante entre filosofía, feminismo y activismo trans*, Nicole Darat aborda, a partir de los saberes y fundamentos de la filosofía del derecho, los límites que posee para los feminismos el precepto que hace del cuerpo una «propiedad». Siendo uno de los ejes centrales en los debates contemporáneos en torno al derecho al aborto en l*s cuerp*s gestantes, Cuerpos gestantes, cuerpos aliados. El aborto más allá de la propiedad del cuerpo postulará que detrás de este precepto se encuentra una retórica liberal anquilosada que opera como razón suficiente de las formas de desigualdad androcéntricas. La autora demuestra que Thomas Hobbes y John Locke, a pesar de haber colaborado (indirectamente) en la emergencia de los derechos de la mujer, no manifestaron un compromiso con la reivindicación de las mujeres, concibiéndolas, a la usanza de la época, como algo menos que «sujetos». ¿El motivo? Su condición de cuerp*s gestantes y el vínculo filial de las lógicas de cuidado. El repaso por las teorías del contrato social pronosticado en el texto el siguiente atolladero: «una retórica liberal nos conduce a conclusiones liberales: derechos individuales abstractos». Bajo ese precepto, el cuerpo figurará como aquello que separa del común, soporte de una abstracción que refuerza la indivisibilidad del individuo y justifica su reclusión hacia el espacio privado. Orientando la mirada hacia la deconstrucción de la retórica liberal y de la ontología que sustenta dicha retórica, la autora 9. Alusión a Travesti: una teoría lo suficientemente buena de Marlene Wayar (2018), activista trans* histórica de la República de Argentina. 23 ACTAS DEL PRIMER CICLO DE SIMPOSIAS • Nuevas cuerpas para nuevas transformaciones 24 hará un llamado a volver sobre los basamentos del análisis marxista desde la crítica teórica del pensamiento feminista. Así, ya con los ojos puestos en el campo de problemas de la redistribución recurrirá a uno de los últimos trabajos de Judith Butler, rescatando la idea fuerza de que todo reconocimiento de un cuerpo ha de ser concebido como reconocimiento de su vulnerabilidad y dependencia constitutivas. Bajo esa línea argumental se sostendrá que así como no hay «propiedad» plena de sí, no hay posibilidad de dejar de ser-con otros. La cuestión política de fondo radicará, entonces, en las disputas inmanentes al aseguramiento de las condiciones materiales de existencia que hacen de la vida una «vida vivible». A modo de interludio e intervención lectural, hemos escogido un conjunto de citas de activistas reconocid*s en el circuito nacional, teóricas queer y críticas culturales, intelectuales transmasculinos y organismos de derechos internacional. Su contenido atraviesa distintos registros (poemas y diagnósticos sobre la “vulnerabilidad agravada”, publicaciones en redes sociales, fragmentos de libros, crónicas y gajos de análisis que dan cuenta de ciertos giros epistémicos), formando así un entre-lugar que corta el libro en dos de manera bifásica, con el afán de promover líneas de fuerza de un afuera trans*disidente bajo el formato “compendio” de reflexiones sobre un campo de problemas particular. El segundo conjunto de intervenciones revisitadas comienza con la presentación de Pablo Astudillo, quien nos comparte una reflexión que tiene a sus espaldas los resultados de una investigación en torno a los problemas de inclusión y justicia educativa LGBTI en establecimientos escolares chilenos. Su presentación está basada en el abordaje de los sistemas de educación en América Latina que se encuentran en el Informe de Educación 2020, publicado por UNESCO, del cual fue miembro junto a María Teresa Rojas del Departamento de Políticas Educativas de la Universidad Alberto Hurtado. Más que una síntesis del Informe en bruto se trata de una reflexión particularizada en base a la investigación solicitada por la UNESCO. En esa línea, el objetivo de Posicionamiento de estudiantes trans en el sistema escolar chileno. Análisis de un caso de estudio fue ofrecer un ángulo de análisis respecto de la concepción de inclusión, operativa actualmente, en los establecimientos escolares chilenos, dando cuenta de las principales tensiones observables que son producto de la inclusión de estudiantes trans*. Basándose en la noción sociológica de «ruido» y centrándose en un caso de transición de género de una estudiante transfemenina, se relevan los posicionamientos de los distintos actores de la comunidad educativa de un colegio de élite. Tal como se arguye en el cuerpo de la presentación, el hallazgo y las conclusiones de la investigación no son privativas, al contrario, son constatables en experiencias educativas de distintos establecimientos escolares. Estas se encuentran vinculadas, por un lado, al avance en materia de inclusión propugnada por el marco normativo general que inicia en el 2015 con la Ley de Inclusión Escolar, y por otro, a la complejidad de la modulación de adoptan las normativas sexogenéricas en cada contexto. En sus palabras: «Hoy existen ciertas leyes que ofrecen un contexto jurídico distinto al que existía antes del 2015, pero su traducción al ámbito escolar tiende a ser un proceso complejo, no lineal. De ahí que urge una nueva pregunta: ¿cuáles son las posibilidades y los límites de inclusión en un establecimiento dado?». Para dar respuesta a esa pregunta se analizan distintas tensiones, tales como la tensión existente entre el derecho a la libertad de expresión y el derecho a asegurar la educación; los posicionamientos individuales de l*s profesor*s que dan cuenta de una aceptación, pese a la voluntad de la Directiva, inestable; las narrativas que invisibilizan procesos de violencia simbólica; concebir a la identidad de género como un problema y no como ocasión para dinamizar los aprendizajes sobre sexualidad, género y formación ciudadana; la distinción que organiza a los hablantes que encarnan las tensiones (visible en l*s estudiantes, e invisible en la subjetividad de l*s adult*s); las jerarquías de los patrones genérico-sexuales como es el caso de la desvalorización de las formas de vida no binarias. En concreto, el análisis de estas tensiones arrojará luz sobre los límites de la puesta en práctica de las lógicas de inclusión y la socialización de las normas de género interiorizadas en el comportamiento de l*s estudiantes, en el imaginario de l*s apoderad*s y en las presunciones (institucionales, teóricas y conductuales) de l*s docentes y directiv*s. La intervención nos permite mirar con otros ojos la tendencia de establecimientos escolares a tolerar la transición de género de estudiantes bajo un esquema que se desentiende de las problemáticas y desafíos más profundos, marcando así la pauta de futuras reflexiones. La siguiente intervención revisitada es Sujetos disfóricos y crítica queer: hacia la despatologización de lo trans. En ella, Claudia Calquín desarrolla un cuestionamiento a la episteme10 del campo de las ciencias psi —en este caso en particular, del pensamiento médico-psiquiátrico que es común a la psicología y a la psiquiatría— en consideración del rol que esta ha tenido en la promoción de un ideal regulatorio cuyas líneas de demarcación definieron, durante buena parte del siglo XX e inicios del XXI, la legibilidad e ilegibilidad, la normalidad y anormalidad de ciertas formas de identidad, teniendo consecuencias prácticas (directas e indirectas) en el goce de los derechos de las personas trans*. Con ese objeto y a la luz de los postulados crítico-deconstructivos de la 10. La noción de «episteme» proviene del griego , su traducción convencional es la de «ciencia» o «conocimiento». Sin embargo, en la intervención apunta, con todo, al uso que esta noción posee en el pensamiento de Michelle Foucault. 25 ACTAS DEL PRIMER CICLO DE SIMPOSIAS • Nuevas cuerpas para nuevas transformaciones teoría queer, se da curso a una crítica del paradigma moderno de la psicopatologización de las identidades trans*, cuyo reverso es la apuesta por el carácter de abierto, inconcluso y relacional que poseería la noción de identidad. 26 De ese modo, la directora de la Escuela de Psicología de la Universidad de Santiago abordará el significante maestro de «disforia de género» analizando el dinamismo de un orden de discurso que va de la nosología clínica11 a la autodeterminación individuada de los procesos de identificación monitoreados por dispositivos terapéuticos, para comprender cómo es que cirugías, discursos y diagnósticos clínicos formulan una «consistencia ontológica del sujeto trans» que ha estado en la base de las normativas jurídicas y de la criteriología jurisprudencial que reconoce la identidad de género de las personas trans*. Desde esa mirada, las cirugías no solo constituyen la posibilidad de reasignación genital y la confirmación del género autopercibido a través de las tecnologías de transformación corporal, ellas devienen verdaderas «prácticas habilitadoras del reconocimiento» de las identidades trans*. Si atendemos a la vitalidad de los debates que están en juego hay dos que nos parecen particularmente relevantes. El primero es una paradoja que ha estado presente a lo largo de la historia de la reivindicación de los derechos trans*, la cual se puede expresar de la siguiente manera: dada la envergadura de las prácticas de discriminación, exclusión, estigmatización, segregación, hipersexualización y genocidio de las que son objeto las personas trans*, ¿bajo qué criterio resulta estratégico abogar por «borrar del mapa» una categoría que efectivamente ha facilitado el acceso a beneficios sociales, recursos sanitarios y derechos formales? Los desencuentros al interior de los colectivos trans* que enmarcaron la campaña Stop Trans Patologization (2009) son una muestra de la vitalidad de esos debates. Lo cierto es que, pese al temor y a los antagonismos, la despatologización constituye la génesis de aquellas demandas que más tarde se materializarían en los dispositivos jurídicos que conocemos como Leyes de Identidad de Género (Missé y Coll-Planas, 2010).12 Hoy lo sabemos, uno de los principios adoptados por la LIG chilena es, precisamente, el «principio de despatologización». Sin embargo, tan cierto es que este no tiene aplicabilidad jurídica para menores de edad, como que buena parte de la población trans* adolescente ha adoptado la noción de disforia como una noción que da sentido a sus vidas, encabezando muchas veces el devenir de su construcción identitaria.13 11. La nosología es la rama de la medicina cuyo objetivo es describir, explicar, diferenciar y clasificar la amplia variedad de enfermedades y procesos patológicos existentes. 12. Missé, M. (2010). Epílogo en M. Missé y G. Coll-Granas (Eds.), El género desordenado. Críticas en torno a la patologización de la transexualidad (documento digital sin paginación). Editorial Egales. 13. Esto es observable, por ejemplo, en la experiencia del grupo de acompañamiento para jóvenes trans y sus familias que CERES realiza semanalmente desde abril de 2021. El segundo debate apunta a los procesos de autodeterminación de (algún) género. La pregunta aquí es la siguiente: ¿hasta qué punto necesitamos de la categoría de «disforia» para dar pie a la sostenibilidad de las vidas trans*? ¿Cuáles son los núcleos de sentido que negocia la preeminencia de esa necesidad? Si bien las consecuencias del sufrimiento psíquico que afecta a las personas trans* es indesmentible (depresión, alcoholismo, altas tasas de suicidio), ¿hasta qué punto este no oprime, vigila, modeliza y controla la potencia deseante, en cada caso irreductible, de estos procesos? En palabras de la autora, «¿Cuál es la función política que cumple el sufrimiento en la nosología del DSM?». El activismo lo ha dejado en claro; así como el desprecio, la discriminación y los crímenes de odio no suponen un fenómeno de «fobia», sino, precisamente, de «odio», el sufrimiento psíquico trans*específico no tiene en sí mismo nada de «endémico», este es un producto de prejuicios y esquemas mentales trans*odiantes avalados política y culturalmente en nuestra sociedad. La nosología del DSM no escapa a ese dilema bioético. Pensar que una agresión se puede llegar a escudar en el significante médico de «fobia» (como es el caso de actos de agresión desmedida cometidos bajo el supuesto de una reacción «transfóbica» ante lo patológicamente temido) es seguir poniendo la neutralidad científica de la diagnosis al servicio de la privilegios cisgénero por más «cultural» que (se estime) sea el asunto. Con Nuevas cuerpas, nuevas familias de Claudia Iriarte, nos encontramos con una perspectiva propia de las ciencias jurídicas. Esta intervención revisitada hace eco con la presentación de Nicole Darat. En ambas, la historia y filosofía del derecho moderno y pre-moderno forjan una entrada a los principios que estructuran el ordenamiento jurídico. Enmarcada en la preocupación por lo que nuestro sistema jurídico hereda del sistema jurídico constitucional del siglo XVIII, Claudia Iriarte se centra en una interrogación simple a la vez sumamente profunda: ¿cuál es el rol que ha cumplido, desde entonces, la familia? Las funciones de control social adoptadas por los nacientes Estado-naciones son, precisamente, aquellas que van a gobernar la administración de l*s cuerp*s y el reparto desigual de los derechos en nuestra (post)modernidad. Nuevamente, lejos de ser anacrónica, o de estar «superada», la pregunta es pertinente toda vez que se considera la siguiente premisa: la erradicación de la discriminación y la violencia de género (en todas sus formas) no pasa únicamente por el objeto y la aplicación de cambios normativos, sino por la transformación de los modelos de familia. Para desenvolver esa premisa, la autora expondrá cómo es que la distinción entre lo público y lo privado replica la distinción de las matrices productivas (económicopolíticas) y reproductivas (definidas por la determinación biológica de la diferencia sexual). La distribución de los roles sexogenéricos definirá así «privilegios» y «desprecios» que se ven reflejados en la carta de derechos fundamentales. Para el orden androcéntrico, lo familiar estará constituido por «lo doméstico, la economía de los cuidados, lo reproductivo», haciendo de la identidad sexual de las mujeres aquello que, por definición, les restará la posibilidad de pertenecer a la 27 ACTAS DEL PRIMER CICLO DE SIMPOSIAS • Nuevas cuerpas para nuevas transformaciones 28 esfera de la ciudadanía. En otras palabras, la función social del género relega a l*s cuerp*s feminizad*s a una exclusión al interior de la sociedad: interior comprendido por la intimidad del mundo privado. La autora subraya que el establecimiento de relaciones desiguales que son producto de la binariedad de dicho paradigma determina, en igual medida, las potestades jurídicas que nos regulan, y la división sexual del trabajo: su efecto es, a un mismo tiempo, cívico y económico, cultural y material. Planteado de tal manera, no resulta extraño que las disidencias sexuales sean concebidas como aquellas formas de vida que poseen un alto grado un «valor disruptivo». Esto es así, precisamente, puesto que ocupan el lugar de aquello que pone en riesgo la continuidad de tal paradigma. En otras palabras, si la «familia legítima» es aquella que desde la antigüedad hasta hoy se encuentra consagrada por el ordenamiento jurídico y ha sido protegida con todo el peso de la ley, las disidencias sexuales al alterar la naturalización de la cisheteronorma, al desistir del principio de complementariedad de los sexos en el matrimonio, al crear líneas de fuga y componentes de interacción social que disputan el marco de inteligibilidad modernocolonial de nuestra sociedad y al señalar la violencia que está detrás de los esquemas justificatorios de ideal del progreso, reivindican una subjetivación política que ha hecho plausible el emplazamiento de políticas que buscan crear y transformar la jurisprudencia, alineando la interpretación de la ley en razón del goce de los DESCA de subjetividades no hegemónicas, tal como se aprecia en la lucha por el reconocimiento de los derechos de otros modelos de familias, de otras relaciones sexoafectivas y de otras experiencias de parentalidad. Siguiendo en la estela del derecho, pero esta vez complementada por la experiencia del activismo trans*, Constanza Valdés nos presenta un análisis de los criterios y fundamentos de la Ley de Identidad de Género. En Cuerpos que (no) importan: acerca de las identidades trans y de la diversidad, la abogada transfeminista elabora una reflexión en torno a la LIG de nuestro país, centrándose en la importancia de las políticas de visibilización para el avance de los derechos trans*. Sin embargo no se detiene allí; esta caracterización es complementada con la tematización del lugar que tiene la representatividad, a nivel del discurso comunicacional y del sistema político, pero así también a nivel de la producción cultural protagonizada por historias de vida trans*, como es el caso de películas, series, reportajes y documentales que circulan por distintos medios14. El interés de la autora de ¿Un cuerpo equivocado?: Identidad de género, derechos y caminos de transición (2021) es, a su vez, jurídico y político. Ella aboga por un movimiento de denuncia de las desigualdades y por la creación de coaliciones que van desde la disputa de los espacios de representación política por la defensa de derechos fundamentales hasta la búsqueda de una transformación política-institucional del ordenamiento social. Uno de los elementos ineludibles en su análisis es cómo y bajo qué fundamentos la jurisprudencia chilena ha establecido condiciones «necesarias» a la hora de darle validez jurídica a la identidad de género autodeclarada. Siguiendo el gesto de Judith Butler, consignado en el título de su presentación, se podría decir que esta da cuenta de las iniciales de los «esquemas justificatorios» que sostienen la legitimidad de una violencia estatal-nacional basada en falacias, sesgos, prejuicios y conservadurismos que reinstalan el ideal regulatorio cisgénero, heteronormativo, binario y patriarcal. Cuestión que se ve reflejada en las prácticas y en el estudio del derecho, toda vez que la cualidad de ciudadanía depende de un prototipo de transición de género reductivista y estereotipado, haciendo que las formas de vida trans* menos «conformes» y más «equívocas» sean rechazadas en base a una criteriología altamente discriminante: «que una mujer trans sea lo más femenina posible y que un hombre trans sea lo más masculino posible». Como activistas trans* lo sabemos, tales criterios son los que constituyen la médula de gran parte de los casos de discriminación que afectan a la población trans* en los espacios laborales, educativos, públicos, familiares y comerciales. Surge, entonces, la pregunta, ¿hasta qué punto el dispositivo jurídico que «da protección y reconocimiento» a la identidad de género de personas transgénero no hace de lo trans* un nuevo ideal regulatorio? El elemento crítico opera aquí como la condición sin la cual la igualdad de condiciones no tiene como hacerse posible. Esto es, para que el valor empírico-normativo de leyes como la LIG no definan reductivistamente la plasticidad intersubjetiva de la transición de género de las personas trans* se hace necesario no solo pensar en la perfectibilidad de la ley, o en el potencial rendimiento de las alianzas políticas, sino imaginar una configuración socio-jurídica que tenga en el centro los procesos de autodeterminación de (algún) género y no las identidades fijas per se. 14. La mención es aquí a Disclosure: ser trans más allá de la pantalla de Sam Feder, estrenada el 27 de enero del 2020. 29 ACTAS DEL PRIMER CICLO DE SIMPOSIAS • Nuevas cuerpas para nuevas transformaciones 30 Como punto de cierre hemos integrado la instancia dialógica que siguió a la fase de exposición. Esta contiene la intervención de la moderadora y las respuestas de l*s activistas y académic*s a las preguntas que hicieran l*s asistentes. En total, para la versión intitulada Identidades trans*, educación y derechos humanos (26 de noviembre, 2020) se inscribieron 105 personas según la tabulación de inscripciones formales, asistiendo alrededor de 40 personas. Ello demuestra el interés de l*s estudiantes, investigadores, activistas jóvenes, de miembr*s de CDH y activistas de CERES. Con todo, además de la entrega de contenidos con una perspectiva de género trans* inclusiva y de la actualización en temáticas relativas a la esfera socioeducativa, la tercera versión de las Simposias logró dar un paso en el entrelazamiento de objetivos y voluntades que apuestan por la transformación de las condiciones institucionales existentes con miras a una sociedad más justa y equitativa, sin desatender el contexto político cultural, los desplazamientos epistémicos y las experiencias sexodisidentes que florecen en nuestro país. Entre las enseñanzas y aprendizajes que ofrece el proyecto del Primer Ciclo de Simposias se encuentra el hecho de que la perseverancia y los compromisos asumidos con la red de actantes resulta ser un excelente recurso motivacional a la hora de afrontar las dificultades que son producto de la desigualdad de condiciones. Sin duda el crecimiento mutuo es fundamental para la valoración cultural y la sostenibilidad material de las vidas que encarnan las consecuencias de la vulnerabilidad agravada trans*específica, tanto como lo es el ideal de justicia social que le da consistencia a aquella fuerza sin la cual no sería posible pensar en la cristalización de procesos ético-políticos como el que tiene lugar en estas páginas. Una segunda enseñanza reside en que es imperativo abrir espacios, invertir esfuerzos y pensar en conjunto los (des) encuentros de l*s cuerp*s trans* con el campo de análisis teórico y las pragmáticas de incidencia social que son propias al mundo académico. Debemos seguir haciendo de los espacios universitarios y de los organismos no gubernamentales lugares capaces de formar y fomentar miradas que movilicen prácticas críticas y estímulos teórico-deconstructivos capaces de hacerle frente — de manera creativa e inventiva— a la hostilidad de un medio altamente cosificante en el que las lógicas que estructuran la reproducción de la desigualdad social (tales como el cisexismo epistémico, o la «transfobia» cultural) no hacen sino dinamizar sus mecanismos con el único objeto de anquilosar más y más su dominio. En otras palabras, para que la asociatividad entre centros e instituciones abocadas a la formación, investigación y promoción de derechos perdure y pueda diversificar las formas de resistencia analítica ante la injusticia social y epistémica es necesario escuchar la naturaleza del investimento de las voluntades involucradas, componer líneas de fuga en base a las competencias efectivas con las que se cuenta, escuchar la individuación de los procesos afectivos, fabricar un espacio-tiempo en base a las lógicas de cuidado, además, por supuesto, de estar dispuest* a aprender, comunicar y dedicarle tiempo de vida a las tareas compartidas en un contexto de crisis y aceleracionismo continuo. Igualmente relevante es, a un segundo nivel, el impulso vital que le da espesura al cruce entre el activismo y la investigación. En esa línea, hay dos preguntas de inmensa relevancia a las que la constelación de experiencias de incidencia, intervención e investigación social compiladas en las Actas dan respuesta. Estas son: (1) ¿En qué medida y bajo qué parámetros las ciencias sociales son afectadas por el quehacer del activismo de los derechos trans*?, y (2) ¿cuál es la singularidad (analítica y experiencial) de los emplazamientos enunciativos que hacen uso de los espacios de producción de conocimiento que históricamente han fomentado (por desconocimiento y falta de voluntad) la desigualdad instituida por el androcentrismo de los privilegios cisgénero? 31 ACTAS DEL PRIMER CICLO DE SIMPOSIAS • Nuevas cuerpas para nuevas transformaciones REFERENCIAS 32 Antes de finalizar no podemos dejar de mencionar que un último haz de acciones y relaciones al que apuestan las páginas de las Actas está dirigido a los potenciales usos de su contenido. Junto al Centro de Derechos Humanos de la Facultad de Derecho de la Universidad de Chile esperamos que estas lecturas permitan ampliar la comprensión de los fenómenos estudiados y puedan proveer de herramientas, empíricas y teóricas, prácticas y transformacionales, a estudiantes en formación, activistas de la sociedad civil, profesionales de instituciones educativas, ONGs y centros de investigación, con un doble fin. Por un lado, para que en el futuro se generen diagnósticos más acordes al devenir situado del pensamiento y las luchas trans*identitarias en Chile. Estos debiesen incorporar la especificidad de los desafíos inherentes al estudio de las vidas trans* y un conjunto de metodológicas dispuestas a afrontar sus desafíos. Para que esto ocurra es insoslayable que se considere el rol activo y consultivo de l*s actores de la sociedad civil y de l*s activistas trans* en los procesos de investigación, involucrando las trayectorias de transición de género y la intervención de las subjetividades aliadas a la luz de principios éticos transversales.15 Por otro lado, creemos que este material será útil para una toma de decisión informada que favorezca la creación de medidas, normativas, programas, protocolos y directrices que consideren la toma de conciencia de enfoques comprensivos y perspectivas trans*afirmativas que atiendan a la diversidad de la expresión de género de las personas trans* y garanticen el ejercicio de sus derechos económicos, sociales, culturales y ambientales; que favorezca la adopción de principios procedimentales para el abordaje de las formas de discriminación y violencia relativas a la identidad de género de las personas trans*; que contribuyan de manera efectiva a abolir la legitimación de los discursos trans*odiantes y a erradicar sus prácticas sobre la base de principios y estándares avalados por el derecho internacional; que promuevan, en suma, el respeto irrestricto a los derechos humanos fundamentales y se sigan las recomendaciones de la CIDH relativas a la diversidad y disidencias sexuales y de género. Defender y promover los derechos de la ciudadanía sexodisidente ha sido y sigue siendo una tarea de tod*s. Diciembre de 2021 Comisión Interamericana de Derechos Humanos. (2019). Reconocimiento de derechos de personas LGBTI. Halberstam, J. (2018). El arte queer del fracaso. Editorial Egales. Missé, M. y Coll-Planas, G. (Eds). (2010). El género desordenado. Críticas en torno a la patologización de la transexualidad. Editorial Egales. Scotto, V. (2020). Apuntes sobre ciertas resistencias en el lenguaje: el género del español. Descentrada, 4(2), e120. https://doi.org/10.24215/25457284e120 Wayar, M. (2018). Travesti: una teoría lo suficientemente buena. Editorial Muchas Nueces. Mostrador Braga. (27 de mayo, 2021). Diputados de Renovación Nacional presentan proyecto para prohibir el lenguaje inclusivo en la educación parvularia, básica y media. elmostrador.cl. https:// bit.ly/3r6fZQG 15. Desde luego, una referencia ineludible al respecto es: «Recomendaciones para la investigación psicológica con personas transgénero: Una aproximación desde una experiencia en Chile» (2021) de Jaime Barrientos Delgado et al. 33 PRESENTACIÓN INCARDINADA Débora Fernández Cárcamo El Primer Ciclo de Simposias Nuevas cuerpas para nuevas transformaciones es una de las primeras actividades promovidas por mí después de haber asumido, a mediados de 2017, la coordinación de equipo de la, en aquel entonces, Área de Estudios de Género y Derechos Humanos de CERES. Al volver la mirada hacia esos años algo que me parece particularmente significativo es que el traspaso de coordinación estuvo antecedido por un relevo que, en cierto modo, consagró la disposición de CERES al reconocimiento profesional de activistas transfemeninas. Sin ser una ONG abocada de lleno a los derechos, políticas y prácticas de intervención social de la población sexodisidente,16 el hecho de alentar y dar pie a la promoción de dos docentes transfemeninas con origen socioeconómico vulnerable fue un gesto que marcó positivamente el devenir de mi crecimiento, permitiéndome asumir responsabilidades asociadas a la participación en la toma de decisiones, la dirección de los procesos de inducción de nuevos soci*s, la distribución de recursos humanos relativa al voluntariado de soci*s activ*s, la asociatividad con otras instituciones y la interrelación con la orgánica, logísticas y dinámicas del Directorio. La persona de quien recibí la coordinación fue una docente transfemenina de Historia y Geografía que por aquel entonces se había postilado a CORE por la circunscripción registral de Santiago II, obteniendo una cantidad nada despreciable de votos. Al igual que yo, Romina Ramírez se había titulado de la UMCE. Curiosamente, pese a las actividades que organicé de la mano del grupo de estudiantes con el que conformamos el colectivo interuniversitario de estudiantes Grupo de Trabajo Diagrama17 no tuvimos la suerte de conocernos durante con Romina en el periodo de formación de nuestra licenciatura. El encuentro se daría más tarde, gracias a una publicación de uno de los grupos de mujeres trans de Facebook al que había llegado en búsqueda de información transespecífica. La perfecta excusa para conocernos resultó ser el lanzamiento de una revista de pedagogía crítica que tuvo lugar en la Facultad de Pedagogía de la Universidad Academia de Humanismo Cristiano. Una vez finalizado el evento nos dirigimos al café Avvocato, ubicado en Huérfanos con Rosa Rodríguez, en el que se celebró la que sería mi primera reunión en CERES. Recuerdo con nitidez la intensidad de la conversación que traficamos mientras caminábamos por las calles de Barrio Brasil: ese colocación 16. Si bien es cierto el núcleo del trabajo inicial de CERES comenzó con la Red de Psicólogos de la Diversidad Sexual, siempre ha sido una institución abocada a temas de intervención en políticas sociales con apertura a problemáticas asimismo diversas. 17. Grupo de trabajo Diagrama, 2012-2018. ARCIS, Universidad de Chile y UMCE. transfemenina en la motricidad del habla y la sagacidad de los procesos de identificación combinados con el altruismo de un ideal por revertir las formas de desigualdad socialmente instituidas que labraron nuestr*s cuerp*s e imaginarios es algo que solo he vuelto a experimentar en muy contadas ocasiones. Una vez asumida la coordinación, comencé a diseñar un cambio de perspectiva orientado a introducir las principales aristas de la resignificación de la noción de género a partir de un conjunto de lecturas vinculadas a la crítica de los esencialismos, las epistemologías trans*, la experiencia situada de las políticas del feminismo interseccional y los debates en torno a la diferencia sexual, cruzados por la filosofía posthumanista, dominante en mi formación en el Departamento de Filosofía de la UMCE. Uno de los objetivos de ese puntal fue levantar una comprensión más abarcativa de los dispositivos de regulación de la expectativa social cisgénero, sin perder de vista el pragmatismo necesario a la hora darle cuerpo, cara y concepto a la defensa y promoción de los derechos humanos de las mujeres cisgénero. A la luz de esa motivación, se dejaron atrás los restos de una praxis determinada de manera unívoca por una comprensión del género en tanto verdad naturalizada y producción otrificada para dar lugar a la interrupción de un suspenso vinculante que permitiera, «en teoría», dar lugar a la intervención social y a la reflexión analítica del cromatismo del campo de problemas de las expresiones e identidades de género que estaban surgiendo en nuestro contexto nacional. Esto nos llevó a reorientar la especificidad de las interrogaciones en torno a las problemáticas de la ciudadanía sexual, de modo que se volvió pertinente leer los procesos socio-jurídicos, políticos y económico-culturales que determinan la habitabilidad de las vidas trans*, fomentando el vector dialogante con los feminismos de mujeres cis. El ejercicio hizo que la cartografía de contenidos fuese adquiriendo cuerpo al punto que la reflexión en torno a los efectos producidos por el impacto de las transformaciones en curso de la avanzada de los derechos trans* en la sociedad chilena se fue nutriendo poco a poco de los activismos de organizaciones amigas, de la discursividad de las experiencias universitarias, de la interacción con programas de salud trans*afirmativos, de perspectivas teórico-analíticas y de lecturas compartidas, además, como es natural, de las limitaciones propias a las lógicas del voluntariado. Caracterizado por un perfil de formación multidisciplinaria (sociología, filosofía, trabajo social, periodismo, psicología y estudios de género) y por la puesta en práctica de las habilidades adquiridas en carreras humanistas y científico sociales, el equipo fue haciendo de la asociatividad con casas de estudio uno de sus fuertes. En ese sentido, la incidencia social y la confluencia de redes con otras organizaciones de la sociedad 35 ACTAS DEL PRIMER CICLO DE SIMPOSIAS • Nuevas cuerpas para nuevas transformaciones 36 civil estuvo atravesada, a partir de ese momento, por el afán de generar instancias de colaboración profesional mutua y de abastecer de criticidad el deseo de poner en juego sensibilidades entreveradas con la polifonía de las voces de la teoría feminista, con el desarrollo del pensamiento crítico contemporáneo y con los estudios abocados a los desafíos de las vidas trans* del mundo hispano y de nuestro sur latinoamericano. En strictu sensu, la gestión e implementación de las Simposias es fruto del plasma vital de esa disposición y del apremio de esos compromisos. No es de extrañar que esta sea, asimismo, la actividad con mayor continuidad en el tiempo del Equipo, siendo aquella que ha posibilitado de facto una incidencia participativa, aguda, inquieta, comprometida, oblicua, concreta y proliferante, basada en una mixtura de conocimientos, prácticos y teóricos, colindantes con enfoques jurisprudenciales antipatologizantes y filosofías transfeministas antiesencialistas: todo en razón del agenciamiento colectivo entre organizaciones y grupos, coaliciones e instituciones universitarias. En lo personal, la posibilidad de generar una actividad con el Centro de Derechos Humanos fue sumamente enriquecedora. Lo asumí gustosa, particularmente por dos motivos. El primero, porque el incentivo de contraer responsabilidades interinstitucionales y de poner a prueba mis competencias fue, además de un desafío, una plataforma idónea a partir de la cual socializar mi transición de género, e ir entretejiendo convergencias teóricas relativas al proceso sociocultural de reconocimiento de la identidad de género, en razón de ese «devenir-otr*-sí-mism*». El segundo, porque me permitió ser copartícipe de un involucramiento activo con las aprehensiones, experiencias y discursividades de los derechos y memorias de las identidades trans*. Eso ameritó una primera vinculación con la cuestión de los derechos, que, ciertamente, no estuvo presente en mi formación en la licenciatura. Es más, durante mis primeros meses como miembro de CERES cada vez que escuchaba la palabra «derechos humanos» no podía no pensar en las discusiones en torno al tópico de los «fines del hombre» producidas con tanta honestidad intelectual por la filosofía francesa de la segunda mitad del Siglo XX. Mi inclinación era, por ende, la de introducir pequeños deslizamientos y sobresaltos a aquello se me hacía tan «humano, demasiado humano» en las prácticas y pragmáticas del activismo. En cierto sentido, el tejido de ese lazo vinculante y de esas inquietudes iniciales me permitieron crecer al tenor de los diálogos y posicionamientos ético-políticos que, bajo distintas tonalidades y lineamientos, intentaron contribuir a la crítica de las formas, formaciones y formalizaciones de la violencia cisgénero a nivel glocal. A pesar de los infortunios que me ha tocado vivir como sujeto trans* (discriminación, inseguridades, vulneración e inequidad), diría que esos fueron los motivos que me llevaron a seguir haciendo uso de las aptitudes y fortalezas que he ido cultivando como investigadora y activista trans* desde aquel entonces. El hecho de que el primer ciclo de simposias haya sido una plataforma de interacción y promoción de derechos, activismos e incardinaciones críticas supuso no solo la posibilidad de dar vida al deseo de generar una urdimbre revestida de mis descalces y decisiones, sino, por sobre todo, la puesta en acto de un reconocimiento socioprofesional que en el ámbito de las docencias se me dio lleno de sinsabores, asperezas y tensiones. En cierto sentido, puedo decir que la aciaga expectativa preconizada y las marcas sociales dejadas por una seguidilla de discriminaciones que me tocó enfrentar como profesora de filosofía fueron «desedimentadas» y «contrabalanceadas» por el reconocimiento que emanó de la mano de la filiación de las demandas y las luchas sociales asociadas a los derechos trans*.18 Estoy segura de que comparto esta experiencia con much*s cuerp*s sexodisidentes: por más precarizante que sea su inicio, el activismo ha sido —con todas sus letras— el suelo de mi sobrevida como sujeto trans*.19 Indudablemente, por puesto hay espesores difíciles de sortear una vez se ha asumido realizar una transición de género: mientras las personas transfemeninas bajamos escalafones sociales al vernos alienadas por procesos de subjetivación inferiorizantes, la desigualdad, la discriminación y la violencia por razones de género aumentan de manera exponencial. Sobrevivir a esos tensores y seguir deseando estar viva es por sí mismo un triunfo que merece ser celebrado «a boca de jarro» (como decía una amiga poeta), sin culpa ni ostentación alguna (las cifras de suicidalidad de la población trans* es un quid constitutivo de la experiencia trans* latinoamericana). Algo distinto, pero igualmente deshumanizador sucede con las personas no binarias y con las infancias trans*, cuyos derechos, no siendo aún reconocidos en lo legislativo, han debido aguantar lo peor de la arremetida anti-derechos de la discursividad del odio y de la metafísica del dimorfismo sexual que esencializa categorías biopolíticas de regulación social, viralizando la incomprensión y justificando el daño de prácticas sociales, clínicas y psicopedagógicas de «reconversión», como lo son las violaciones correctivas o las terapias encabezadas por profesionales que ven en la transexualidad una enfermedad, así como en la creencia —sin base científica realmente avalada— según la cual 18. Relativas al mundo educativo me ha tocado atravesar tres experiencias de discriminación, cuya descripción resumo de maneras sucinta del siguiente modo: (1) después de tres meses realizando clases en un Colegio ubicado a las afueras de la ciudad de Santiago me vi en la obligación de renunciar a causa del no reconocimiento de mi género al que incurrían, de manera reiterada, estudiantes y Directivos del establecimiento; (2) una acusación injustificada en la que se me negó el derecho a réplica, incubada en uno de los colectivos docentes en los que participé, afectando durante un (breve) periodo de tiempo mi participación en CERES – ONG; (3) luego de haber pasado por tres entrevistas (una de ellas en la Corporación Municipal de Educación de la comuna de San Miguel) no recibí el llamado de confirmación para un reemplazo gestionado por uno de los Coordinadores de prácticas profesionales de la UMCE, en un Colegio de excelencia de la comuna. La docente por reemplazar estaba a cargo de la jefatura del curso, las estrategias y metodologías proyectadas estaban definidas y pensábamos ya en trabajo conjunto para el siguiente año. La licencia de la docente duró algo más de 2 meses, tiempo durante el cual dicho curso estuvo sin profesor(*) de filosofía. 19. También ha sido el lugar para las más grandes desilusiones y el desgarro de profundos extrañamientos. Ese es otro de los motivos por los que tengo en alta estima la madurez del grupo humano y la socialización interseccional de justicia que cobija CERES. Mi consejo en este ámbito es simple: tener las mayores precauciones posibles con los Colectivos imberbes y con el interés político de aumentar el rédito personal de simpatizantes en base a la visibilización de demandas sociales. 37 ACTAS DEL PRIMER CICLO DE SIMPOSIAS • Nuevas cuerpas para nuevas transformaciones 38 existiría un enorme porcentaje de jóvenes trans* que después de que «se les pasa» la aborrecible inclinación antinatura (del ser-trans) se «arrepienten», optando por «destransicionar».20 Salud Transgénero, por sus siglas en inglés),21 sé que los resultados de estudios con tales características han sido incorporados por la comunidad científica internacional hace tan solo unos años.22 Ahora bien, siendo este último uno de los argumentos más recurrentes durante el proceso de evaluación y discusión de la Ley de Identidad de Género en el Congreso Nacional chileno, se trata de algo que el saber endocrinológico ha desmentido de manera fehaciente. Además de la ceguera mental y la estrechez de corazón que son producto de los prejuicios sexuales, uno de los factores incidentales de esa creencia reside en la falta de estudios con perspectivas trans*afirmativas que cotejen periodos de seguimiento a largo plazo correspondientemente sistematizados. Por conversaciones con Cecilia Pereira, mi endocrina, quien es miembro coordinador de uno de los equipos de la WPATH (Asociación Profesional Mundial por la Como pocos, este libro tiene la cualidad —única e irreprimible, aventuro a decir— de haber sido soñado desde un cuerpo marcado por los efectos de la vulnerabilidad agravada que le es constitutiva a las vidas trans* en nuestro continente. Por más que la descripción quede corta y solo dibuje un leve remanente de lo vivido, no hay como no (dejar de) decirlo: el transcurso de las gestiones del Primer Ciclo de Simposias estuvo permeado, hasta las lágrimas, por la condición material de existencia a la que está obligada a adaptarse toda transición de género que intersecta con la precariedad, la desazón familiar y la sobreabundancia de dificultades laborales. Sin embargo, lejos de tratarse de una iniciativa que 20. Este es un tema sobre el que no se ha dejado de debatir. Una dosis circunstancial que lo refleja es la siguiente. A principios de la semana pasada (lunes 11 de octubre) en la bandeja de entrada de uno de mis emails se encontraba un boletín de Mendeley (un servicio para investigadores que funciona como un gestor de bibliografía, una plataforma de almacenamiento e intercambio de documentos). En el listado de artículos habían varias temáticas trans* y dos sobre el tema de la desistencia de la transición de género de personas de género variante. Uno sosteniendo la expansión y naturalización del fenómeno, el segundo elaborando una desmitificación crítica del primero. 21. World Professional Association for Transgender Health (WPATH), antiguamente llamada Harry Benjamin International Gender Dysphoria Association (HBIGDA), en honor al endocrino y sexólogo alemán estadounidense pionero en el tratamiento de las personas trans*. En la asociación trabajan profesionales de distintas disciplinas como medicina, psicología, derecho, trabajo social, psiquiatría, estudios de familias, sociología, antropología, fonoaudiología y sexología. 22. En este punto resulta importante mencionar una campaña en torno a la temática que ha tenido una cobertura mediática significativa. Me refiero a la campaña #SaludTransParaChile que iniciara en abril del 2021 y que adquiriera mayor impulso en el #OctubreTrans, mes de agitación y actividades de visibilización. El bloque Salud Trans Para Chile ha congregado a la gran mayoría de las colectivas y organizaciones trans*diversas activas y gremios de salud trans*afirmativos en el país (Colegio de Matronas, Colegio Médico y Colegio de Psicólogues de Chile). Su objetivo: promover una política nacional de salud trans* en el país que se vea reflejada en la nueva carta constitucional y esté incluida en las primeras 100 medidas del próximo gobierno. Cfr. https://www. instagram.com/p/CVQk847JEFG/?utm_source=ig_web_copy_link. reinstaló el cisexismo bajo un rostro más afable, grato, democrático y tolerante como sucedía hasta hace solo unos años cuando las vidas de las personas trans* eran un objeto cada vez más codiciado por académicos e investigadores cis, esta, insisto, se gestó con la base de la experiencia de una transición de género a género femenino en lo normativo (realicé mi rectificación registral de masculino a femenino antes de la promulgación de la Ley de Identidad de Género) y posteriormente a género no binario (el no binarismo fue un alivio psicoafectivo frente al fracaso del ideal femenino interiorizado), por lo que la producción de sentido y la individuación de entrelazamientos activistas y transdisciplinarios, además de estar piloteados de manera encarnada, contrarrestó la mala costumbre (histórica) de leernos como sujetosvíctimas, de reificar nuestra voz para fines cisnormativos y de excluirnos de aquella dimensión inmaterial que atañe a la producción, circulación, consumo e interpretación activa de conocimientos. En ese sentido, la diseminación de la demanda por el reconocimiento de los derechos trans*, promovida e interrogada por el Primer Ciclo de Simposias, estuvo definida por un espíritu que interpeló, denunció, refutó, alteró, desorganizó, articuló, imaginó y resignificó —en la medida de su propia potencia— la economía moral imperante, con el objeto de aproximar el sueño de una justicia y una libertad no cimentada por el bozal de una comprensión maniatada por la reproducción de la violencia heteropatriarcal, por el dogma del binarismo sexual, por la estigmatización y las injusticias de la expectativa social cisgénero. Hoy lo sabemos, uno de los obstáculos más escabrosos del cuadro de desigualdades cistémicas es el hecho de que la violencia cisgénero sea una violencia-estatal instituida culturalmente a través de programas, políticas y dispositivos de diverso orden. Un ejemplo de esto último es que mientras en educación sea lícito hablar del «no lugar» de las docencias trans*, la orgánica trans*afirmativa de profesionales de salud chilena haga uso de la noción de «no red» para autodenominarse. Si pensamos en el ámbito biomédico el cuadro es el siguiente: Dado que el Ministerio de Salud ha desoído de manera metódica la demanda de profesionales de la salud consistente en: (1) recursos focalizados para la atención a usuari*s trans* y (2) el diseño de una disposición administrativa competente a nivel nacional (dividida en tres zonas: norte, centro y sur), l*s profesionales que participan de policlínicos trans, promueven una atención abiertamente no binaria y practican terapias y cirugías de confirmación (vocal, genital, psíquica o biopsicosocial), han conformado la No red de salud de profesionales por los derechos trans*. Muchos de ell*s miembros de la fundación Diversalud Chile, actualizad*s profesionalmente por la WPATH.23 23. Una campaña que ha tenido una cobertura mediática significativa es la desarrollada por bloque Salud Trans Para Chile en el #OctubreTrans, mes de 39 ACTAS DEL PRIMER CICLO DE SIMPOSIAS • Nuevas cuerpas para nuevas transformaciones REFERENCIAS 40 Por otro lado, en la dimensión de la educación formal, a pesar de proyectos alternativos, efímeros o altamente precarizados, como los levantados por Fundación Transitar (2015-2018) y la Escuela Amarante Gómez (2018 a la fecha), de la Circular 0768 (27 de abril, 2017) y la Circular 0812 (21 de diciembre, 2021) de la Superintendencia de Educación, y de los principios de inclusión en materia educativa, cuando se trata de diagnosticar la realidad profesional de les docentes trans* en el país es común encontrarse con largos periodos de cesantías, con una alta tasa de discriminación, prejuicios, sobrevisibilización, instrumentalización, sexualización inapropiada, lavado de imagen institucional, hostigamiento, impasses intencionados e injusticias laborales. A todas luces, estos motivos están detrás de la nominación de un territorio existencial que se dice con la marca de la negatividad.24 De modo que no es un mero detalle que los encuentros y entrelíneas de las Simposias estuviesen cimbrados por intentos de postulación a posgrado, por la participación en grupos de investigación y por el ingreso efectivo a un programa doctoral como sujeto trans* con un tema de investigación en torno a la reconocibilidad de las vidas trans*, investida del deseo de hacer crecer la impronta de las epistemologías trans* en el país. En síntesis, del padecimiento de la precariedad de origen a la condición de becaria oficial de la Asociación Nacional de Investigación y Desarrollo de Chile, de los «inconvenientes» cistémicos como docente de educación media a estudiante de un Doctorado sobre teoría crítica en la Facultad de Educación y Ciencias Sociales de la UNAB: ese es el abismo sin fondo «superado», el salto cualitativo «efectuado» que me permite hoy una sostenibilidad por largo rato añorada, haciendo tangibles los esfuerzos por hacer del pensamiento y de la investigación un activo profesional al cual abocarme física y espiritualmente. Una vez dicho lo anterior, puedo aseverar que el Primer Ciclo de Simposias nació de la voluntad de objetividades encarnadas y que se pensó, desde su génesis hasta hoy en día, como un aporte cristalino a la comprensión del fenómeno cultural del reconocimiento y la inteligibilidad de los derechos trans*. En otras palabras, este es producto del anhelo por entramarse en el quehacer de la investigación y de tomar las decisiones necesarias que me permitiesen ir trazando la singularidad de una diferencia generizada al interior de un mundo que ha mirado en menos nuestras capacidades, que nos ha asesinado sistemáticamente en la representación cinematográfica, que nos ha arrojado al sopor lascivo la sexualización obligatoria, denegando la posibilidad de ser agentes y sujetos de saber. Esa es, precisamente, la vocación compartida que encontrarán en sus páginas. Fernández, D. (2022). “Identidades trans*, género y educación. Una lectura desde el no-lugar de la experiencia docente trans* en Chile”. En Cuadernos de Educación de la Universidad Alberto Hurtado. (De próxima publicación). Colectiva Pies Disidentes (20 de noviembre, 2021). Salud trans para Chile: los objetivos y desafíos de un proyecto urgente. https://www.instagram.com/p/ CVQk847JEFG/?utm_source=ig_web_copy_link Zucker, K. J. (2018, April 3). The myth of persistence: Response to «A critical commentary on followup studies and ‘desistance’ theories about transgender and gender non-conforming children» by Temple Newhook et al., International Journal of Transgenderism. Routledge. https://doi.org/10.1080 /15532739.2018.1468293 Butler, C., & Hutchinson, A. (2020, February 1). Debate: The pressing need for research and services for gender desisters/detransitioners. Child and Adolescent Mental Health. Blackwell Publishing Ltd. https://doi.org/10.1111/camh.12361 agitación y actividades de visibilización. Este bloque ha congregado a la gran mayoría de las colectivas y organizaciones trans*diversas activas y gremios de salud trans*afirmativos en el país. Su objetivo, promover una política nacional de salud trans* en el país que se vea reflejada en la nueva carta constitucional y esté incluida en las primeras 100 medidas del próximo gobierno. Cfr. https://www.instagram.com/p/CVQk847JEFG/?utm_source=ig_web_copy_link 24. Cf. Fernández, D. (2021). Identidades trans*, género y educación. Una lectura desde el no-lugar de la experiencia docente trans* en Chile. En Cuadernos de Educación de la Universidad Alberto Hurtado. (De próxima publicación). 41 REGISTRO DE AFICHES Afiche Simposia 2017, “Lugares donde la ciencia no llega”. 43 ACTAS DEL PRIMER CICLO DE SIMPOSIAS • Nuevas cuerpas para nuevas transformaciones 44 Afiche Simposia 2018, “Diálogo entre filósofas feministas y el activismo trans”. Afiche Simposia 2020, “Identidades trans*, educación y derechos 45 I. Alianzas feministas y sexodisidentes frente al trans*odio UNA BASE RELACIONAL PARA IMAGINAR EL FUTURO DE LOS DERECHOS TRANS* Tolerancia y discrecionalidad de los discursos de odio: en torno al «libre-tránsito» del Bus de la libertad Débora Fernández Cárcamo E s de lamentar que la transmisoginia y la trans*fobia se convirtiesen en la manifestación de los últimos alvéolos de la violencia social indiscriminada (Flick, 2017, 15 de agosto) en América Latina. El objetivo de mi presentación del día de hoy es el de contribuir a la toma de conciencia de esta problemática, desde la mirada una docente de filosofía y activista trans*. Tal como algun*s recordarán, en junio de este año (2017) se llevó a cabo la campaña del así llamado Bus de la libertad, la cual fue financiada con dineros extranjeros por la trasnacional CitizenGo y gestionada, de manera orgánica, por el Observatorio Legislativo Cristiano chileno, encabezado por la figura de Marcela Aranda. El bus en cuestión recorrió desde Santiago hasta Concepción, pasando por la sede del Congreso Nacional, sin haber recibido una sola restricción o amonestación por motivo a la incitación, sin remordimiento alguno, al agravio de los derechos de las personas trans*25, no binaries e intersex. Es más, desde la Vocería de Gobierno se comunicó que la única medida que se adoptaría consistía en que el bus no podría realizar paradas. Esto es, una medida que va en dirección contraria de los principios consagrados por la Ley Antidiscriminación, vigente desde el 2012 en nuestro país. Bien se podría interpretar la obligatoriedad de la no detención del bus como la perfecta metonimia del continuum de intereses parlamentaristas que ven en la disolución del núcleo familiar tradicional —basado en la repronormatividad del orden heterosexual— un desmoronamiento de su proyecto político. Me explico, en vez de velar por la protección de 25. El uso del asterisco señala un concepto genérico adoptado por el activismo y las epistemologías trans* que combate el reductivismo y los efectos adversos de la abstracción que muchas veces provocan los conceptos-paragua. 47 ACTAS DEL PRIMER CICLO DE SIMPOSIAS • Nuevas cuerpas para nuevas transformaciones 48 l*s ciudadan*s a los que el Estado se debe, la restricción aseguró su no interrupción, con resguardo policial, dando cancha, tiro y lado a la difusión de contenidos hostiles al libre desarrollo de una población históricamente vulnerabilizada. Esto nos lleva a pensar que hoy por hoy uno de los rostros del último enclave del autoritarismo cisheteropatriarcal es la CitizenGo. La coordinación de campañas internacionales implementadas en distintos países de nuestro continente (Colombia, México, Estados Unidos) da cuenta de ello. Ejemplo de esto son las agresiones que recibió, hace tan solo unos meses, la filósofa y teórica queer, Judith Butler. Suceso enmarcado por una campaña que recolectó más de más de 300 mil firmas con el fin de impedir la realización de la conferencia a la que la filósofa había sido invitada en el Centro Cultural de la ciudad de São Paulo (Reguero Ríos, 2017, 13 de noviembre). Esta es una muestra clara del modus operandi de la alianza entre corporativismos «caritativos» y el poder eclesiástico internacional, cuyo emplazamiento local instrumentaliza los discursos transodiantes bajo la egida de una derecha política que apuesta por la economía moral de la «ideología de género». Otra de las pautas de acción de esta alianza es poner sobre la mira a aquell*s autores, agrupaciones e instituciones, que buscan interrogar la repronormatividad de las formas de control en base al pensamiento crítico, la producción de conocimiento situado transfeminista y la asociatividad entre organismos civiles e instituciones de educación superior.26 Para esta ideología antigénero, la avanzada de los derechos de la ciudadanía sexual supone una especie de acción conjunta orientada a la destrucción de la «sociedad humana» vía «deconstrucción» de lo humano, en cuanto tal. Pervertir la sacralidad de aquella institución nodriza que es la familia sería, por ende, la mayor prueba de esa voluntad destructiva. Sin embargo, la interpelación de la «ideología de género» cae por su propio peso como un mecanismo ideológico intencionado cuya finalidad consiste en apropiarse de principios democráticos fundamentales como lo son la tolerancia, el respecto y la libertad de expresión. Para tod*s quienes abogamos por las demandas de la ciudadanía sexual y por el reconocimiento de los derechos de las identidades trans* —ya sea desde nuestras áreas de profesionalización o desde la mera desnudez de nuestras vidas— somos conscientes del carácter altamente ideologizado de la repronormatividad del cistema sexo-género: este no es más que el pan de cada día en el régimen de sentido de las biopolíticas neoliberales que nos ha tocado vivir. El problema reside en que los dogmas 26. La primera vez que tuve ocasión de escuchar de la «repronormatividad» fue en las presentaciones inaugurales de las cápsulas «Corriendo la voz» de la Cátedra Libre de Estudios Trans, proyecto multilingüe coordinado por Blas Rad cuya sede se encuentra en la Facultad de Filosofía y Letras de la Universidad de Buenos Aires. La cátedra busca compartir la experiencia formativa de estudiantes e investigadores trans* de distintas partes del mundo desde Latinoamérica. El conjunto de presentaciones lo pueden encontrar en: https://www.youtube.com/c/EstudiosTransUBA. religiosos se están alineando a ese régimen a tal punto que el control, la desposesión y la desigualdad han comenzado a abastecer la motricidad transodiante y cisheteropatriarcal de un universalismo que demoniza las alteridades que son producto los procesos de autodeterminación de (algún) género y del derecho a la autonomía del cuerpo. Lejos de ser un común omnisciente que da medida al sentimiento intelectivo de nuestras maneras e ideales, la ideología de género es un dispositivo regulador basado en el pánico moral, la desinformación y el miedo. Se trata de una herramienta política que se caracteriza por ser particularmente inespecífica: unas veces va en contra de los feminismos y otras en contra de demandas sexodisidentes como lo son la educación sexual no sexista, la cobertura de salud y prevención de enfermedades de transmisión sexual (ETS), la adopción homoparental o la misma Ley de Identidad de Género. ¿El común denominador? Los derechos sociales de la diversidad sexual y de las identidades generizadas (mujeres cis y disidencias sexuales). Si me lo preguntan diría que si hay algo que «resquebrajar» es la naturalización de la hipocresía de los discursos religiosos que refuerzan la metafísica del dimorfismo sexual, modelizando nuestr*s cuerp*s, conductas y libertades con el fin de impedir que los procesos de sexuación y (de)construcción identitaria se desarrollen en cada sujeto en virtud de las singularidades de su propio deseo. En ese sentido, las lógicas de exclusión, expulsión y vulneración de derechos son fenómenos que operativizan la legitimidad de los valores de un orden de dominio que ve en el género y en la sexualidad técnicas de gestión somato-psíquica de la población y de formaciones sociales que son representadas como figuras de una abyección que reifica la normatividad y justifica la violencia de ese orden de dominio. De la mano de la filosofía más deconstructiva, se podría decir que esta onto-teología creacionista reduce la sexualidad humana a la reproducción de la especie, arrastrando el cadáver de los ideales teológicos de un androcentrismo profundamente sexista y anti-sensualista, que busca impedir el desarrollo de las formas de expresión creativas, las afectividades an-edípicas y la pensatividad del cuerpo de manera inquisitorial. ¿En qué momento se fortaleció esta alianza entre los principios teocráticos del humanismo y la derecha neoliberal? Si bien no tengo la respuesta a esta pregunta puede resultar conducente interrogar el lugar del Estado respecto de tales emplazamientos. Según algunas lecturas que he venido desarrollando en el marco de un ensayo para el primer número de la Revista Divergentes del Centro de Estudios de la Realidad Social, puedo decir que la relación decisional del Estado y de sus prácticas gubernamentales para con la campaña en cuestión puede ser descrita como una suerte de «tolerancia limitativa», que se preocupó, antes que nada, de resguardar el libre tránsito de los discursos de odio, debilitando la aceptación sociocultural de la transición y la construcción de (algún) género de las identidades trans* (Fernández, 2018). 49 ACTAS DEL PRIMER CICLO DE SIMPOSIAS • Nuevas cuerpas para nuevas transformaciones 50 Siendo de gran impacto mediático, la campaña del Bus de la libertad surgió en el marco de la aprobación, en junio del 2017, de la iniciativa del proyecto de la Ley que reconoce y da protección al derecho de la identidad de género (LIG), cuya tramitación legal data de mayo del 2013 en la Cámara del Senado chileno (la Ley 21.120 será promulgada más tarde el 28 de noviembre de 2018). De ahí que sea determinante poner el acento en la discrecionalidad que justificó el dejar-pasar, y el ocuparse con fuerza de ley de la no detención del bus en cuestión, volviendo permisible la «libertad» de una campaña profundamente tránsfoba y enebefóbica.27 Para comprender mejor la arrogancia discriminativa generalizada es necesario tener presente al menos dos cosas. En primer lugar, la nominación del pastor Jeff Mateer, designado por Donald Trump —al que le gusta tanto fallar, vía Twitter, normas que contradicen la legalidad instituida de su gobierno—, quien antes de asumir el mayor grado jurisdiccional en la Texas Attorney General’s Office, del US District Court de Texas habría tratado a les niñes trans* como productos de un «plan de Satán» en espacios de comunicación masivos (Bess, 2017, 21 de septiembre). En segundo lugar, los tweets de Trump que acusan un problema de costos en la sostenibilidad del ejército como la gran razón que justificaría las múltiples restricciones hacia el personal militar ya inscrito y la prohibición de que personas trans* se enlisten en el futuro en la institución.28 Respecto de esto último, mi intuición me dice que antes que un asunto de reducción presupuestaria, la cuestión de fondo es la relación entre el componente simbólico de la imagen victoriosa del aparato 27. «Enebefobia» es la noción que hace referencia a las formas de odio dirigidas contra las personas no binarias. 28. El tweet de Presidente Trump es el siguiente: «Our military must be focused on decisive and militar estadounidense con la distribución necropolítica que hace de la guerra un estándar financiero como cualquier otro. Cuestión que se ve expresada en el anhelo de una campaña anti-LGBTIQ+ comandada por la irracionalidad autárquica de un gobernante (D. Trump) que ha optado por eliminar la protección de derechos antidiscriminatorios y debilitar al extremo la cobertura de los beneficios de salud transespecíficos (aseguradoras y planes de salud), promoviendo a destajo el odio lgbtiqfóbico en el continente. Considerado lo anterior, es observable que el paisaje de la discursividad del odio en contra de las comunidades trans* pasa por el hecho de que del Texas de Mateer al Santiago de la asesora de la coalición política de Chile Vamos (Marcela Aranda) hay solo un metro de distancia de fanatismo religioso. Para nadie debiera ser una sorpresa descubrir que estos se alimentan del mismo constructo ideológico que durante el último tiempo ha tenido una injerencia jurídico-política, a todas luces, desconcertante. A propósito de ello, Marea Granate Chile (agrupación que presta ayuda a emigrados de España) manifestó con todas sus letras la inaceptabilidad de que el bus promocionado por la organización ultracatólica HazteOir —que, dicho sea de paso, tiene por función el ser una especie de consorcio de «utilidad pública» para el Ministerio del Interior del Estado español— circulara por territorio chileno, indicando que lo que está detrás son intereses electorales y causas políticas. En ese sentido, la promoción de la tolerancia de parte del Estado no dudó en atentar en contra de la vulneración de los derechos a la integridad, al desarrollo y a la identidad trans*sexuada de les menores en Chile, pasándose por alto la estipulación de leyes vigentes como la Ley 20.609 (ya mencionada) y los compromisos del Estado con instancias de derecho internacional, como lo son la Convención sobre los Derechos del Niño, la Convención Americana de Derechos Humanos, y el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (BBC Mundo, 2017, 17 de enero). Siguiendo con las referencias españolas, un contrapunto saludable son los alcances analíticos de Paul B. Preciado, teórico transmasculino, feminista queer y activista testoconsumidor. Mirado desde la línea residual de la filosofía del deseo resulta imperioso interrogar los marcos de comprensión y las concepciones que presuponen a la anatomo-política como un destino y a las configuraciones del entramado social como una voluntad «prescriptora de contenidos doctrinales» (Preciado, 2015, 12 de enero). Investida de la pragmática de los análisis foucaultianos, Preciado acierta al diagramar las «prácticas de desidentificación» como formas de resistencia proclamada desde una ética desobediente que hace de las micropolíticas genérico-sexuales la ficción de una política afirmativa. overwhelming victory and cannot be burdened with the tremendous medical costs and disruption that transgender in the military would entail» (2017). 51 ACTAS DEL PRIMER CICLO DE SIMPOSIAS • Nuevas cuerpas para nuevas transformaciones 52 En ese sentido, las identidades de género creativas y las prácticas sexuales no hegemónicas movilizarán una «jovialidad crítica» que favorece la convergencia/divergencia de nuevas formas de vida, tensadas en y trenzadas por los debates feministas y las determinaciones sexuales, territoriales, lingüísticas y raciales en las que toda individuación (inter o trans*) subjetiva está implicada. Bajo esa perspectiva, las micropolíticas genérico-sexuales se expresarán como una cristalización material que encarna relaciones de poder, deseo y saber, logrando abrir procesos (de)constituyentes al poner en juego una interseccionalidad de tácticas situadas (Ibidem). Lo segundo a considerar es que de las fuentes del estudio «científico» sobre el que se apoya la desvergonzada asesora evangelista Marcela Aranda hay mucho que decir. Sin embargo, por una cuestión de tiempo, me centraré hoy únicamente en lo esencial. En efecto, las fuentes sobre las que se basan las argumentaciones de Aranda provienen de New Atlantis, revista que fue desacreditada por el medio estadounidense Huffington Post, para el cual «New Atlantis es una plataforma de publicación de carácter religioso que cuenta con serios prejuicios en temas relativos a la diversidad sexual» (Espinoza, 2017, 11 de julio). No es de extrañar que sus publicaciones hayan sido rechazadas —categóricamente— por la comunidad científica. Ahora bien, que Marcela Aranda sea un factor de influencia, de transacción de ideas y planificaciones gubernamentales es algo que nos disuade a la hora de pensar que basta con demostrar la falacia lógica de sus argumentaciones como desmontaje del emplazamiento enunciativo al que responde. De hecho, la querella en contra de la existencia de los derechos civiles y políticos se condice con una aceptación instituida de la naturalización falocrática de la ciencia. Una perspectiva materialista, atenta a los deslizamientos menores es quizás la respuesta más adecuada a la hora de investigar la distribución gradual de las fases y desfases de la representación cromosómica más allá de las dicotomías, dualidades y binarismos que responden al modelo del dimorfismo sexual de la epistemología de la diferencia sexual. Este es un tema que, en lo concreto, le concierne a l*s activistas de la disidencia sexual en Chile. Al menos, eso es lo que se deja leer en varias de las columnas de Jorge Díaz, Doctor en Biología y miembro del Colectivo Universitario de Disidencias Sexuales (CUDS) de la Universidad de Chile, quien afirmará, de la mano de Anne Fausto Sterling, que la verdad biológica del género de una persona no es una cuestión de fácil discernimiento y que los científicos resuelven las ambivalencias por medio de una recreación cognitiva más propia del régimen de la ficción que el de la plena objetividad:29 La naturaleza no funciona de manera drástica sino más bien como una distribución gradual, con promedios y también con desviaciones como parte de su distribución normal. 29. Mi impresión actual es que el viraje epistémico de la teoría de la «ontogénesis» de Gilbert Simondon podría ayudar a avanzar en la desmitificación cultural Los cromosomas son estructuras densas hechas de ADN y proteínas, unas estructuras superenrolladas en las que están “escritas” los genes, que son los encargados de la transmisión genética de una célula a otra. Los científicos han realizado una representación ficcional y ordenada de los pares de cromosomas. (Díaz, 2017, 12 de julio). Si analizamos ahora la cuestión del odio, Excitable speech. A politics of the performative (1997), traducido al español como Lenguaje, poder e identidad (2004) de Judith Butler resulta ser una referencia ineludible para nuestro problema. De él rescato lo siguiente: sus análisis ponen un énfasis particular en que no es suficiente responsabilizar al Estado de la producción de los actos de conducta y los actos de habla —esto es, la performatividad de conductas y discursos— de los discursos de odio, como si este fuese el causante de las múltiples formas de injuria que circulan en el espacio público y privado. Al contrario, es la propia función gubernamental de la soberanía estatal la que debiese ser entendida a partir de la generación constante de formas exclusión, segregación, expulsión, discriminación, vulneración y precarización. En esa línea, diremos que es la administración somato-psíquica del poder la que «produce» una delimitación que demarca la aceptación de las expectativas cisheteropatriarcales. En palabras de Butler: «El Estado produce activamente el dominio del discurso públicamente aceptable, estableciendo la línea entre lo decible y lo inefable, y reteniendo el poder de estipular y sostener la consiguiente línea de demarcación» (Butler, 1997, p. 134). Es importante relevar que la autora se basa en los análisis de Mari Matsuda, abogada, activista y académica feminista de origen asiático para quien la posición que asume el sujetohablante opera dentro de aquella de los argumentos cientificistas que omiten la falsa neutralidad de sus interpretaciones. 53 ACTAS DEL PRIMER CICLO DE SIMPOSIAS • Nuevas cuerpas para nuevas transformaciones 54 línea de demarcación impuesta por lo «públicamente aceptable», arrojando al destinatario — vida despreciada o subjetividad otrificada—, a un lugar desde el cual el goce de los derechos se vuelve, a priori, (un) imposible. A ojos de Matsuda, toda persona que se dirige de manera denigrante o incita al ultraje de la vida humana, como es el caso del desprecio hacia otra persona y hacia las alteridades que la habitan, establece una «subordinación social» que priva, en el acto, la capacidad de uso de las libertades y derechos comúnmente aceptados. ¿Cuál es la consecuencia ontológica y sociopolítica de esto último? Bueno, que «la víctima se convierte en una persona sin Estado» (1993, p. 23 como se cita en Butler, 1997). Esto nos permite volver sobre campaña del Bus de la libertad. Pues, en efecto, habiendo sido precisamente esa la eventualidad de mayor impacto en los medios de comunicación masivos, la preocupación del Gobierno se tradujo en una neutralidad que puso en acto una forma de tolerancia, indirecta, pasiva y exponencialmente coercitiva, cuya demarcación actualizó el reticulado dictatorial en las relaciones sociales de una democracia de los acuerdos centrada en una idea de consenso que opera en favor del libre mercado y en desmedro de los derechos sociales de la ciudadanía. En ese sentido, la tolerancia limitativa viene a operar como un dispositivo de gobierno caracterizado por «dejarpasar» la constricción política del odio, licenciando la producción de subjetividades otrificadas y la reproducción de la desigualdad, la ignorancia, el desprecio y la vulnerabilidad, con el fin de reponer la delimitación discursiva de una «línea de demarcación» que se condice con un pacto social profundamente desigualitario, diseñado en base a los pilares de una hermenéutica y un modelo de justicia dominados por una caracterizada por su racionalidad privatizadora, machista, neocolonial, cis-sexista y heteronormativa. Una cuestión central en juego sigue siendo qué hacer para desnaturalizar las técnicas y dispositivos antidemocráticos que la clase política del corporativismo gobernante pone en acción para proteger sus intereses. Por cierto, se trata de un problema que amerita articulaciones transversales, interinstitucionales y una perspectiva interseccional, no se restringe a las vidas trans*, no binarias, disidentes sexuales o intersex. Si bien el fomento de los discursos trans*odiantes es lo que nos fuerza a pensar, el otro gran ejemplo de nuestra época es el fenómeno del negacionismo. Desde el punto de vista del análisis desarrollado hasta aquí, tales técnicas y dispositivos puede ser concebidas como una sofisticación de ese «reticulado» para el cual los crímenes de lesa humanidad perpetrados durante la dictadura cívico-militar y la violencia de la que son objeto l*s maricas, trans*, disidencias sexuales, mujeres cis y «cuerp*s feminizad*s», en general, no son vidas cuyos derechos el Estado debiera garantizar. Siguiendo el hilo de esta argumentación, resulta aún más relevante que en Bodies that matter: on the discursive limits of «sex», Butler haya abordado la cuestión de la línea de demarcación en conformidad a la figura del perpetrador del odio. En cuanto a esta figura se trata la autora arguye, en consonancia con la teoría psicoanalítica, que nos encontramos frente a un «repudio compulsivo reiterado que le permite al sujeto instalar sus fronteras y construir su pretensión de ‘integridad’ […], repudio compulsivo mediante el cual el sujeto sostiene incansablemente sus contornos» (Butler, 1993, p. 171). Y que, añadiría, al sostenerlos, reproduce las formas hegemónicas que reparten la inteligibilidad del deseo, la justicia y la verdad del género bajo el supuesto de esa «integridad». de las personas trans*?, ¿no es acaso una «compulsividad obsesiva» lo que domina el carácter de Aranda y, en consecuencia, parte de la gobernanza neoliberal actual? Por último, dada la condición de «objeto de protección» de las infancias trans* y de les niñes en general ¿no es acaso el mismo Estado el que mediante la performance de quienes incitan al odio hace de les niñes «niñes sin Estado»?. Si pensamos en los efectos del fenómeno de Marcela Aranda, ¿no será que estamos frente a una compulsividad obsesiva instrumentalizada por el saberhacer estatal? De ser así la línea de demarcación cumpliría una función excluyente gracias a la producción alteridades, haciendo del Estado uno de los principales agentes que, en medio de la implementación de los principios de inclusión y de apertura a la diversidad promovida por la sociedad civil, se ha dedicado a promover la subordinación y el desprecio social 55 REFERENCIAS ACTAS DEL PRIMER CICLO DE SIMPOSIAS • Nuevas cuerpas para nuevas transformaciones Palabras finales 56 Para finalizar, considerando que el presente panel es una instancia de intercambio y reflexión basada en estudios sobre derechos humanos, la experiencia del activismo y la formación académica de la Facultad de Derecho de la Universidad de Chile no quisiera desaprovechar la oportunidad para concluir señalando el trasfondo de lo que les presenté hoy. A mi pregunta sobre cómo es posible que el Gobierno actual haya licenciado la incitación transfóbica y el aliento trans*feminicida al promover el libre tránsito de la inseminación representacional del odio, la tesis del seminario de Foucault en la Escuela de Criminología de la Universidad Católica de Lovaina da de lleno con la respuesta: sucede que «al introducir el principio de una veridicción de sí mediante la hermenéutica del pensamiento, [el cristianismo y en particular la discrecionalidad de la discretio] habrían introducido una forma de sujeto que el derecho, el pensamiento jurídico, la práctica judicial, jamás pudieron asimilar» (Foucault, 2014, p. 168). A la fecha, aún permanecemos en la sombra de esa no-asimilación. Algo particularmente interesante es que la conferencia traducida como Obrar mal, decir la verdad: función de la confesión en la justicia (2014) expresa de manera nítida la oscura inteligencia de Foucault, quien ante estudiantes, académic*s e investigador*s abocados al estudio del campo de problemas del crimen, de la justicia y del código penal, pone en escena una lectura que desoculta el fundamento confesional —eminentemente judeocristiano— de la criminología moderna. Puede que el afán surgido en el estudio que suministra las bases de esta ponencia se deba a la activación de cierto trastocamiento de la discretio de la que nos habla Foucault a propósito de la historia de la hermenéutica de sí y de las tecnologías del yo. Ese es, al menos, el argumento teórico filosófico que intento desarrollar en el ensayo que ya les he comentado. Sea esta una manera de asomar una contribución posible, desde el activismo y la filosofía en torno a temáticas que son objeto de un campo disciplinar que no me es familiar como lo es el de los saberes jurídicos. Habiendo dicho lo anterior solo me resta subrayar la importancia de seguir pensando en torno a estos temas con miras a la reivindicación del reconocimiento simbólico y material, político y psicosexual de las vidas trans*. Es necesario que la incardinación situada de los trans*feminismos siga creciendo y atendiendo a la procesualidad de sus micropolíticas y (con)textualidades. BBC Mundo (16 de enero de 2017). «Hay niñas con pene y niñas con vulva»: la polémica campaña sobre los niños transexuales en España. BBC. http://www. bbc.com/mundo/noticias-38637999 Bess, G. (21 de septiembre de 2017). Trump Nominee Called Trans Kids Parto f ´Satans‘s Plan‘. Vice. https://broadly.vice.com/en_us/article/wjxj74/ trump-nominee-called-trans-kids-part-of-satansplan Escritos de Género, Diversidad sexual y Derechos humanos. https://ongceres.cl/wpcontent/ uploads/2018/08/m_fernandez_divergentes.pdf Foucault, M. (2014). Obrar mal, decir la verdad: Función de la confesión en la justicia. Siglo Veintiuno Ediciones Argentina S.A. Butler, J. (1997). Lenguaje, poder e identidad. Madrid. Editorial Síntesis S.A. Butler, J. (2003). Cuerpos que importan. Barcelona. Paidós Ibérica. Flick (15 de agosto de 2017). Destacado repunte de la violencia por LGTBfobia en Estados Unidos, récord de asesinatos incluido. Dosmanzanas. http://www. dosmanzanas.com/2017/08/destacado-repuntede-la-violencia-por-lgtbfobia-en-estados-unidosrecord-de-asesinatos-incluido.html Díaz, J. (12 de julio de 2017). La falsa dicotomía del XX y el XY. El Mostrador. https://www.elmostrador.cl/ noticias/opinion/2017/07/12/la-falsa-dicotomiadel-xx-y-del-xy/ Preciado, Paul B. (18 de enero de 2015). Cataluynatrans. Paroledequeer. https://paroledequeer.blogspot. cl/2015/01/catalunya-trans-por-paul-b-preciado. html?spref=fb Espinoza, M. (11 de julio de 2017). Las falencias del estudio científico en el que se escuda el ‘Bus de la libertad’. Diario Universidad de Chile. http://radio. uchile.cl/2017/07/11/las-falencias-del-estudiocientifico-en-el-que-se-es cuda-el-bus-de-lalibertad/ Reguero Ríos, P. (13 de noviembre de 2013). Recogen 370.000 firmas contra Butler y queman una imagen de la filósofa en Brasil. El santo. https://www. elsaltodiario.com/brasil/ultraconservadoresfirmas-judith-butler-brasil-i nsultos Fernández, M. (2018). Formaciones discursivas y procesualidad del sujeto trans: apuntes sobre los discursos de odio. Revista Divergentes. 57 Disquisiciones sobre la justicia sexodisidente en la actualidad Entrevista a Rodrigo Mallea por Débora La segunda versión del Ciclo de Simposios Nuevas cuerpas para nuevas transformaciones tuvo como eje central el diálogo entre filósofas feministas y el activismo trans. En aquella ocasión desarrollaste un análisis comparado de la Ley de Identidad de Género (LIG). Recuerdo que destacabas a Alemania, Argentina y Uruguay como casos modélicos en la avanzada de los derechos sociales, políticos y culturales de las personas trans*30 y del género diverso, ¿cómo ves hoy en día el panorama comparado? C reo que la situación sigue un poco su curso desde ese entonces. En particular, mencioné esos países porque llevan avances legislativos constitucionales y sociales quizás mucho más adelantados que nuestro país. a pesar de que en ellos hay conservadurismo y resistencia tanto en lo social, político y jurídico como en nuestro país. El tema de fondo es la disputa que se da entre ellos a propósito de la divergencia de ideas que han superado los márgenes de las costumbres y de lo tradicional. En esos países, por ejemplo en Alemania, se ha reconocido un tercer género o género neutro, pero además tienen otro tipo de política pública en relación con las identidades*; han incorporado leyes de estadística a nivel de cuantificar la población intersexual que vive en Alemania, que asciende a un 1% del total. Aunque sea solo un 1% en términos demográficos, estamos hablando de una población muy grande para un país como Alemania. Eso genera, desde la ciencia social y de la política pública, una obligación de que el Estado se haga cargo de 30. El uso del asterisco señala un concepto genérico que abarca identidades y procesos de construcción de género binarios y no binarios, queer y sexodisidentes, estables y fluides. Cada vez que la noción trans aparezca sin asterisco ésta hace referencia a casos de identidades trans binarias (transfemeninas o transmasculinas). la población intersex, respecto del cual tiene un dato objetivo. También tenemos los ejemplos más cercanos; tanto Alemania como Uruguay han avanzado en leyes de identidad de género y en leyes integrales que promueven la protección de personas trans*. Incluso, la discusión va un paso más adelante. La Ley de Aborto que se aprobó en Argentina fue diseñada desde una concepción no binaria, posicionando l*s cuerp*s gestantes y no solamente a las mujeres. Otro ejemplo es la reivindicación por el cupo laboral trans que se está discutiendo actualmente. Con eso a la vista, la comparación con Chile es que con el proceso constituyente vivimos un proceso de apertura que antes no habíamos tenido por culpa de la polarización del Congreso, pero además porque la actual Constitución supone una democracia muy reducida y limitada, en la que solo legisladores y legisladoras pueden proponer cambios a nuestro ordenamiento jurídico. La posibilidad de que, por ejemplo, la ciudadanía se organice y proponga un proyecto de ley o alguna indicación no existe y, derechamente, si es que se logra ingresar por medio de lobby, o por medio de representación de otras corporalidades que hoy día componen estos órganos, se ven enfrentadas a altos quórums y a la poca priorización política que adoptan finalmente estos temas. Lo que tematizaba en aquella oportunidad es que los otros países van mucho más avanzados. Sin duda necesitamos voluntad política y el ejercicio de priorizar las demandas de un grupo tan discriminado como es el grupo de personas LGBT en nuestra sociedad. Grupo que, lamentablemente, no ha sido foco de las políticas públicas hasta el momento. Profundicemos en la LIG. Un denominador común en el activismo trans* ha sido celebrar la normativa al considerarla un piso mínimo para la obtención de otros derechos, mientras que, sin embargo, se remarcan sus insuficiencias: la exclusión de las infancias trans* y el carácter altamente restringido de la ley, por ejemplo. ¿Crees que la LIG sea, en efecto, «perfectible»? 59 ACTAS DEL PRIMER CICLO DE SIMPOSIAS • Nuevas cuerpas para nuevas transformaciones De la LIG lo primero que hay que reconocer es que es un avance porque, como analizamos en la Simposia, pasamos de un sistema en el que no había una respuesta institucional para los cambios registrales de personas trans* a una jurisprudencia que dejó de hacer oídos sordos a las demandas de las personas trans*. 60 En el sistema antiguo había que someterse a un proceso judicial que contaba con un proceso «opositor», en el que padres o apoderad*s podían oponerse a la reivindicación jurídica de la identidad de la persona que estaba recurriendo a tal proceso. Eso era un problema porque generaba barreras de acceso a derechos que hoy día las personas LGBT tenemos, lamentablemente, muy presentes. O sea, el derecho no es neutral, es masculino, es patriarcal, es cisgenerado. En ese sentido, se marca una lejanía con la posibilidad de acceder a un derecho que no tiene la sensibilidad política de incluir en su ejercicio a todas las realidades, es como ir siempre a perdedores, ir siempre a que haya un proceso que fuera una derrota necesaria y una revictimización innecesaria. Lo que sucede al pasar a la LIG es que pasamos de una judicialización de judicialización a un proceso administrativo que, si bien ha sido objeto de críticas en cuanto a su implementación y por las limitaciones que están dadas y dichas en la propia ley, hoy es un mejor paso de aquel en el que estábamos antes y sin lugar a duda representa un avance. ¿Es perfectible esta ley? Indiscutidamente sí, es perfectible. La pregunta de fondo es si existe una voluntad política para perfeccionarla. Yo creo que ahí seguimos chocando con la pared y entendiendo que todavía hay que pedir permiso y autorización para nuestros derechos y reivindicaciones. A propósito de la reforma a la Ley Antidiscriminación, creo que lo primero que ha pasado es que se ha visibilizado la violencia hacia las infancias LGBT mediante la no prohibición de las terapias de conversión, que son formas de tortura que buscan suprimir caracteres LGBT a infantes contra su voluntad. Eso hoy día fue defendido por voces del gobierno, lo cual genera un problema político, por un lado, y un problema jurídico, por otro. Creo que nuestra LIG es perfectible en cuanto pueda flexibilizar esos procesos para menores de 14 años y pueda permitir una fluidez mucho mayor de las identidades*, porque lo burocrático, lo registral, lo jurídico, viene únicamente a reconocer, de forma lenta, algo que en la realidad sucede de forma mucho más fluida, autopercibida y rápida. Hablamos de que la identidad como un eje autopercibido de las personas — que no es invariable—, no se limita al «una vez en la vida», con el cual nos despojamos de la imposición al nacer bajo el supuesto de que devenimos algo que va a ser lo que seremos para siempre. Eso no es así. Gracias a los devenires de nuestra existencia nos encontramos en distintas circunstancias, contextos y también saberes. Una persona trans* o una persona no binaria, para autopercibirse como tal, accede a un saber respecto de sí que no está disponible en la educación formal y que falta, muchas veces, en la educación informal. Todos esos devenires pueden permitir un flujo en el que se plantean experiencias más libres; un día podemos estar seguras de ser una persona gay y al otro día (sin caricaturizarlo, por supuesto) ser identificade como no binarie. Nuestra LIG es perfectible y debe ser foco de nuestros debates. Se ha debatido respecto a los sentidos comunes que habitan la ley, como el hecho de que su implementación esté mal, sea demorosa; por ejemplo, se ha denunciado que a personas las llaman del Registro Civil para preguntarles si está bien su nombre, porque algunos nombres que son no binarios no los consideran como «suficiente tránsito de una identidad a otra». A esa persona que escogió para sí un nombre que podría ser tanto femenino como masculino le dicen: «este nombre no es un nombre que corresponde a su nuevo registro, escoja otro». Entonces la pregunta es ¿por qué se genera ese cuestionamiento si el actual proceso es voluntario y no posee ningún tipo de oposición? Observamos así problemas en la interpretación respecto de la ejecución de lo que está mandando la Ley, que nos desvía de lo esencial, ¡hay muchas cosas ausentes! Necesitamos derechos sociales y un reconocimiento que sea transversal, no solamente registral. Respecto de lo mismo. Hay autor*s que a partir de las epistemologías trans* han comenzado a cuestionar el «marco de inteligibilidad transnormativo» que hace que un cuerpo importe y sea legible, mientras que otros no, o lo sean «menos». Esto se ve reflejado, por ejemplo, en la LIG, toda vez que en ella se imponen con «fuerza de ley» ideales normativos de lo que es y debe ser una mujer trans* a la hora de fallar las solicitudes de rectificación. ¿Cuál crees que sea la ruta a seguir para la incorporación de los derechos no binarios en nuestro ordenamiento jurídico? Es muy buena la pregunta y la quiero vincular con algo que se masificó a propósito del día de la visibilidad trans*. Se trata de algo relativo a la idea de que los hombres trans no le deben a nadie masculinidad y las mujeres trans no le deben a nadie femineidad, así como las personas no binarias no le debemos a nadie androginia. Yo creo que hay un concepto que es aparentemente social, pero también muy normativo. Heredamos una idea de la identidad de género que estaba relegada a lo privado. Hace no tanto tiempo, antes de la ley, menos de 10 años diría, los jueces al examinar un caso exigían a las personas trans* someterse a operaciones hormonales y de reasignación genital. No solamente eso, le solicitante tenía que entregar una pericia que lo demostrara, es decir, no solo existía una evaluación de sus certificados médicos, sino que un profesional debía revisar y evaluar sus genitales para poder acceder a un cambio registral. La pregunta de fondo es ¿qué elementos son los que a la sociedad le «importa», o está esperando de una persona trans no binaria? Pienso que la respuesta debiera ser «ninguna», porque lo único que debiese contar es la autopercepción. En ese sentido pienso que avanzar hacia un reconocimiento de identidades no binarias, o fuera del binarismo hombre/mujer impuesto, dice relación con dejar fuera de los márgenes preestablecidos, como lo que hablábamos recién de que se pueda cambiar solamente el sistema registral de una persona una vez en toda la vida. Ese es un límite que está prácticamente obsoleto en realidad. Por otro lado, el hecho 61 ACTAS DEL PRIMER CICLO DE SIMPOSIAS • Nuevas cuerpas para nuevas transformaciones 62 de que nuestra institucionalidad no reconozca hoy día, como lo hace Alemania, un tercer género o un género neutro, en el que incluso se puede dejar en blanco el acápite de género hasta que la persona decida rellenarlo, hace más difíciles las cosas. La experiencia de otros países ha demostrado que esta supuesta «indeterminación» no genera una desestabilización del sistema ni de registro ni de censo del país, sino que genera una libertad individual que es sumamente necesaria, y como reivindicación de un proceso libre de autoexploración. Muchas personas hoy se sienten hombres o se sienten mujeres siendo cis, pero la verdad de las cosas es que esa decisión no la tomaron por su cuenta. El sistema lo hizo por ellas. Creo sinceramente que para la identificación de personas no binarias hoy día, tenemos que empezar a pensar en cambios que por más que sean «simbólicos» atañen a un reconocimiento legítimo y necesario. Si bien sabemos que nuestra autoidentificación es primera respecto de ese reconocimiento, esta demanda por los carnet no binarios, a mí juicio, es una demanda sumamente simbólica. Las instituciones son pétreas, cuesta muchísimo cambiarlas, de ahí que el hecho de que este documento pueda llegar a admitir una tercera opción significaría un avance hacia un reconocimiento mucho más robusto. fecha son personas con discapacidad quienes lideran las demandas por discriminación. Más allá de esto último, la ley se destaca por su inoperatividad. Tomando en cuenta lo anterior, ¿cuál es tu lectura de las transformaciones en curso de la mal llamada ley Zamudio? Ahora, es importante no confundir el cómo una persona no binaria «se identifica» con lo que dice el documento de ella. Esto no es así, por mucho que exista un abandono del gobierno y por mucho que desconfiamos del Estado, tenemos que avanzar en derrotar (un poco que sea) al patriarcado que reina y manda en todas las instituciones. Me parece que la ley [Zamudio] también es una ley, como hablábamos antes, perfectible. La Ley Antidiscriminación es una ley que tuvo ventajas y desventajas. En particular, veo como una ventaja que otros grupos discriminados puedan haberse servido de ese dispositivo legal para defender sus intereses a nivel jurídico. Ninguna persona que se reivindique como disidencia sexual pueda estar en desacuerdo o entrar en conflicto con el hecho de que las personas en situación de discapacidad hayan hecho un buen uso, ojalá positivo, de esta ley. Hace tan solo una semana conmemorábamos la muerte de Daniel Zamudio (2012). Como activistas sabemos que gracias al sensacionalismo de la prensa, la Ley Antidiscriminación —promulgada el mismo año— se comprende como una disposición legal dirigida hacia las diversidades y disidencias sexuales cuando en realidad su fin es mucho más amplio: aplica a todo sujeto. Es más, hoy podemos constatar que a la Creo que desde las disidencias, al menos aquellas que marcamos nuestras identidades* como políticas, no hay una fricción en cuanto a eso. Lo que sí genera una contradicción con el origen de la ley es que es un dispositivo legal que no está siendo efectivo en aumentar el acceso a la justicia. Un derecho como el derecho a la justicia es un derecho que hay que promover a nivel institucional, no simplemente con una sola ley, sino con políticas públicas y reformas consecuentes al sistema jurídico. Hoy en día podemos hablar con auxiliares de justicia que no tienen idea de lo que es un pronombre, una identidad trans* o una persona no binaria. Eso ya genera un sesgo inalterable en el acceso a la justicia, sin mencionar el efecto de revictimización por el hecho de levantar una petición, una consulta o una denuncia. La Ley Antidiscriminación hoy tiene el desafío de generar un derecho a la igualdad robusto, que proteja de manera efectiva contra la discriminación y que sea incorporado a la nueva constitución para que la igualdad pase de ser un eje formal a ser un eje mucho más material (como sucede en la discusión tradicional del constitucionalismo moderno). Se espera que la revisión en curso responda a la realidad de los diversos grupos discriminados, porque, por otro lado, no deja de ser cierto que existen personas astutas en el conservadurismo que podrían decir: «como tenemos el mínimo de sentencias favorables en términos de orientación sexual e identidad de género por procesos de ley antidiscriminación, entonces la discriminación no existe». Lo cual es erróneo, esa aseveración lógica es una falacia por generalización apresurada. Retomo aquí la cuestión de las barreras en el acceso a la justicia. ¿Cómo hoy día probamos una discriminación? Ningún empleador que, razonablemente o no, quiera desvincular a una persona LGBT de su empleabilidad laboral, muy pocas veces lo va a hacer haciendo explícita la discriminación por motivos de género, porque hay asesoramiento de abogados, hay directorios, hay otros empleadores o hay sentido común y eso abriría un flanco jurídico, entonces la persona es desvinculada por «razones de la empresa», una causal genérica que existe en nuestro ordenamiento laboral y nunca se le expresa a la persona que es discriminada por eso. Entonces nuevamente, ¿cómo probamos que una persona es discriminada?, ¿cómo probamos el acoso callejero, que sucede y se acaba en un mismo instante pero cuyas consecuencias se prolongan en el tiempo? La discriminación debe flexibilizar todos aquellos paradigmas que están pensados en exclusividad para relaciones económicas y para interacciones hetero-cis. Creo que ese es el desafío de la reforma de la Ley Antidiscriminación, que debe tratar de tener efectos expansivos en la formación de profesionales y en auxiliares de justicia, en la habilitación de nuevas formas probatorias y de nuevas cargas probatorias para las personas que denuncian, porque la discriminación es muy difícil de probar, pero no por eso tiene que seguir siendo un elemento imposible de ajusticiar. 63 ACTAS DEL PRIMER CICLO DE SIMPOSIAS • Nuevas cuerpas para nuevas transformaciones 64 Si miramos el proceso de candidatura para la Convención Constituyente, que siguió al #apruebo, es posible observar una coalición de candidaturas constituyentes sexodisidentes con propuestas transfeministas que han transversalizado un deseo de justicia social surgido desde la experiencia y el análisis de organizaciones de la sociedad civil a nivel nacional. En este proceso, parece destacar la Ley de Educación Sexual Integral (ESI) cuyo proyecto de ley fue rechazado el año pasado en la Cámara de Diputados. ¿Crees que la ESI está pensando en las disidencias sexuales, o se trataría más bien de la última elaboración de los dispositivos genérico-sexuales binarios y cisheteronormativos? En otras palabras, ¿qué sucede con la posible instrumentalización de la ESI, esto es, que de ser aceptada le corten los elementos más «disruptivos» que guardan relación con la subversión de la categoría de género y con prácticas sexodisidentes no reproductivas? Me parece un debate sumamente interesante. Yo defiendo la tesis de que frente a la lamentable pérdida que hubo en el Congreso respecto a la ESI, hoy día la lucha respecto de la ley de Educación Sexual Integral es una lucha constituyente. Parto desde esa base. Ahora, tú bien introduces que el contenido de la ESI también es un contenido en disputa. Tanto al interior como en el exterior, me parece que representa la disputa entre los conservadurismos por así decir, y los movimientos (en genérico) antipatriarcales. Pero también habla de una disputa que se ha dado al interior de los feminismos y de los movimientos disidentes, a propósito de este supuesto choque de invisibilización recíproca entre ambas. Allí identifico una falsa dicotomía, porque en el momento en que planteamos que esto es una educación sexual integral, los dispositivos educativos cumplen su labor de educar y lo que en el fondo hacen es entregar herramientas, información y contenidos para que las personas puedan reflexionar, aplicar y analizar. La labor educativa, desde mi punto de vista, se centra en presentar todas estas opciones, al contrario de cómo lo plantean los conservadurismos (imposición naturalizada). El punto está en que hay un mundo de diferencia entre que una mujer se defina lesbiana solamente porque responde a la definición lesbiana —es una mujer a la que le gustan las mujeres—, a autoidentificarse en base a la incorporación de aprendizajes y la aplicación de nociones en su vida cotidiana. El hecho de que se presente una información diversificada en educación no quiere decir que estamos invisibilizando una o la otra. Cuando presentamos estas opciones a les niñes les va a parecer más interesante un punto, así como les va a parecer difícil otro. El punto está en que la realidad no es universalizable. Yo creo que el desafío está en que se dé un debate sano de ideas en torno a los contenidos y que se incorpore una visión de género que escape de los márgenes de lo que significa ser hombre y mujer; porque las disidencias también somos una lucha de «género» y es una lucha disruptiva del género. Hoy día planteamos la posibilidad de autodeterminación de identidades* de género que van a romper con la norma que se impone. Imagínate si combinamos esto de lo que estamos hablando con lo anterior. De tener, en Chile, una reforma que permita a les niñes hasta los 12 años dejar en blanco su ítem de género en el carné de identidad, en los liceos públicos, en los colegios privados, en todos lados, muchas de esas personas van a decir «hombre», otras van a decir «mujer», y otras van a decir «me identifico como una persona no binaria» o «quiero iniciar una transición». De ahí la importancia de que se presente la información respecto de cuáles son las diferencias entre el sexo, el género y las identidades de género posibles, en la formación formal e informal de les niñes. En el fondo tiene que ver con abrir un poco ese candado que nos obliga a pensar solamente en el binario. Desde el feminismo se rompe con el machismo, pero a veces no se rompe tanto con el binarismo, y esa diferencia a través de la educación sexual sí puede entregarse. Por eso, las cuestiones registrales son tan importantes, porque no nos encierran en ese binario y creo que las instituciones nos han traicionado mucho tiempo, pero tienen que reflejar finalmente ese cambio que se da en la sociedad. En términos prácticos, metodológicos y discursivos, ¿cuáles son tus expectativas respecto de nuestra nueva carta constitucional? Mi expectativa respecto de la nueva constitución es la de una refundación profunda de nuestro país. Somos muchas las personas que hemos vivido en un Chile que no nos pertenece, forzadas al silencio. Y no hemos estado en silencio, hemos estado organizándonos, formándonos, educándonos y creciendo. Lo que pasó fue que la democracia fue capturada por unos pocos que gobiernan para la mayoría, eso tiene que acabar, la soberanía está en los pueblos y nos han extirpado una voz que es profundamente política. Mi expectativa de una nueva constitución es la de cambiar la mayoría de los dispositivos institucionales que limitan las voces de los pueblos. Necesitamos refundar el país en que vivimos, consolidando una democracia que sea mucho más participativa, que tenga los caracteres representativos de la gente que 65 ACTAS DEL PRIMER CICLO DE SIMPOSIAS • Nuevas cuerpas para nuevas transformaciones 66 compone las luchas sociales de nuestro país, es decir, una democracia que pueda llegar a ser paritaria, plurinacional y descentralizada. Solo así vamos a cambiar la forma en que camina nuestro país. No es sostenible un país cuyos únicos estándares sean la economía, el mercado, el empleo y el desempleo. Creo sinceramente que podemos plantear principios organizativos que consideren las voces que han sido aplacadas por este sistema. Y no se trata solo de las disidencias sexuales, con eso quiero tener la máxima claridad posible: hoy se ha articulado una hermandad, una solidaridad genuina entre l*s distintos oprimid*s, y sabemos que nuestro lugar está en una lucha conjunta más no una lucha gremial por separado. Una nueva constitución significa una nueva democracia, una democracia que le devuelva la soberanía a los grupos. Para poner en la palestra una reivindicación institucional LGBT hemos tenido que pedir permiso, autorización y disculpas, prestarnos para registros de prensa con el objetivo de hacer una transacción política que es utilizada por representantes hetero-cis con el objeto de cumplir con un perfil humanizador, construyendo la imagen de un trabajo por la inclusión y la diversidad. Desde mi punto de vista, ese es un déficit político, lo que en verdad nos está diciendo es que hay una crisis de representación de nuestras demandas, que nuestro colectivo LGBT tiene la necesidad de mediar con otras personas su propia voz. Esto, representativo de la captura de la democracia. No está bien que haya únicamente portavoces de las demandas de otras personas cuando grupos organizados deberían poder juntar firmas y presentar un proyecto de ley; juntar firmas y pedirle a la persona que se apersone en el distrito o en el lugar que gusta representar. Hoy día la democracia no puede limitarse a votar solamente por personas cada tres o cuatro años y después desaparecer, tiene que ser, como mencionaba antes, una democracia paritaria, plurinacional y descentralizada. Cuerpos e imágenes de la ola feminista Karen Glavic A unos meses de la cresta de la ola la mirada es algo más calma. No es un efecto resaca, sino más bien una baja en la marea, una tranquilidad de las aguas y una puesta de la mirada en perspectiva cuando el tiempo propio de la revuelta se ha aquietado. Si la revuelta desordena el cotidiano y el sentido, entonces queda ir viendo cuáles han sido los límites y fronteras que dentro del orden patriarcal se han corrido, cuáles han sido las ganancias y las derrotas, cuánto de lo que ayer era obvio, hoy ya no lo es. ¿Por qué cuerpos y por qué imágenes de la ola feminista? En primer término porque mi acercamiento principal a esta revuelta fue a través de imágenes, de fragmentos. De imágenes en sus observables y escudriñables regímenes de visibilidad, pero también desde el lugar de quien esta vez no participó ni de manera militante, ni como parte del proceso en las universidades. Eso como primera advertencia del lugar de enunciación desde el que me sitúo. Por cierto, el ser feminista no se juega solo en el activismo. La letra y la toma de palabra son en sí mismas actividades que además en Chile siguen, a pesar de todas las veces que hablamos en nombre de Julieta Kirkwood, aún con mala prensa. Alojamos todavía una suerte de desconfianza en «la academia» como si el único lugar posible de producción del saber fueran sus estrechos y androcéntricos márgenes que, sin duda, han de ser deconstruidos. Este texto se articulará en torno a dos notas. Dos insistencias respecto de este encuentro y estos meses, sobre el contexto que creo sirve de inscripción a esta discusión, pero también a su tonalidad propia. Al diálogo entre filósofas y activistas trans que aquí se propone, que se intersecta además en el cuerpo de Débora Fernández que, como buena intersección, guarda para sí algo de los dos lugares que dialogan. Y los pone a dialogar. 67 ACTAS DEL PRIMER CICLO DE SIMPOSIAS • Nuevas cuerpas para nuevas transformaciones Nota 1: Los cuerpos de la ola 68 Decía al principio que, con la observación de las imágenes de la ola feminista, intentaba dar cuenta de mi lugar de enunciación. De uno de ellos. Y aquí quisiera anudar dos puntos que me parecen claves para continuar la reflexión de hoy y para dar continuidad a lo que hemos visto y tejido en este 2018 que ya termina. Soy profesora universitaria. Profesora de las que se relacionan de manera part-time con la universidad. En fragmentos de tiempo precarizados. Soy profesora de la UMCE, el ex Pedagógico, y también soy su vecina. En calidad de vecina observé imágenes de una toma feminista que no estoy en condiciones de analizar en sus alcances, pero sí al menos en algunas de sus insistencias: «toma de mujeres y disidencias», versaba el grupo de Facebook que compartía información y también algunos carteles que durante tres meses circularon por su frontis. Qué bien, pensé. No es una toma solo de mujeres. Me preocupaba que así fuera, nunca he tenido demasiado problema en expresar mi desconfianza con el significante mujer. Ya sea por la línea de lectura que ha sugerido una cierta corriente «deconstructiva», o por posiciones que desde Simone de Beauvoir, Monique Wittig o Judith Butler, desconfiaban de presentarnos, cada cual en su registro, como mujeres sin más. Ahora era un poco más polémico expresarlo, pues mi impresión es que durante varios meses la atención estuvo puesta sobre las mujeres. Mujeres sin distinciones, a veces, mujeres sin fisuras, agrupadas y acuerpadas bajo la palabra sororidad, unidas contra la violencia sexual. ¿Quién, siendo feminista podría dudar de la necesidad de emprender estas luchas, de denunciar los acosos, los abusos, la insistencia lasciva y no consentida, que vivimos a diario aquell*s que habitamos el cuerpo del signo mujer? Pero, de otro lado, también asaltaba la duda, el tímido o no tan tímido recordatorio de que, bueno, no somos solo las mujeres quienes vivimos esas violencias. Hay otr*s cuerp*s y también hay pliegues entre l*s cuerp*s. Alejandra Castillo plantea en De la revuelta feminista, la historia y Julieta Kirkwood, de reciente publicación y compilado en el libro Mayo feminista, publicado y editado este año por Faride Zerán, que las mujeres no terminamos de entrar en la historia. Por eso el gesto de hacer historia desde el feminismo debe ser también un gesto partisano, una toma de posición en un campo descrito por un orden de dominio patriarcal. La historia de las mujeres es como una constante «primera vez», en donde hitos, personajes e ideas se leen desconectados, lo que hace necesario también tejer líneas y genealogías que permitan reconocer los movimientos de mujeres y la reflexión feminista dentro de corpus teóricos y políticos que hilen su propia memoria. Allí es necesario además poner atención al significante «mujer»; cito a Alejandra Castillo (2018): Sin embargo, casi sin notarlo al «incorporar» a las mujeres a la narración histórica se puede, inadvertidamente, tan sólo repetir la afirmación del reconocimiento otorgado por el orden dominante. Por ello, no es casual que muchas veces la operación feminista, detenida en este acto de incorporación, traiga al tiempo actual no otra cosa que la diferencia materna. Por diferencia materna quiero indicar una diferencia tan básica, tan natural que se percibe por fuera del orden social. Esta diferencia es la que posibilita la ficción de una comunidad de mujeres general e indiferenciada (p.40). El momento de la revuelta estuvo marcado por las mujeres. De hecho, el intento de recuperación y neutralización conservadora del Gobierno de Sebastián Piñera se centró en la propuesta de una Agenda Mujer, que no hacía sino insistir en esta identidad materna, cómoda para las derechas, que en un supuesto lenguaje de incorporación biempensante, ofrecía más precariedad para las mujeres. El punto nodal, cito otra vez a Alejandra Castillo, no puede ser el simple hecho de ser mujeres «volviendo poco relevante la pregunta por la posición política. A pesar de las buenas intenciones, esta forma de entender la política de mujeres es conservadora y más útil para las mujeres de derecha, quienes creen, y no de modo estratégico, que la diferencia que las mujeres portan es la diferencia materna» (2018, p.40). Rápidamente el significante que desde las movilizaciones intentó contrarrestar esta arremetida conservadora fue el de educación no-sexista. Y es que era necesario poner atención al problema de fondo, al orden de dominación en que los cuerpos de mujeres y l*s cuerp*s disidentes quedan subordinados al patriarcado. Esto tejía además su propia genealogía con el acumulado de luchas del movimiento estudiantil en la última década, en el que el significante «gratuidad» fue una bandera de lucha que perdió espesor cuando fue recuperada por el último Gobierno de Michelle Bachelet, en el que la demanda por la gratuidad universal fue canalizada a través de un sistema focalizado. La estrategia política fue interesante porque además desplazaba la idea de que este era un asunto solo de «mujeres», aun cuando nunca se perdió del horizonte la idea o la mecha que hizo encender las movilizaciones. El acoso sexual normalizado e institucionalizado en las universidades, del cual esta misma facultad fue testigo privilegiado en la acusación de Sofía Brito contra Carlos Carmona. La dificultad se instalaba, entonces, en el terreno en que siempre la política se ve enfrentada: no hay un campo para la acción o la discusión sin diferencia o disenso, sin contradicciones. Al mismo tiempo en que se reafirmaba la multiplicidad en el signo educación no sexista, se marcaba que hay asuntos que ocurren sobre cuerpos específicos. Sobre las mujeres en particular. El feminismo tiene siglos de luchar dentro de esta polémica. Mirando con más detención en las marchas se podían ver a varones «aliados», vocerías como la de Emilia Schneider, tomas que incluían disidencias. No es cierto que en todos los lugares se instaló una línea de corte separatista, aun cuando los medios y sus imágenes también hicieron lo suyo en la insistencia de este corte. Y es que las jóvenes fueron, efectivamente, protagonistas. Como plantea Olga Grau (2018), los cuerpos de mujeres entraron en escena desafiando el orden patriarcal y el reparto de 69 ACTAS DEL PRIMER CICLO DE SIMPOSIAS • Nuevas cuerpas para nuevas transformaciones 70 roles del espacio público, alteraron la cotidianidad institucional, la de la calle, el lenguaje, la dirección de las miradas, los significantes, los símbolos monumentales, con gestos nuevos donde los cuerpos han sido un sustento político de rebeldía turbadora (p. 92). En ese sentido, l*s cuerp*s han sido puestos en escena de maneras inesperadas con un sentido feminista, volviendo a instalar su potencial reflexivo. No podríamos entender el feminismo desestimando el lugar que ha tenido el cuerpo en esa reflexión, interrogando críticamente a través de la historia feminista en tanto significante unívoco, como cuerpo materno o como objeto sexual heteronormado, o como corporalidad estrechada en determinadas funciones, o en determinadas simbolizaciones reductoras y excluyentes de acuerdo con las variables materiales que lo particularizan en sus expresiones de clase, raza o territorio. Hubo una insistencia pública por habitar el propio cuerpo, por rebelarse a los usos y violencias cotidianas de los gestos masculinos a través de gestos performativos y transgresores que otorgaron libertad, y una posibilidad de reescritura a l*s cuerp*s femeninos. Cuerp*s de mujeres con pechos descubiertos y rostros cubiertos con capuchas violetas, adornadas con pequeños detalles que no olvidaban la seducción, como plantea Nelly Richard (2018): ¿Cómo olvidar la imagen de una estudiante encapuchada (usando la capucha que cita a la rebelión popular pero con recortes de piel y adornos femeninos que incorporan los artificios de la seducción a su arsenal de sedición), a torso desnudo y con el puño levantado, montada en la estatua del papa Juan Pablo II que bendice desde la eternidad el frontis de la Pontificia Universidad Católica? Esta imagen grabó en nuestra mirada la fuerza de una desobediencia corporal levantada contra el símbolo del Vaticano de la autoridad religiosa aquella misma semana en que todos los obispos de la Conferencia Episcopal de Chile —envueltos en negras sotanas— presentaban su renuncia en Roma por delitos de abusos sexuales y encubrimientos de estos delitos (p. 120). Cuerp*s desobedientes, cuerp*s en rebeldía. Hay subjetividades que habitan mayormente esa transposición, que la habitan a diario. Y es que sobre el cuerpo de las mujeres se ha relatado desde la hipersexualización hasta el recato, y es por eso que en los pliegues, y muchas veces en lo inenarrable y lo monstruoso, es que se han intentado establecer fronteras para la ficción política. No es fácil inscribir la imagen de pechos desnudos en un marco que las visibilice en una potencia feminista, y es por eso por lo que tal vez este mayo tuvo tantos momentos e hilos que rescatar. La franca oposición a la imagen religiosa de la toma de la Universidad Católica se trenzó con un petitorio que remarcaba la condición de precariedad laboral de las trabajadoras, que insistía en que las personas trans* pudieran usar su nombre social en la universidad. Y esto último fue reconocido. Nota 2: Solidaridad feminista Decía que es importante situar mi lugar de enunciación en este diálogo. Es la tercera vez que pronuncio la frase. Y aquí quisiera referir a Cressida Heyes en el artículo Solidaridad feminista tras la teoría queer: el caso trans (2017), en donde la autora pregunta, precisamente, «¿dónde está la autora?». Soy muy consciente de los escollos presentes al escribir sobre personas trans* desde la posición ventajosa de ser una mujer no-trans* y de alguien que no está involucrada con comunidades trans* extraacadémicas. Las preguntas sobre la ubicación de una autora no-trans* en un artículo interesado principalmente en cuestiones trans* son importantes; mis motivaciones personales están, como siempre, profundamente entrelazadas con las estructuras de mis argumentos. Es quizás especialmente importante reconocer esto, dado que mucho de lo que se ha escrito sobre personas trans* por feministas no-trans* no ha sido solo hostil, sino que también ha tomado una desidentificación explícita con las experiencias de las personas transexuales como su punto de vista crítico (p. 176) Junto con esta toma de posición, decía que me parece importante el contexto que da vida a este diálogo: Lo álgido del feminismo no solo en Chile y las diversas lecturas que podemos hacer de este momento. Por eso creo que leer el «mayo feminista» es importante para la política y para este encuentro. Venimos además de un logro para el activismo trans* y los derechos humanos, como es la Ley de Identidad de Género. Un hito importante que no debiera ser leído sin el componente feminista. El feminismo es un lugar polifónico y es importante no perder de vista que en su diversidad son necesarios los acuerdos, pero también los disensos que se extraen de toda toma de posición. Si el significante mujer hace décadas ha sido puesto en cuestión, es necesario poner atención a las subjetividades y cuerp*s que nos aglutinan, que trazan e imaginan la política que pensamos, que ensayamos. Una solidaridad transfeminista es 71 ACTAS DEL PRIMER CICLO DE SIMPOSIAS • Nuevas cuerpas para nuevas transformaciones REFERENCIAS 72 necesaria, al mismo tiempo en que lo es pensar sobre las diferencias que nutren esa política feminista. La raza, la clase, la identidad de género, como pivotes de un relato que no caiga en la trampa de reafirmar la exclusión que ha signado el orden de dominio patriarcal, que tiene, por cierto, inscripción en la diferencia públicoprivado que inscribe la reproducción y el lugar reproductivo de las mujeres, pero que es perfectamente posible y dable de pensar (pienso en cómo estaba redactada la ley de interrupción del embarazo en Argentina que se discutió durante 2018), sobre cuerp*s gestantes. Es cierto que hay una dimensión de la teoría, de la filosofía, que permite mayormente estas ficciones políticas, pero incorporarlas a la cotidianidad es posible, y vuelvo a pensar en el ejemplo de la utilización de la noción de «cuerpos gestantes». Para Cressida Heyes, uno de los principales temores de las feministas sobre las identidades trans*, es que ponen en cuestión elementos fijos que han sido orientación histórica de las demandas feministas. Ponen en tensión al propio sujeto histórico del feminismo, si se quiere, al desordenar la correspondencia entre cuerpos, géneros y subjetividades. Pero muy especialmente, también, nos abren a la posibilidad de pensar por fuera de todo binarismo, y extender la crítica sobre ese dos de la política que está marcado por la diferencia sexual. Ese dos de la política que sigue trazando una línea de frontera entre la actividad pública y la privada, entre el rol materno natural de las mujeres y el lugar político de la palabra. La lucha por los derechos de las personas trans*, sin duda, es una tarea del feminismo. Es un lugar específico de las personas trans y un punto de encuentro en el que, como planteaba la cita con que comenzó este apartado, las feministas debemos tener especial cuidado en lo que muchas veces se convierte en un hablar por el otro, sin tomar en cuenta la violencia que esto puede significar. Es necesario volver a preguntarse por el estatuto de esas voces trans* que se abren paso y por el lugar de enunciación que el feminismo como movimiento también abre. El feminismo en sus diferencias, pero también en sus grandes acuerdos. En sus tomas de posición y en la necesidad de avanzar en políticas para personas trans* y en lo que el significante trans* nos deja: la posibilidad de pensar por fuera del orden androcéntrico. Castillo, A. (2018). “De la revuelta feminista, la historia y Julieta Kirkwood”. En F. Zerán (Ed.), Mayo feminista. La rebelión contra el patriarcado (pp. 35-48). LOM. Grau, O. (2018). “Un cardo en la mano”. En F. Zerán (Ed), Mayo feminista. La rebelión contra el patriarcado (pp. 91-97). LOM. Heyes, C. (2017). “Solidaridad feminista tras la teoría queer: el caso trans”. En P. Galofre y M. Missé (Ed.), Políticas trans. Una antología de textos desde los estudios trans norteamericanos (pp. 173-207). Egales. Richard, N. (2018). “La insurgencia feminista de mayo 2018”. En F. Zerán (Ed), Mayo feminista. La rebelión contra el patriarcado (pp. 115-125). LOM. 73 Cuerpos gestantes, cuerpos aliados. El aborto más allá de la propiedad del cuerpo ACTAS DEL PRIMER CICLO DE SIMPOSIAS • Nuevas cuerpas para nuevas transformaciones Nicole Darat31 74 H oy, la disputa por el aborto libre está entrampada en los términos liberales — lockeanos32— de la propiedad del cuerpo, y de la exclusión del Estado y de la Iglesia en las decisiones privadas. Esta comprensión liberal, pese a lo atractivo de su retórica, tiene sus límites. Límites que se hacen evidentes en las propias contradicciones en las que puede caer nuestro discurso cuando, por un lado, queremos sacar al Estado de nuestr*s cuerp*s (y «los rosarios de nuestros ovarios»), y por otro, exigimos que el aborto sea un derecho garantizado, sin objeción de conciencia institucional; y si esta existe, entonces, que no haya financiamiento estatal para dichas instituciones. Si no levantáramos estas demandas hacia el Estado, solo estaríamos pidiendo que no se nos condene por abortar mientras los medios a través de los cuales lo hagamos seguirán siendo profundamente desiguales: en clínicas unas, en condiciones precarias otras, entre amigas o solas, cada una según lo que sus medios materiales y sus redes de apoyo le permitan pagar. Queremos, en suma, que el Estado intervenga: eso implica el aborto como un derecho. Pero este tipo de intervención que exigimos, como requisito para un goce efectivo de nuestros derechos sexuales y reproductivos, ¿es una 31. Este texto es una versión más larga y actualizada del texto homónimo publicado en el blog Antígona Feminista el año 2019. Adicionalmente, es un texto al cual le tengo un especial cariño, pues fue a causa de él que una universidad pontificia vetó mi contratación el año 2021 El incidente me ha hecho pensar en qué significa ser feminista en una universidad chilena, qué riesgos tiene el posicionarse sobre un tema ineludible para quienes tenemos capacidad de gestar y cómo la posibilidad del silencio sigue siendo un privilegio masculino, que confiere una ventaja ineludible a la hora de ser vetad*s o no, por una institución de estas características. También me ha hecho pensar sobre la importancia de que las universidades sean espacios donde se permita y aún más, se aliente, el disenso. 32. Referencia al pensamiento de John Locke, filósofo y médico inglés (1632-1704), con los fundamentos de la comprensión «liberal» de la filosofía política moderna. Locke es reconocido por ser uno de los primeros empiristas británicos y por ser considerado como el «padre del liberalismo clásico». intervención sobre nuestr*s cuerp*s? ¿Estamos acaso pidiendo a gritos, por una parte, que el Estado se haga a un lado y no interfiera en el uso de mi propio cuerpo, y por otro, que el Estado intervenga para garantizar mi derecho a abortar? La retórica liberal no es solo insuficiente, ella se vuelve un obstáculo para los objetivos liberadores del feminismo. Baste recordar cuál es el relato en el que se sostiene la idea de ser «dueñ*s» de nuestro cuerpo, o más bien, quién es el sujeto de la propiedad del cuerpo. Los teóricos del contrato social (Hobbes,33 Locke) nunca pensaron en las mujeres como sujetos, y esto precisamente por su capacidad de gestar y del rol de cuidado de l*s recién nacid*s, que se asociaba a dicha capacidad. La relación de cuidado generaba una suerte de obligación que no era voluntariamente asumida, por lo que resultaba difícil de procesar en el lenguaje del contractualismo. Este tipo de relación no elegida debía ser excluida del espacio público y de la idea de «obligación política» que regía las relaciones políticas modernas, liberadas del yugo teológico medieval, así como de la confianza en el carácter virtuoso que garantizaba el orden social clásico. La exclusión de las mujeres del orden del contrato y, por ende, del espacio público equivale, desde entonces, a la exclusión de las relaciones no voluntarias del espacio de la política. Hobbes partía del supuesto de que todos los individuos eran igualmente libres en el «Estado de naturaleza». El llevó esta igualdad a su consecuencia lógica al concebir la relación de cuidado entre la madre y su criatura como una «relación contractual», es decir, mediada por el consentimiento. La madre otorgaba protección a cambio de obediencia. Ella, en principio, podía negarse a proveer dicha protección y dejar a la criatura a su suerte (un dejarla morir). Por lo mismo, Hobbes concibió la maternidad no tanto como una cuestión ligada a la madre, sino más bien como una función que podría cumplir cualquiera que proveyera los cuidados necesarios para mantener con vida a l*s recién nacid*s. El dominio sobre la criatura le concierne a la madre no en tanto es parte de su cuerpo, pues el progenitor masculino también ha aportado con parte de su cuerpo a la generación de esta, sino por el trabajo invertido en la conservación de la vida incipiente. Con todo, el escenario cambiaba una vez que surgía la sociedad civil y, con ella, la organización social y las leyes que regulan a la familia. Las mujeres quedan excluidas del espacio público, se presume que lo han consentido. Hobbes mantiene el dominio patriarcal, aunque niega que este sea natural. No siendo natural, el matriarcado también podría ser un resultado posible, sin embargo, su argumento aquí es más bien casuístico: en general los Estados son regidos «por padres, no por madres de familia» (Hobbes, 1994). Lo que encontramos en el argumento de Hobbes es de un lado, un individualismo extremo y, de otro, 33. Thomas Hobbes (filósofo inglés, 1588-1679). 75 ACTAS DEL PRIMER CICLO DE SIMPOSIAS • Nuevas cuerpas para nuevas transformaciones la repetición del discurso patriarcal que supuestamente el contractualismo debía superar (Pateman, 1988). En otras palabras, el patriarcado pierde su naturalidad, pero no se mueve un ápice su facticidad. 76 A Locke, por su parte, si bien se le suele identificar como el pensador que enterró la fundamentación patriarcal de la política, incluso concibiéndosele como un pensador «proto-feminista», acaba igualmente excluyendo a las mujeres. La exclusión lockeana opera por vía de la clase, pero es reforzada por el sexo. Locke distingue entre el consentimiento «explícito» y el «tácito». Este es uno de sus grandes aportes al lenguaje contractual: mientras el consentimiento explícito está vinculado a la posesión de la propiedad, el consentimiento tácito está vinculado al habitar en un determinado territorio y «gozar» de la protección de sus leyes. Locke afirma que el consentimiento explícito obliga más fuertemente que el consentimiento tácito, pero las mujeres no gozaban de propiedad en su época. Al respecto vale añadir que hasta nuestros días la propiedad de todo tipo, más todavía la propiedad de la tierra, está concentrada en manos masculinas. En principio, por ende, la obligación de las mujeres solo podría ser tácita, pero al no ser consideradas sujetos políticos, el «goce» vinculado a formar parte de la sociedad es un mero derivado; el mismo Locke lo piensa como subordinado al goce de dichos derechos por parte del padre de familia. Siguiendo a Nancy Hirschmann (1992), si ya el consentimiento tácito supone una obligación débil, la obligación de las mujeres cuyos maridos no son propietarios (la mayoría) es aún más débil. Pero la necesidad de asegurar la herencia de la propiedad hace necesario obligar a las mujeres colectivamente a la obediencia de las reglas del juego. Es por eso por lo que, en el esquema lockeano, las mujeres quedan fuertemente atadas a la familia. Solo su vínculo con ella garantizará la viabilidad de su obediencia al orden social. El análisis del lugar de las mujeres en las teorías del contrato social puede servirnos como entrada para entender la inadecuación del lenguaje de la propiedad del cuerpo, al exigir los derechos sexuales y reproductivos de l*s cuerpo*s con capacidad de gestar, y de que l*s cuerp*s feminizados en general, tengan o no, dicha capacidad: nunca hemos sido dueñ*s de nuestr*s cuerp*s; la propiedad privada y las relaciones que se articulan a partir de ella nunca fueron pensadas para l*s cuerp*s no-masculinos. La lógica masculina es la lógica de la separación, de la autonomía como negación de la dependencia, y esto lo comparte tanto el ideario liberal, como el del republicanismo cívico. Una retórica liberal nos conduce a conclusiones liberales: derechos individuales abstractos, como bien identificara Marx34 en su crítica a las declaraciones burguesas de derechos 34. Karl Marx (1818-1883) fue un pensador alemán de origen judío, cuya obra influyó campos intelectuales de múltiples disciplinas como lo son la filosofía, (2004). El cuerpo liberal, el cuerpo cuya propiedad dada por el derecho natural me permite separarme del común, apropiarme privadamente de aquello que mezclo con mi trabajo, es un cuerpo abstracto. En primer lugar, porque es un cuerpo que solo afirma su individualidad, su separación respecto del resto de l*s cuerp*s. Lo cual permite zanjar la apropiación, es decir, permite identificar lo «tuyo» y lo «mío» que el trabajo del cuerpo separa del común. Es un cuerpo abstracto, también, porque no es un cuerpo humano en su animalidad, en su materialidad, con necesidades, afectos y efectos. Un cuerpo así solo se corresponde con el cuerpo del sujeto masculino propietario, en ningún caso se corresponde con el cuerpo gestante. ¿Cómo desembarazarnos de la retórica liberal y de sus significados? ¿Cómo pensar el cuerpo de otra manera? O más aún, ¿cómo narrar el lugar de nuestro cuerpo en la lucha por el aborto libre de otra manera? Judith Butler, en su libro Cuerpos aliados y lucha política. Hacia una teoría performativa de la asamblea (2017) aporta elementos valiosos para pensar nuestr*s cuerp*s más allá de la abstracción que supone la individualidad y, por ende, más allá del omnipresente discurso de la propiedad. Butler propone entender el cuerpo a partir de las relaciones que hacen posible su vida y sus actos. De este modo, reconocemos que el cuerpo implica vulnerabilidad y dependencia. Vulnerabilidad que es evidente en los primeros años y en la vejez, pero que nos acompaña durante toda la vida y, por lo mismo, desde la relación con otras personas, con un entorno que nos condiciona y que puede ayudarnos a contrarrestar, o a agudizar, esa vulnerabilidad. El cuerpo implica dependencia de las relaciones que hacen la vida posible. Relaciones con otr*s cuerp*s, como las redes de apoyo; con la infraestructura, como la red hospitalaria; con las máquinas, que hacen posibles redes de apoyo la economía, la historia, la sociología y la ciencia política. Junto a Friedrich Engels es el autor del Manifiesto del Partido Comunista (1848). 77 ACTAS DEL PRIMER CICLO DE SIMPOSIAS • Nuevas cuerpas para nuevas transformaciones 78 más amplias, pero también con tecnologías que permiten modificar nuestr*s cuerp*s y sus relaciones. condiciones materiales de existencia, así como un ámbito de acción, que permitan hacer la vida «vivible». En los movimientos políticos radicalmente democráticos tienen centralidad las condiciones que hacen posible la supervivencia del cuerpo como condición material de la vida, son tanto la precondición como el fin de la movilización política. Desde esta comprensión del cuerpo, una nunca puede ser dueña de su cuerpo antes de la relación con l* otr*. El cuerpo no es una condición previa de nuestras interacciones, es su resultado. Nunca puede ser individualmente «nuestro», pues su separación es en sí misma la ficción que hace que podamos discernir l* cuerp* de sus relaciones y dependencias. En ese sentido, l* cuerp* nunca puede ser una propiedad privada, nunca podemos cercarlo y separarlo del resto. No hay un límite que yo pueda trazar unilateralmente y afirmar que ni el Estado ni la Iglesia pueden traspasarlo. La vulnerabilidad como condición de l* cuerp* implica la inexistencia material de dichas fronteras y el carácter de disputa que tiene el aseguramiento de unas La demanda por el aborto sin causales reconoce nuestra vulnerabilidad como cuerp*s viv*s, y en particular como personas con capacidad de gestar. Somos vulnerables a la contingencia de un embarazo no deseado, o a la indeseabilidad de las condiciones en que puede ocurrir un embarazo. Desde la perspectiva del feminismo materialista, el aborto sin causales predeterminadas —pues siempre habrá una razón, o más de una, para que una persona gestante desee abortar— es una condición para la vida; para poder darle forma a una vida libre y, sin embargo, no por ello menos vulnerable. ¿Qué significa vivir una vida libre, reconociendo nuestra vulnerabilidad? Quizá sea imposible dar una respuesta completa a esta pregunta sin pretender hacer un sistema que abarque la totalidad de la experiencia posible. Una respuesta tal, solo podría ser formal o totalitaria. A pesar de ello, vale señalar algunos elementos que nos podrían guiar en el camino de respuestas posibles. De partida, significa que nuestra libertad es limitada, que no puede trazarse como una ruptura completa con la materialidad que nos determina. Ya sea esta la ciudad y su infraestructura, o las personas que nos rodean y sus costumbres, o los límites y posibilidades que suponen las instituciones existentes. Esto no significa que no podamos modificarlas, transformarlas o abolirlas; significa que son un punto de partida para pensar nuestra afectación en un mundo de múltiples relaciones. Nuestra libertad debe entenderse a partir de esa relación. Pretender negar la vulnerabilidad como el individuo moderno, que se erigía a sí mismo como un sujeto autónomo y separado de sus dependencias materiales y afectivas, es engancharse a la ilusión que ha sido históricamente servil a la fantasía patriarcal de la masculinidad, y que es subyacente, de una u otra forma, a las múltiples formas de violencia patriarcal. derechos sexuales y reproductivos de las mujeres, sino por los derechos sexuales y reproductivos de tod*s l*s cuerp*s gestantes: cis, trans* y no binaries, al designar una pluralidad de experiencias y corporalidades posibles desde las que se puede vivir un embarazo, deseado o no deseado. Es una multiplicidad de experiencias y formas de vida desde las que se puede tener la necesidad de abortar: esta no se restringe a las mujeres cis. Así, el reconocimiento del cuerpo vulnerable, y expuesto como unidad de lucha, nos permite adoptar un lenguaje sensible a la multiplicidad de estas experiencias, a su profunda irreductibilidad. Ahora bien, al hablar de alianzas, esto nos impone el desafío de producir un lenguaje y diseñar una estrategia común, cuestión que pasa, principalmente, por reconocer las estructuras que nos oprimen a tod*s. De la lucha por el aborto legal en Argentina hemos aprendido que el aborto no es solo una lucha por los 79 ACTAS DEL PRIMER CICLO DE SIMPOSIAS • Nuevas cuerpas para nuevas transformaciones REFERENCIAS 80 En una conferencia reciente, la feminista marxista Kathi Weeks (2021), hablaba de la necesidad de scaling up en la investigación y en la crítica feminista como una resistencia al mandato de scale down, que habría sido dominante en la teoría feminista desde los años 90 hasta ahora. Podemos entender esta idea como la necesidad de pasar a una escala «más alta» en el análisis y la crítica feminista, que parece crecientemente atrapada en el análisis de la experiencia individual, poniendo el foco en temas como el duelo, la felicidad o la desesperanza. La llamada a scale up es quizá una llamada a volver a las problemáticas más elementales del análisis marxista, esto es, preguntarnos por las estructuras. El patriarcado, junto al capital, son las estructuras de opresión que moldean nuestra experiencia en el mundo, que modulan la exposición de nuestr*s cuerp*s en nuestras relaciones voluntarias e involuntarias. Reconocer cómo estas estructuras afectan nuestras vidas es lo que permite que politicemos nuestra experiencia, por única e irrepetible que sea. Tejer alianzas es también traducir opresiones, escuchar y abrirse, dejarse afectar, politizar el daño que el patriarcado ha hecho a nuestr*s cuerp*s y a nuestras formas de habitar el mundo para, desde ahí, pensar otras nuevas, otras que tensionen y logren romper las categorías heredadas con las que nos desheredaron. Butler, J. (2017). Cuerpos aliados y lucha política: Hacia una teoría performativa de la asamblea. Paidós. Hirschmann, N. J. (1992). Rethinking Obligation: A Feminist Method for Political Theory. Cornell University Press. Hobbes, T. (1994). Leviatán o la materia, forma y poder de una república eclesiástica y civil. Fondo de Cultura Económica. Locke, J. (2014). Segundo tratado sobre el Gobierno Civil: Un ensayo acerca del verdadero origen, alcance y fin del Gobierno Civil. Alianza. Marx, K. (2004). Sobre la cuestión judía. Prometeo Libros Editorial. Pateman, C. (1988). The Sexual Contract. Stanford University Press. Weeks, K. (15 de febrero de 2021). Scaling-Up: A Marxist Feminist Archive with Kathi Weeks. The New School for Social Research. http://event.newschool.edu/ scaling-up 81 CITAS Para mí, el camino de la aceptación va mutando y creciendo de la mano de quienes te apoyan. Es un recorrido único y especial. Se trata de la identidad, de cómo crecer en tu búsqueda y en tu aproximación a ti misma y el mundo. Es bidireccional, no unilateral. Hoy el mundo transita con nosotras. Daniela Vega Rebeldía, resistencia, amor, 2019 Los cuerpos son pantallas en las que vemos proyectadas los acuerdos temporales que surgen de los debates del momento sobre prácticas y creencias que tienen lugar dentro de las comunidades académicas y médicas […] Las personas que no tienen voz en esta teorización son las propias personas transexuales […] Dada esta circunstancia en la que un discurso minoritario se materializa en el cuerpo físico, hace falta un discurso crítico. Pero este es difícil de generar cuando estamos programad*s para desaparecer. Dicho en otras palabras, se trata de un debate entre quienes, por un lado, creen que la acción feminista no puede ni debe prescindir de un relato de género mínimamente estable y cohesionador (un relato que les sirva a las mujeres de base organizativa y de vector representacional) y quienes, por otro lado, piensan que la desestabilización crítica del referente «mujer» es saludable porque produce fisuras de (la) representación que rompen la fijeza categorial de la identidad y la diferencia, otorgándoles movilidad operatoria a sus planos de articulación teórica y crítica. Nelly Richard Los desafíos crítico-políticos del feminismo deconstructivo, 2008 El capitalismo global integrado hace tiempo que aprendió a no oponerse a las resistencias, sino que a integrarlas. Al incluirlas las convierte en mercancías de consumo, modas y las neutraliza en su potencial crítico, disruptivo, político […] La disidencia sexual no es una identidad ni una política pro-familia. Tampoco es una política humanista que busque humanizar la humanidad y el sistema, de hecho es una política que cuestiona que el antropocentrismo sea el eje articular de lo político. La disidencia sexual es un posicionamiento crítico a esas políticas de integración que reducen la sexualidad a dentro de los límites de la re-producción. Es una política trans-feminista negativa, post-identitaria, que exige constante creatividad, articulaciones promiscuas e interseccionadas, po-éticas implicadas, teorías encarnadas e imaginación política para enfrentar una política criminal que busca integrarnos. Lucha Venegas Facebook, 14 de mayo del 2021 Sandy Stone El imperio contraataca. Un manifiesto postransexual, 1991 83 LXII No digas mi nombre No digas mi nombre por favor Si no dices mi nombre yo no existo LXXIV Un viento junta algunos de mis fragmentos Tomo fuerza y me termino de armar Rompecabezas cascabel de cristal soy Mara Rita Trópico mío, 2015 Se dice que las normas nos preceden, que circulan en el mundo antes de recaer sobre nosotros. Cuando llegan, actúan de maneras muy distintas: las normas dejan una marca sobre nosotros, y esa marca abre un registro afectivo. Las normas nos forman, pero solo porque ya existe una relación cercana e involuntaria con su marca; exigen e intensifican nuestra impresionabilidad. Las normas actúan sobre nosotros en todas direcciones, es decir, de un modo múltiple y a veces contradictorio; actúan sobre una sensibilidad a la vez que la conforman; nos empujan a sentir de una manera determinada, y esos sentimientos pueden penetrar incluso en nuestro pensamiento, ya que es muy posible que acabemos pensando en ellos. Nos condicionan y nos forman, y apenas han acabado con esa tarea comenzamos a emerger como seres pensantes y hablantes. Más bien siguen actuando de acuerdo con una lógica iterativa que para muchos de nosotros solo acaba con el final de la vida, aunque la vida de las normas, del discurso en términos más genéricos, se mantenga con una tenacidad bastante indiferente a nuestra finitud. De esta manera, la historia de las personas trans* refleja cómo han ido consiguiendo apropiarse estratégicamente de los nombres con las que antes se las señalaba, autonombrándose como persona transexual, transgénero, trans o trans*, frente a los diagnósticos que las clasifican como personas con un trastorno, ya sea de la identidad de género o con disforia de género, y a cambio, implica un ejercicio de autonomía y agencia. Cualquiera de los términos que se usan popularmente y que son objeto de este «repensarse trans» hace visible el esfuerzo por alejarse de un señalamiento patologizante y situarse en un lugar más lúdico, político y autorreclamado. Mi cuerpo trans es una institución insurgente sin constitución. Una paradoja epistemológica y administrativa. Devenir son teleología ni referente, si existencia inexistente es la destitución al mismo tiempo de la diferencia sexual y de la oposición homosexual/heterosexual. Mi cuerpo trans se vuelve contra la lengua de aquellos que lo nombran para negarlo. Mi cuerpo trans existe, como realidad material, como entramado de deseos y prácticas, y su inexistente existencia pone todo en jaque: la nación, el juzgado, el archivo, el mapa, el documento, la familia, la ley, el libro, el centro de internamiento, la psiquiatría, la frontera, la ciencia, dios. Mi cuerpo trans existe. Lucas (Raquel) Platero Trans*sexualidades. Acompañamientos, factores de salud y recursos educativos, 2014 Paul. B. Preciado Un apartamento en Urano. 2019 Se observa de manera reiterada que, dentro del universo de las personas LGBTI, las personas trans y de género diverso son aquellas que se encuentran expuestas a mayores niveles de vulnerabilidad y son quienes suelen padecer mayores niveles de exclusión, estigma y prejuicio social. Con base en la información recabada por la CIDH, es posible afirmar que la situación de exclusión social agravada en la que se encuentran las personas trans y de género diverso constituye un fenómeno de dimensiones estructurales en la región. ¿Por qué es importante una pedagogía trans*? Sabemos que en las escuelas, las y los jóvenes trans y de género creativo tienen identidades que «son hechas» vulnerables y se incurre en las tasas más altas de intimidación, acoso, ausentismo, abandono de estudios, problemas de salud mental […] Al crear una pedagogía para trans*ser, construida sobre y por teorías rizomáticas, espacialidad, hibridismo y geo-espacialismo, se busca inspirar un clima escolar que avance y gradúe a juventudes autodeterminadas cuyos cuerpos se conviertan espacialmente en agentes. CIDH Informe sobre personas trans y de género diverso y sus derechos económicos, sociales, culturales y ambientales. sj Miller Enseñando, afirmando, y reconociendo a jóvenes trans* y de género creativo, 2018 El feminismo interpeló a Lohana, pero ella, como no lo había hecho hasta ese entonces ninguna feminista, nos refregó en la cara cuál era la regulación y el ordenamiento de los cuerpos, sexos y géneros que alegremente reivindicábamos y nos alentó a revisar esos binomios universalizantes en los que estábamos atrapadas. Nos arrancó las antiparras y nos obligó ver los rostros de aquellas que no tienen representación alguna en las narraciones hegemónicas, incluida la feminista. Y lo hizo proclamando lo que llamaba el valor crítico de la diferencia […] Procuraba que pensáramos la diferencia no como un rasgo distintivo para clasificar sino como la mecha capaz de hacer volar en pedazos las certezas de aquella apacible y perezosa perspectiva binaria del esencialismo biologicista. Josefina Fernández La Berkins. Una combatiente de frontera, 2020 Los estudios trans* constituyen un campo académico interdisciplinario y socialmente comprometido, cuyo surgimiento suele identificarse a principios de la década del noventa. Su trama anuda contribuciones propias de las humanidades, las ciencias sociales, la psicología, las ciencias naturales y las artes […] La emergencia de este campo disciplinar representa un compromiso crítico con respecto a la investigación biomédica y guarda estrecha relación con desarrollos provenientes de la teoría feminista, los estudios gay-lésbicos y la teoría queer. Blas Radi Políticas del conocimiento: hacia una epistemología trans*, 2019. Judith Butler Los sentidos del sujeto, 2018 85 Posicionamiento de estudiantes trans en el sistema escolar chileno. Análisis de un caso de estudio Pablo Astudillo Lizama II. ¿Mi identidad es siempre normativa? LA REPRESENTACIÓN DE LO TRANS* MÁS ALLÁ DE LA PATOLOGÍA Y LA INCLUSIÓN Q uisiera compartir con ustedes una reflexión a propósito de lo que ha sido hacer investigación en establecimientos escolares. Mi interés es poder analizar hoy un hallazgo en específico que ayuda a comprender mejor el posicionamiento de los estudiantes trans* en las escuelas chilenas. El mismo, surge como parte de una investigación que pude realizar junto con María Teresa Rojas, compañera del Departamento de Políticas Educativas de la Universidad Alberto Hurtado, a propósito del Informe de Educación 2020 que publicó recientemente la UNESCO. En dicho informe se abordó la situación de los sistemas educacionales en América Latina y, en el caso de Chile, se construyó un capítulo que reflexiona respecto a la inclusión de estudiantes LGBTI+, comparando además la situación de nuestro país con otros países de América Latina como México y Brasil. Es a propósito de ese estudio en particular, como también de las evidencias recogidas por otro estudio del 2018 realizado por el Centro de Investigación y Desarrollo de la Educación (CIDE), que quiero plantearles hoy día una reflexión sobre los límites de la inclusión presentes en las escuelas chilenas. No voy a exponer los resultados de ninguna de las dos investigaciones, sino que más bien quiero discutir algunas ideas a partir de ciertos hallazgos específicos encontrados en ambos estudios y que surgen a partir de la revisión de las normativas y de su contraste con los discursos recogidos en entrevistas a Directores, cuerpo docente y estudiantes. Por eso he titulado esta presentación «Posicionamiento de estudiantes trans en el sistema escolar chileno. Análisis de un caso de estudio», para focalizarme en algunos puntos asociados a lo que, podríamos llamar por ahora, la predisposición hacia la inclusión de estudiantes trans en nuestro país y que muestran un campo de posibilidades y límites que siempre son situados, pero también reveladores de una norma social general en el campo escolar. 87 ACTAS DEL PRIMER CICLO DE SIMPOSIAS • Nuevas cuerpas para nuevas transformaciones Voy a exponer primero una breve reseña sobre la normativa escolar vinculada a estos temas, para después referirme a algunas evidencias del estudio de la UNESCO, para finalmente vincular tales ideas con algunas reflexiones más generales surgidas de las investigaciones que he referido. 88 Quería entonces partir señalando que desde el 2015 en adelante existen algunas normas tendientes al reconocimiento e inclusión de la diversidad por orientación sexual, identidad y expresión de género en la escuela. Hay principios que uno puede rastrear, por ejemplo, en la Ley de Inclusión del 2015, y que luego aparecen más claramente en la Circular N°0768 de la Superintendencia de Educación «Derechos de niños, niñas y estudiantes trans en el ámbito de la educación» y en las «Orientaciones para la inclusión de las personas lesbianas, gays, bisexuales, trans e intersex en el sistema educativo» que entrega el MINEDUC35 el año 35. Ministerio de Educación de Chile. 2016. Pese a la existencia de estas tres normas se aprecia una débil institucionalización de los procesos de reconocimiento o de inclusión de estudiantes LGBTI+. Por ejemplo, en el periodo de gobierno actual muchos de estos documentos difundidos en el 2016 son de difícil rastreo. Si tales textos estaban muy visibles en la página web del Ministerio, durante el mandato de Michelle Bachelet (2014-2018) hoy vemos que cuesta rastrearlos, revelando cómo la visibilidad de estos temas depende de las orientaciones políticas de un gobierno de turno. Existe por lo tanto una brecha en términos de asegurar la estabilidad en el tiempo. Ahora bien, frente a esa precariedad es importante reconocer que este marco normativo general, es algo que en algún minuto se discute, algo que en un minuto se socializa en las escuelas. Estas conversaciones pueden dar pie a un nuevo contexto para, precisamente, pensar la inclusión, y al mismo tiempo asegurar el cumplimiento del derecho a la educación, el que se supone es el principio central detrás de todas estas nuevas normas. Lo que me interesa hoy es plantear algo independiente de estas incipientes formas de institucionalización. Si pensamos en la diversidad por orientación sexual, identidad y expresión de género, el posicionamiento de los y las estudiantes, depende de reglas más complejas que la norma y de lo que una escuela decida. Las normas y orientaciones ministeriales se traducen al interior de cada escuela de manera situada y con formas específicas que dependen de cada establecimiento. La literatura es abundante para ofrecernos distintas perspectivas sobre cómo dentro de la escuela se reproducen ciertas normas de género y al mismo tiempo se producen normas de género que le son específicas. Cada actor en la escuela participa de modo diferente en estos procesos. Para decirlo en otras palabras: hoy existen ciertas leyes que ofrecen un contexto jurídico distinto al que existía antes del 2015, pero su traducción al ámbito escolar tiende a ser un proceso complejo, no lineal. De ahí que urja una nueva pregunta: ¿cuáles son las posibilidades y los límites de inclusión en un establecimiento dado? Para eso, pasaré a la segunda parte de esta exposición, presentando ciertas evidencias recolectadas en un establecimiento que fue investigado durante 2019. El mismo corresponde a un colegio católico de alto capital sociocultural ubicado en la zona oriente de Santiago, y que se presenta a sí mismo a partir de (podríamos llamarlo así) su predisposición positiva hacia la inclusión de estudiantes trans. Esta posición se evidencia en la decisión de reconocer y posteriormente acompañar la transición de género de una estudiante de enseñanza básica. A partir de esta decisión el establecimiento se narra a sí mismo y se presenta ante los demás establecimientos de su entorno: «Somos un establecimiento inclusivo, tenemos un caso y eventualmente si hubiera otros más sabríamos cómo manejarlo, aceptamos». Debemos recordar que este es un establecimiento católico, de manera que esta presentación institucional quizás resulta contraintuitiva, especialmente considerando el discurso del magisterio en estos temas. Ahora bien, este caso reviste especial interés investigativo. Primero por la capacidad de influencia que tiene por el hecho de ser un establecimiento con alto capital sociocultural y por la futura posición que tendrán sus estudiantes dentro del sistema de toma de decisión del país. Y segundo, porque su identificación católica obliga a entender sus procesos de inclusión o acompañamiento a partir de un marco ético que nunca es rígido, sino permeable a distintas fuerzas sociales, que puede terminar jerarquizando algunas normas en desmedro de otras. Insisto, ¿por qué prestar atención al posicionamiento institucional para comprender los límites de la inclusión? Observemos la siguiente cita tomada de la rectoría de esta institución: «Nos toca acompañar todo lo que a los estudiantes les toca vivir. No tengo idea qué es lo que esto implica (ríe), pero hay que acompañarlos». De alguna manera, esta cita revela una 89 ACTAS DEL PRIMER CICLO DE SIMPOSIAS • Nuevas cuerpas para nuevas transformaciones 90 cierta «resignación» de quien habla. Es una manera de decir que «frente a ciertas fuerzas sociales o ciertas transformaciones socioculturales tenemos que acompañar lo que pase. Los estudiantes nuevos vivirán cosas que probablemente nosotros como adultos no vivimos y nos toca acompañarles». Habría que fluir con, resignarse a. Independientemente del juicio moral que pueda formularse frente a este tipo de discurso (si acaso es mejor una actitud activa o pasiva frente a la norma social) o del hecho que ser católico fuerce o no a la aceptación de una sexualidad o identidad de género fuera de la norma, desde ya se debe reconocer la predisposición «inclusiva» que la organización tiene frente a cuestiones como la diversidad sexual o de género. Ahora bien, esto contrasta con una idea que después comparte tanto la dirección como el cuerpo docente de la institución. En uno de los focus group, l*s profesores señalan: «Frente a todo lo que nosotros queremos hacer hay resistencias, y uno lo pasa mal por aquellos que hacen más ruido». Es esta idea de ruido un elemento importante que debería ser integrado dentro del análisis. Porque ¿qué es lo que significa el ruido dentro de una organización? ¿A qué cosas alude? ¿Por qué se utiliza esa expresión y no otra? Cuando se piensa desde las sociologías de las organizaciones el ruido tiene que ver con aquello que, de alguna manera, está hablando de los límites de la organización, lo que quiebra sus expectativas, lo que tensiona sus narrativas internas y también el modo cómo se autobserva a lo largo del tiempo. En el ámbito escolar, la noción de ruido es generalmente movilizada cuando se hace referencia a las reacciones de ciertos apoderados, apoderados que se contraponen a las iniciativas que propulsa la Dirección y que en el fondo instalan una resistencia al movimiento organizacional. En colegios del sistema educacional chileno, en el que todavía operan procesos de selección tanto de la escuela como de las familias, este tipo de ruido tiende a ser sobreinterpretado por las instituciones, que equiparan el derecho a la libertad de expresión de determinados individuos con sus propias convicciones de cómo asegurar el derecho a la educación de sus estudiantes, entrampándose en el proceso. Al mismo tiempo, la idea de ruido también se asocia con la naturaleza de ese ruido, con la forma que toma al momento de transmitirse. Pensemos en la siguiente cita movilizada por un grupo de profesores: «En este colegio la abierta discriminación es castigada, pero no sabemos qué pasa con la autocensura, con las personas que se autocensuran para evitarse problemas». Esta última sentencia ilustra bien cómo el ruido también alude al modo como se interpreta el silencio. Frente a la idea de que hay que impulsar cambios, que las normas del colegio deben reflejar un cambio social, aparecen nuevos procesos de posicionamiento individual. ¿Qué es lo que puedo decir?, ¿qué es lo que no puedo decir? Cuando se examina este flanco vemos que la aceptación se vuelve una disposición más bien «inestable», cuando un grupo importante de personas que frente a los cambios y las decisiones que se toman por un establecimiento deciden autocensurarse, dejando en un espacio desconocido aquello que los sujetos pueden estar efectivamente pensando, preguntándose o movilizando para adherir o no a un cambio determinado. Esto se replica cuando examinamos el «ruido» vinculado a los estudiantes. Suele ser una opinión común que los adultos en las escuelas que se refieran a los, las y les estudiantes como personas son mucho más proclives a aceptar la diversidad por orientación sexual y de género. A la generación estudiantil le importarían menos las categorías sobre la sexualidad, pues, de acuerdo con los docentes «no cargan con las trancas o las dificultades que tienen los adultos respecto a la aceptación». El problema es que muchas veces este tipo de definición, de narrativa sobre la diferencia generacional, vuelve invisible algunos procesos de reproducción de la violencia simbólica entre los propios estudiantes, aquellas ideas sobre el género o la sexualidad que no se modifican o las preguntas que aquellos tienen y que siguen sin ser contestadas. Si se piensa el contexto escolar general, se puede constatar cómo la violencia homofóbica más visible ha dado paso a formas más simbólicas de esa misma violencia. Su permanencia en estos aspectos más sutiles la hacen quizás más difícil de pesquisar. Entonces, decir que los estudiantes no tienen problemas de aceptación de la diversidad muchas veces implica extender una suerte de manto, de opacidad, sobre lo que efectivamente este estamento piensa, dice o hace. Tomemos como referencia, el discurso que circula dentro de un focus group de estudiantes de tercero medio del colegio que analizamos, colegio que, recordemos, se presenta como inclusivo frente a la identidad de género y la sexualidad de los estudiantes. Los estudiantes, a propósito del acompañamiento del proceso de transición de la estudiante de enseñanza básica de su colegio, producen el siguiente diálogo: • E1: No tiene por qué importar, es una alumna más de este colegio. • E2: Pero igual yo me pregunto, ¿qué va a pasar cuando empiece a ir a fiestas? Porque ahí son todas como mujeres [hace énfasis], y se visten todas iguales y la que se viste diferente es como ¡no!, o la que tiene el pelo corto, igual como que todas miran a la que tiene el pelo corto, no me digan que no, fiesta de colegio de séptimo básico. Me da angustia pensar qué va a hacer ella. No sé qué podría hacer el colegio frente a la fiesta. Un adulto no puede decir cómo te vas a vestir, porque no le haces caso al adulto. • E3: Si, igual acá sería más complicado que use el pelo corto a que sea trans*, ese sería el tema de conversación. A mi juicio, esta cita revela de manera muy transparente como las formas de violencia simbólica persisten dentro del discurso estudiantil. Los procesos de inclusión que la Dirección promueve son tensionados por los apoderados que hacen ruido o por los docentes que hacen ruido, paradojalmente, a partir de su silencio. Sin embargo, l*s estudiantes mantienen distinciones referidas a la expresión de género que no son reconocidas en las 91 ACTAS DEL PRIMER CICLO DE SIMPOSIAS • Nuevas cuerpas para nuevas transformaciones 92 narrativas de los adultos. De algún modo, esta invisibilidad replica lo que ocurre también con los estudios académicos que tienen a pasar por alto este aspecto cuando se habla de los temas de inclusión LGBTIQ+. No obstante, como podemos verlo en el discurso de los estudiantes, aquel es el eje estructurante para generar distinciones entre los sujetos. De algún modo, esta persistencia de la norma de género evidencia una forma de inclusión que podríamos llamar «parcial». Porque es muy transparente la sanción sobre quien no cumple con la norma de lo femenino: con la forma de usar el pelo, de vestirse y otras cosas más. Quiero finalizar esta reflexión vinculando, por lo tanto, estos hallazgos con cuestiones más generales de este y de otros estudios. Esto nos permitirá plantear un ángulo de análisis centrado en las sutilezas que nos permite verificar los déficits en términos de reconocimiento y de justicia educativa. Vemos que en la actualidad hay establecimientos que quieren ir contra la exclusión. Pero es importante observar cómo se ordenan todas las demás normas con relación al género y la sexualidad para comprender bien las posibilidades y límites de la inclusión. Para ello, pienso, es preciso tener claro los siguientes tres puntos: Primero, que el reconocimiento de l*s estudiantes trans*, tal como lo hemos mostrado, tiende a ser visto como un «caso», como «algo que acompañar». En términos morales, las escuelas difícilmente van a referirse a los sujetos como un problema o una dificultad. Pero sí van a estructurar su acción en torno a la gestión de un caso. El tema queda aislado, recluido, sin ser algo que se piense en alusión al currículum escolar o a la educación sexual, que podrían ser maneras de entender cómo la escuela se organiza para educar a sus estudiantes y producir formas de normalidad o diferencia. Lo anterior es visible también en el hecho que el cambio, que la acción, es pensada para el caso de los, las y les estudiantes, pero nunca para los adultos en la escuela, pese al rol que aquellos juegan en la producción y reproducción de la normalidad escolar. Segundo, la atención al «caso», pone la atención también en el «ruido» y en cómo este se genera: qué es lo que la persona dice o no dice, cuánta importancia se asigna o no a lo que alguien diga sobre cómo las personas deben tener el pelo o no. La casuística no permite que las escuelas presten atención a cómo sus actores realizan ciertas jerarquías asociadas a las sexualidades y al género. Pareciera ser que la inclusión no tiene que ver con cómo se conversa o se habla sobre la expresión de género, pero aquella necesariamente está imbricada con distintas formas de exclusión. Y hasta ahora, las escuelas inclusivas no han reflexionado respecto a cómo las reglas sobre el género o sobre la sexualidad se producen en la misma. Sujetos disfóricos y crítica queer: hacia la despatologización de lo trans* Claudia Calquín Donoso E n esta exposición quiero desarrollar algunos nudos problemáticos en torno a la patologización de lo trans* tal como se revela en el dispositivo psicológico que emerge a partir de la segunda mitad del siglo XX. Para ello, intentaré delinear algunos postulados de la crítica queer entendida como un discurso problematizador de las operaciones del poder regulador en la conformación de las identidades de género que activan, a la vez, en palabras de Preciado (2005), una agenda política de l*s anormales. Por otro lado, me interesa situar también esa crítica en la formación de un sujeto psicológico y sus metáforas de la identidad, asumiendo que esas metáforas crean imágenes de pensamiento y mapas de posiciones situadas, inscritas y encarnadas que configuran mundos semióticomateriales en los cuales habitamos. Si bien es cierto que la categoría «trans» es usada y reivindicada por grupos de activistas, también es cierto que dicha categoría nace en el seno del pensamiento médico-psiquiátrico de la mitad de siglo XX, que actualmente es considerada un trastorno mental —disforia de género— y que su historia revela la manera en que l*s cuerp*s y la subjetividad son resultado de complejos dispositivos de saber/poder. Hacia 1930, los avances en el campo de la cirugía reconstructiva permitieron la realización de las primeras cirugías de «cambio de sexo», con lo que la capacidad de intervenir sobre el cuerpo para modelar una apariencia acorde entre identidad sexual psicosocial y anatomía en casos de «ambigüedad», pasó a constituir una herramienta socio-médica de primer orden. Según la bióloga Anne Fausto-Sterling (2006), el siglo XX fue testigo de una mutación clave en los patrones de normalidadanormalidad del sexo, pues las tecnologías hicieron desaparecer cuerp*s que, en palabras de esta autora, «en otro tiempo habían sido objeto de asombro y perplejidad, todo en nombre de la corrección de los errores de la naturaleza» (Fausto-Sterling, 2006, p. 55). En la 93 ACTAS DEL PRIMER CICLO DE SIMPOSIAS • Nuevas cuerpas para nuevas transformaciones década de los 80, la categoría entra al Manual diagnóstico y estadístico de los trastornos mentales (DSM, por sus siglas en inglés) de la Asociación Psiquiátrica Norteamericana (APA), es rebautizada como trastorno de identidad de género y, en la última versión del DSM V, pasa a llamarse disforia de género. 94 Si bien se ha destacado que el debate sobre lo trans* en las nosologías de los trastornos mentales está dominado por una paradoja (desde mi punto de vista, es extensible al diagnóstico mental en general) en que el diagnóstico y la psicopatologización es la garantía para asegurar el acceso a los recursos sanitarios y derechos de ciudadanía, lo cierto es que, en ese debate, poco se ha cuestionado la voluntad clasificadora del campo de la psiquiatría y psicología y sus consecuentes operaciones de rechazo y exclusión. Llama la atención que se ha extendido la distinción realizada por la misma psicología entre transgénero y transexual, cuya línea de demarcación estaría dada por el deseo de intervención quirúrgica, intervención que tendría la función de actuar como una práctica habilitadora para el reconocimiento social. Desde este punto de vista, la transexualidad sería la única categoría patológica que se define por un deseo de tratamiento, con el cual se codifica una de las infinitas formas de intervención corporal existentes en la cultura, cuestión anómala dentro del mismo pensamiento patológico que rompería con el principio de diferenciación entre nosografía (descripción de la enfermedad) y terapéutica (intervención sobre la enfermedades) al hacer equivalente «síntoma» y «tratamiento», situando la normalización de los cuerpos marcados como incoherentes y disfóricos como un síntoma clínico al cual solo la tecno-medicina puede aliviar y tutelar. Pero sin duda, el nudo más crítico es la definición de identidad que enlaza la estructura misma del diagnóstico, y que quedó plasmado en la ley chilena sobre identidad de género, esto es, “una vivencia interna e individual del género tal como cada persona la siente profundamente, la cual puede corresponder o no con el sexo asignado al momento de nacer” asumiendo, nuevamente, que el sujeto posee algo así como una interioridad y no que dicha interioridad es un efecto de las propias prácticas divisorias del dispositivo psicológico. A pesar de las diferencias que pueden aparecer en torno a la discusión sobre cuáles son los cuerpos que importan o no al Estado o, inclusive, qué es lo que mueve el deseo de Estado tras una demanda de reconocimiento jurídico, hay un consenso que, a mi juicio, es problemático para los movimientos feministas como los de disidencia sexual: la asunción de una política de la identidad que asume que las identidades representan dichas categorías diagnósticas. Pienso que la crítica a una política de la identidad no necesariamente pasa por la crítica a sus efectos universalizantes y excluyentes, pues esta podría llevar hacia conexiones parciales (Haraway, 1991) o esencialismos estratégicos (Spivak, 1987). Desde mi punto de vista, el problema de una política de la identidad es que de alguna u otra manera se sigue asumiendo una definición de identidad heredada de la psicología —una experiencia interior, profunda e individual— que se erige a partir de la presunción de una metafísica de la diferencia y, en este caso, una serie de diferencias binarias fundantes del sujeto ya sea entre materialidad y significados, entre interior y exterior o entre femenino y masculino, volviendo equivalente las identidades con sus expresiones normativas (Butler, 2014b). El pensamiento psicológico es ante todo una práctica de sentido y un dispositivo autorreferencial de producción de conceptos y símbolos que se representan a sí mismos, que realiza o performa cada uno de sus objetos, siendo poseedores de una utilidad y una función social. Esto, siguiendo a Shapin y Shaffer (2005), se hace a través de un conjunto de tecnologías políticas materiales (fármacos y hormonas), literarias (manuales de clasificación) y sociales (relación terapéutica), que establecen los propios marcos de actuación de la norma entre cuyos efectos está la demarcación entre lo normal y anormal. Así, para la psicología los problemas surgen cuando, en lo que se codifica como eje I36, no existe una coherencia entre el sexo natural y material y el género cultural y subjetivo. El problema aumenta cuando en el eje IV esa incoherencia deviene disforia, es decir va asociado a un «malestar clínicamente significativo o a un deterioro en lo social, laboral u otras áreas importantes del funcionamiento» (APA, 2014, p. 452-453). Lo importante es que esa vivencia interior generizada asume la forma en la creencia de una supuesta psicología femenina y otra masculina en algo así como una versión científica de «las mujeres son de Venus» y «los hombres son de Marte». Las preguntas que surgen acá son ¿cuál es la teoría del género que está operando en la incoherencia sexo/género? y ¿cuál es la función política que cumple el sufrimiento en la nosología del DSM? A partir del trabajo de Judith Butler y Teresa de Lauretis, el género es menos una substancia o una construcción cultural de la diferencia binaria anatómica que el resultado de una producción tecnológica normativa cuyo principio de inteligibilidad es la coherencia entre sexo, género y deseo. El concepto de tecnologías de género acuñado por de Laurentis, nos autoriza a pensar que esa incoherencia elaborada como síntoma no es una propiedad de l*s cuerp*s signados como disfóricos, sino el efecto normalizador del despliegue de una compleja tecnología política del sexo, dispositivos técnicos y biopsico-sociales y, a la vez, un modo de subjetivación que nos obliga a pensar en los modos contingentes en que esas tecnologías son asimiladas subjetivamente —en que el sufrimiento es una de esas formas— por cada individuo al que esa tecnología se dirige. Con el concepto de performatividad, Butler cuestiona esa direccionalidad que va del sexo al deseo y, retomando la teoría del dispositivo sexual de 36. El DSM evalúa a la persona en diferentes variables, y su diagnóstico consta de cinco ejes: Eje I: se codifican los trastornos clínicos y otras enfermedades que puedan ser objeto de atención clínica. Eje II: se codifican en este eje los trastornos de la personalidad, el retraso mental y los mecanismos de defensa. Eje III: en este eje se incluyen las enfermedades médicas y los problemas físicos cuando van acompañados de un trastorno mental. Eje IV: se codifican en este eje los problemas ambientales y psicosociales que contribuyen a un trastorno. Eje V: en este eje se incluye la opinión del clínico respecto del nivel de funcionamiento y actividad de la persona 95 ACTAS DEL PRIMER CICLO DE SIMPOSIAS • Nuevas cuerpas para nuevas transformaciones 96 Foucault, el sexo no sería el punto de partida o base para todo lo demás, sino efecto de la matriz reguladora del deseo. En un esfuerzo por desplazar los términos de esa relación Butler, en Cuerpos que importan (2014ª), se pregunta de qué manera la materialidad (es decir el sexo anatómico) ha llegado a ser un signo de irreductibilidad, es decir, y cito textual, «cómo llegó a entenderse la materialidad del sexo como aquello que solo responde a construcciones culturales y, por lo tanto, no puede ser una construcción» (p. 54) ¿Cuál es la jerarquía de esta exclusión? ¿Es la materialidad un sitio o una superficie que ha sido excluida del proceso de construcción? Una visión crítica sobre la identidad de género y sus gestos queer supone examinar los procesos a través del cual el cuerpo se materializa y se inscribe en una economía corporal de códigos binarios. Y acá la palabra materializar no es un mero elemento retórico, sino una manera de asumir los problemas teóricos y políticos de seguir defendiendo las fronteras entre un sexo material y un género construido en un contexto en que los desarrollos de las tecnologías corporales, así como las recientes teorizaciones sobre lo cultural —por ejemplo, la recuperación del trabajo de Roy Wagner (2019) por parte Eduardo Viveiros de Castro— rebaten la visión que sostiene la existencia de la naturaleza inmutable como base anterior de la cultura apuntando cada vez más hacia lo que Viveiros de Castro (2010) llama la multinaturalidad, o Haraway (1991) la naturacultura. En todos estos desarrollos lo que se pone en tela de juicio es una visión externa del poder que actuaría sobre l*s cuerp*s ya conformados, no considerando la fuerza que los constituye y los principios que lo vuelven inteligible. Esto no quiere decir que la materialidad sea un efecto mágico del discurso, sino más bien indicar que el poder se establece en y a través de sus efectos, pues estos efectos son las acciones disimuladas del poder. De esta manera, cuando hablamos de materialidad hablamos de la función de encubrimiento de las operaciones del poder que borran las huellas de su misma acción, entre ellas, las prácticas divisorias entre sexo/género, interior/exterior, femenino/masculino; lo cual sugiere que la distinción entre sexo y género no es una distinción fundante, que el sexo siempre ha sido género y que el sufrimiento, la disforia, es una práctica de citación de la norma con las cuales se produce la materialidad y la consistencia ontológica de la categoría «trans». Cabe aclarar que estas prácticas performativas nada tienen que ver con una interpretación liberal del sujeto en algo así como una acción voluntaria, estas hacen del sufrimiento un drama que, inclusive, se puede parodiar o citar —una performance y un performativo—, es decir, más que de una acción voluntaria se trata de una ficción que establece sus propias condiciones de veracidad y que realiza/actúa/ escenifica los efectos de verdad de la categoría nosológica. Estos análisis nos obligan a pensar que la identidad de género, por lo tanto, no es resultado de una psicología individual, interna o profunda sino que, por el contrario, es una narración que no es ni externa ni interna, ni individual ni social, pues es la propia narración la que produce dicha distinción y que, de acuerdo a Stuart Hall (2003), pasa necesariamente por la negatividad del ojo del otro. Esto marca el carácter abierto e incompleto (por lo tanto, fracasado) de toda identidad. Situarnos desde estas perspectivas es explorar otras posibilidades ontológicas que las definiciones psico-jurídicas impiden, y que permitan el acceso a un yo que ya no es ipseidad, que no tiene a la unidad como condición de la experiencia y que, por el contrario, es un yo abierto y constituido en y por la relación. Pienso que las luchas por el reconocimiento y el goce de los derechos políticos, sociales y económicos deben ir acompañadas y cruzadas por un cuestionamiento desde la raíz que ponga en cuestión no solo la distinción sexo/ género, materialidad/construcción, femenino/masculino, sino también la lógica jurídica, el derecho del Estado a regular nuestr*s cuerp*s, la reafirmación de la soberanía de la bio-medicina y los saberes psi en las tramas del cuerpo y la subjetividad, así como el deseo de Estado que se moviliza bajo el enfoque de derechos que ha gobernado el campo de la política a pesar de que sus condiciones de emergencia han desaparecido y, de alguna u otra manera, ha mostrado su fracaso. Esto implica no conformarse con incluir otros casilleros en los que se incorporarían l*s cuerp*s disfóricos —como si no todo cuerpo fuera disfórico— sin modificar, o por lo menos, mostrar la matriz de producción tecnológica del cuerpo trans* y la experiencia de sufrimiento —si es que la hay— de cuerp*s no inteligibles en las rejillas disciplinarias del régimen sexual contemporáneo. El discurso psico-médico, estrictamente programado por las taxonomías, por las farmacéuticas y la industria de prótesis (que hablan tanto en la ley como en algunos grupos activistas), sigue colocando los límites para resituar el debate acerca de qué manera estas definiciones del género que además de movilizar los dispositivos legales de regulación somática se plantean como exclusivos marcos de inteligibilidad del género que, sin lugar a dudas, constituyen parte central del accionar de la gestión tecno-política de l*s cuerp*s en la sociedad tecno-capitalista, bajo la forma de la multiculturalidad y la diversidad sexual. 97 ACTAS DEL PRIMER CICLO DE SIMPOSIAS • Nuevas cuerpas para nuevas transformaciones REFERENCIAS 98 APA- American Psychiatric Association (2014). Manual diagnóstico y estadístico de los trastornos mentales DSM-5. Editorial Médica Panamericana. Shapin, S. y Schaffer, S. (2005). El leviathan y la bomba de vacío. Hobbes, Boyle y la vida experimental. UNQ. Butler, J. (2014ª). Cuerpos que importan. Paidós. Spivak, G. (1987). In other Worlds: Essays in cultural politics. Methuen. Butler, J. (2014b). El Género en Disputa. El Feminismo y la Subversión de la Identidad. Paidós. Fausto-Sterling, A. (2006). Cuerpos sexuados. La política de género y la construcción de la sexualidad. Melusina. Hall, S. (2003). “Introducción ¿Quién necesita una identidad?”. En S. Hall y P. Du Gay (Ed.) Cuestiones de identidad cultural (pp. 13-39). Amorrortu. Haraway, D. (1991). Ciencia, cyborgs y mujeres. La reinvención de la naturaleza. Cátedra. De Lauretis, T. (1989). La tecnología del género. Traducido de Technologies of Gender. Essays on Theory, Film and Fiction (pp. 1-30). Macmillan Press. Preciado, P. (2005). Multitudes queer. Nota para una política de los «anormales». Nombres, 19, 157-166. Viveiros de Castro, E. (2009) Metafísicas caníbales. Líneas de Antropología Posestructural. Katz Wagner, R. (2019). La invención de la cultura. Nola Nuevas cuerpas, nuevas familias Claudia Iriarte Rivas M i presentación de esta tarde la desarrollaré desde una perspectiva jurídica. Desde el derecho abordaré algunos de los elementos que configuran el orden estatal los que, a mi juicio, a través de su rol en ese orden estatal, se constituyen como mecanismo o realidades de control sobre l*s cuerp*s. La modernidad gestada en la Ilustración y cuyo establecimiento se inicia entre fines del siglo XVIII y comienzo del XIX, en Occidente, significó entre otras cosas la configuración de un nuevo orden jurídico constitucional y un nuevo orden estatal. Órdenes que además de cumplir un rol evidente: determinar y estructurar un nuevo sistema jurídico, un nuevo modelo político y un nuevo modelo del Estado, modelan y determinan también l*s cuerp*s, las cuerpas de los sujetos. Con ello no quiero decir que con anterioridad al siglo XVIII el orden estatal no moldeara l*s cuerp*s. El tema es que en este proceso se determina un orden social, económico, estatal y político de la Modernidad que configura su propio modelo de control y modelamiento, el que está presente hasta hoy y mantiene de una u otra manera su mismo patrón de control social y control de l*s cuerp*s. A ese orden es al que voy a aludir en esta oportunidad y, en específico, al rol que en este modelo jugó y juega la familia; el modelo de familia de la Modernidad como mecanismo de control y de ordenación de l*s cuerp*s. Por eso es que he titulado este trabajo «Nuevas cuerpas, nuevas familias». Lo que plantearé es que si no analizamos y revisamos ese orden de las familias y su rol en el control social y de l*s cuerp*s, por mucho que se logren cambios normativos y/o se alcancen reconocimientos de derechos, no es posible avanzar de un modo importante hacia la superación de la discriminación y el logro de la igualdad sustancial de les sujetes, especialmente de las mujeres y disidencias sexuales. Para entender qué implicó el nuevo orden jurídico constitucional y el orden estatal, incluso para comprender 99 ACTAS DEL PRIMER CICLO DE SIMPOSIAS • Nuevas cuerpas para nuevas transformaciones 100 la noción de derechos, de derechos humanos, hay que retornar al origen de la Modernidad, pero más específicamente al origen del desarrollo y materialización del constitucionalismo. El nuevo orden constitucional que recepcionó la propuesta de la Ilustración, configuró y estableció un nuevo modelo de Estado, de sociedad política y de sistema político, el cual estructura hasta hoy el constitucionalismo, y su modelo de Estado ha determinado el desarrollo del derecho (esas leyes que han significado un avance en el marco de recepción de los derechos humanos). Especial importancia tuvo en el proceso de configuración del nuevo orden social y político, la teoría pactista —planteada por la filosofía iusracionalista—, de la cual el constitucionalismo recepcionó de modo importante el planteamiento respecto de la constitución de la sociedad política originada en el pacto social que los sujetos libres e iguales (ciudadanos) establecen; para lo que se configura un modelo de norma jurídica racional —la constitución— que estructura y ordena el poder político de un modo unitario, sistemático y no contradictorio. Esta norma comprende, por una parte, el reconocimiento de los derechos de los ciudadanos que están, a su vez, concebidos como fines y límites del Estado y, por otra, norma los principios que organizan los poderes que se constituyen por el pueblo soberano, estructurando de esta forma al Estado. El nuevo orden estatal permite la superación del Estado del Antiguo Régimen que es un Estado patriarcal y patrimonialista, que se estructura a partir del orden de la familia. Me explayaré un momento en la descripción de este modelo de Estado, ya que el orden de las familias sobre el cual se determinó esta estructura política en el Antiguo Régimen tiene importancia en la configuración del orden social sexual de la Modernidad y en el modelo de dominación y control de l*s cuerp*s sexuados. El modelo aristotélico describe el origen del Estado a través de un proceso evolutivo gradual, que va desde un núcleo pequeño y original, la familia, a uno mayor, el Estado. Esto es el resultado de la unión o vinculación de los núcleos inferiores que van conformando núcleos intermedios. Este modelo explicativo tiene su base en una reconstrucción histórica, aunque sea una historia mítica o imaginaria según la cual, partiendo desde un núcleo inicial simple, la organización va paulatinamente complejizándose en un proceso que podríamos denominar evolutivo hasta conformar finalmente una sociedad última y perfecta: el Estado. En este modelo la familia es el verdadero origen del Estado y constituye parte fundamental del mismo. Así, en el modelo aristotélico — la familia—, es decir, un núcleo asociativo básico conformado a partir de relaciones de parentesco es la médula de todas las formas sociales sucesivas. La familia como punto inicial comprende tanto la sociedad doméstica, las relaciones derivadas de la vida del hogar, como la sociedad patronal, relaciones derivadas de las actividades económicas de producción para el abastecimiento de la familia. Las relaciones en el núcleo familiar son jerárquicas y desiguales: relación entre pater (marido) y su mujer, pater (padre) e hijos y entre amo (pater) y siervos. Volviendo ahora a la configuración del orden político y social de modernidad, como se ha señalado con anterioridad, el proceso de superación del Antiguo Régimen comportó una nueva propuesta de Estado, que implicó la separación entre política y economía y entre política y familia, conformando a partir de ello un orden social (que expresa esta separación) que se estructura en dos esferas: la esfera pública donde se expresa lo político y la esfera privada donde se expresan las relaciones privadas de los sujetos. Veremos qué implica cada una de estas esferas respecto del orden ciudadano y de l*s sujet*s* La esfera pública es el espacio de lo político, del Estado y de los derechos. Sobre su base se estructura el orden estatal (liberal) cuya finalidad es la garantía de los derechos. Es la esfera pública, la esfera de los derechos fundamentales (derechos humanos) y del sistema de garantía de los derechos. Asimismo, se configura la relación entre ciudadanos y Estado en materia de derechos fundamentales. Es también la esfera de la ciudadanía, es allí donde esta se ejerce y donde los ciudadanos participan, esto es, l*s sujet*s políticos. L*s sujet*s que no fueron estimados sujetos de razón ni libres (soberanos de su persona) no se consideran sujet*s polític*s, por lo que quedan excluidos de la ciudadanía y de la esfera pública. La esfera privada es la esfera de las relaciones privadas de los sujetos. Por lo mismo es la esfera de la economía, del mercado y de las actividades económicas productivas. Es el lugar de la autonomía y de los sujetos económicos propios del capitalismo (fuerza de trabajo y dueños del capital). Como señala Luigi Ferrajoli es la esfera «de los intereses particulares […] de cada individuo, comenzando por aquellos intereses singulares que son los derechos patrimoniales».37 Es también la esfera de las relaciones familiares, de lo doméstico, de la economía del cuidado, del trabajo reproductivo. 37. FERRAJOLI, Luigi. Principia iuris. Teoría del derecho y la democracia. 1. Teoría del derecho. Editorial Trotta, Madrid, 2011, p. 758. 101 ACTAS DEL PRIMER CICLO DE SIMPOSIAS • Nuevas cuerpas para nuevas transformaciones 102 En el modelo de conformación del orden social de la Modernidad, las mujeres quedaron marginadas de la esfera pública, fueron excluidas de la ciudadanía. En otras palabras, no fueron parte del pacto que dio origen a la constitución del nuevo orden social, no fueron consideradas como sujetos libres e iguales. Las mujeres, por lo mismo, al quedar excluidas del nuevo orden social como ciudadanas, fueron integradas al nuevo orden social a través de la familia, a la esfera privada donde, como se verá más adelante, se desarrollan las relaciones privadas de índole familiar de los sujetos. En los siglos XVI y XVII se produce un cambio transcendental de la familia al reestructurarse el modelo de producción económica de ella en el proceso de configuración del capitalismo, produciéndose la separación entre el trabajo productivo de mercancías, el que saldrá además del ámbito familiar y el trabajo reproductivo. La producción de mercancías requirió la constitución de un nuevo actor; el trabajador asalariado, que será masculino. El trabajo reproductivo quedó en la familia, no tuvo una condición de trabajo con valor económico y fue asumido exclusivamente por las mujeres. El trabajo reproductivo se configuró como el que permite la reproducción de la fuerza de trabajo tanto biológicamente como en el desarrollo cotidiano del sujeto trabajador. Pero además, según vimos líneas arriba, la superación del modelo estatal pre moderno implicó la separación entre política y familia, lo que significó para esta última la pérdida de su rol político. La familia ya sin función política queda excluida de la esfera pública, siendo vinculada entonces a la esfera privada. Sin embargo, como la esfera privada es la esfera de las relaciones económicas y de la autonomía (autonomía de la voluntad y libre circulación de la riqueza), la familia, una vez desprovista de la función económica, no pertenece tampoco propiamente a la esfera privada. Si bien las relaciones entre l*s sujet*s que la integran —jefe de familia (pater), cónyuge, hij*s menores y sirvientes —son relaciones entre privados, no entre ciudadanos y en ese sentido la familia forma parte de la esfera privada, estas relaciones no corresponden en plenitud a la esfera privada, en tanto no son relaciones del mercado, ni de autonomía; muy por el contrario, la familia es una entidad jerarquizada en que sus integrantes, a excepción del jefe de la familia, no tienen autonomía e incluso muchos de ellos tienen capacidad jurídica limitada. Así como la separación entre lo público y lo privado, lo político y lo económico, fue fundamental en la configuración del orden socialeconómico de la Modernidad, también la separación entre lo económico y lo doméstico dentro de la esfera privada, que implicó la constitución de un espacio de la producción y otro de la reproducción y del cuidado, fue un componente esencial en el desarrollo de este orden social-económico. Los sujetos quedan asignados a una u otra esfera, adquiriendo por esa vía un determinado rol social que también los determina jurídicamente. Desde el orden sexual, los hombres con bienes y mayores de edad pueden tener siempre la condición de ciudadanos, capaces y jefes de familia; las mujeres, en cambio, no son nunca ciudadanas, ni tienen capacidad o autonomía para actuar en el mercado. Su rol social (y por lo mismo jurídico) está circunscrito a la esfera privada-doméstica bajo la subordinación del pater familae ya sea de derecho; las legalmente casadas en cuyo caso ese rol es asumido por el cónyuge, o de hecho, las no casadas, que se subordinan a alguna figura masculina de su ámbito familiar doméstico. A partir de la Modernidad y su orden social —ciudadanía (esfera pública), economía (producción) masculina y esfera privada (doméstica femenina)— se construyeron los cuerpos sexuados* con funciones y posiciones sociales diferentes, una heterosexualidad normativa funcional al régimen político económico de la Modernidad, según la cual las mujeres son situadas en la esfera domésticaprivada. De ese modo se produce un proceso de control de la sexualidad y la capacidad procreativa de las mujeres y se les determina a cumplir allí un rol que asegure la reproducción biológica y cotidiana de los sujetos y a su vez el orden social en su conjunto. Se crea un modelo binario para efectos del orden social de los roles sexuales: los hombres en las tareas de la producción y las mujeres en las de la reproducción. La división sexual del trabajo significó que los hombres constituyen la fuerza de trabajo y las mujeres reproducen la fuerza de trabajo. El orden (económico) de la Modernidad necesita asegurar la mantención del orden social sexual ya que ahí está una de las bases sobre la cual se edifica una parte fundamental de la Modernidad; la reproducción y el desarrollo de la fuerza de trabajo. Por ello, crea mecanismos de control de los cuerpos sexuados* que se plasman y desarrollan en el orden de la familia que, como vimos en la conformación del nuevo orden social, continúa siendo una institución jerarquizada fundamentalmente a través de las potestades (jurídicas y de facto) que otorga al pater familiae respecto de los sujetos: mujer (cónyuge), hijos/as y trabajadores domésticos. El control y potestad se ejerce sobre les sujetes y sus cuerp*s, para controlar su sexo, su sexualidad y su trabajo reproductivo, para asegurar la continuidad del orden social sexual de la modernidad y sus formas de reproducción. De esta forma lo disruptivo, las disidencias sexuales, implican un cuestionamiento o desafío al modelo estructurado, por lo que deben ser restringidas, limitadas, controladas, no permitidas e incluso sancionadas. Por lo anterior, la noción de disidencias sexuales es tan interesante desde esta perspectiva, ya que esta formulación es mucho más precisa que personas LGBTIQ+, porque hablar de disidencias sexuales permite poner acento en el cuestionamiento que la expresión de la diversidad de las opciones sexo afectivas y de las personas trans implican respecto del orden social sexual establecido. El Derecho, en tanto mecanismo normativo que expresa, regula y por esa vía consolida el orden social existente, hace lo propio con el orden social sexual, por lo mismo estableció un orden normativo que consolida el orden de la Modernidad en materia 103 ACTAS DEL PRIMER CICLO DE SIMPOSIAS • Nuevas cuerpas para nuevas transformaciones sexual y económica. La regulación de la esfera de las relaciones económicas de producción y la esfera de las relaciones familiares se produjo fundamentalmente a través de la legislación de derecho privado contenida en el Código Civil. 104 En esta legislación es posible distinguir dos tipos de normas. Por una parte, las relativas a los bienes, que se estructuran conforme a los principios propios de la codificación civil racionalista y de la esfera del mercado; se trata aquí de los derechos patrimoniales y de autonomía: autonomía de la voluntad y libre circulación de la riqueza. Por otra parte, están las relativas a las relaciones familiares que serán estructuradas como un corpus normativo paralelo (que podríamos decir es propio de la esfera privadadoméstica) que regula y estructura el orden familiar estableciendo derechos y deberes entre sus miembros. Este orden jurídico, como se ha señalado, establece y regula a la familia como una institución jerárquica a cuya cabeza se encuentra el pater o patriarca quien detenta diversas potestades sobre los demás integrantes de la familia. Hemos dicho que la familia opera como un mecanismo central en la mantención del orden socialsexual por lo que es necesario detenernos, aunque sea brevemente, en la regulación de la familia. Dicha regulación se desarrolló en el proceso de codificación racionalista como parte de la configuración jurídica de la modernidad en el siglo XIX y que continúa vigente, fundamentalmente en los principios que la articulan, a pesar de las diversas reformas que ha sufrido. sustentada fundamentalmente en el derecho canónico, es recogida en la nueva legislación del Código Civil o bien mantiene vigencia a través de las atribuciones y potestad que la Iglesia Católica mantiene respecto de la condición civil de las personas. La regulación de la familia no recepcionó los principios y derechos del racionalismo de igualdad y libertad, ni los principios del liberalismo político y democrático a diferencia del orden del constitucionalismo y del derecho privado en materia de bienes. Lo anterior significó que no se creó un nuevo orden jurídico ni se reconfiguraron antiguos órdenes normativos a la luz de los señalados derechos y principios. En un proceso de continuidad, la normativa de familia vigente en el Antiguo Régimen, Se debe precisar que esta normativa a la que hacemos referencia tiene esta realidad de continuidad en las diversas circunstancias que comprende el derecho de familia, salvo en lo relativo a bienes y patrimonio familiar. Efectivamente, en materia de bienes y propiedad, en lo fundamental, sí se reestructuró la normativa de familia, estableciéndose a partir de los planteamientos racionalistas y liberales: autonomía de la voluntad y libre circulación de la riqueza. Quiero marcar esta diferencia ya que, a mi juicio, en esta normativa se expresan dos órdenes normativos que tienen funciones de regulación y ordenación diversa, uno es la mantención del orden social sexual que apela a un orden jurídico premoderno y, el otro es la garantía de los derechos liberales de propiedad, libertad e igualdad (entre los jefes de familia) que sustenta un orden jurídico de la Modernidad. La familia que se regula consagra y protege por el ordenamiento jurídico y que se convierte en el mecanismo por antonomasia de mantención y de control del orden social sexual es la familia legítima: la que se estructura a partir del matrimonio de un hombre y una mujer y su descendencia si la hubiere. La legislación del Código Civil es profusa en la regulación de esta configuración de la familia, estableciendo allí un modelo de jerarquías y control de l*s sujet*s, sus cuerp*s, su sexualidad, su reproducción. Basta recordar una norma que recién se derogó, este año 2020, una norma vigente en el Código Civil desde su promulgación en 1855, que establecía que la mujer no podía contraer segundas nupcias sino hasta 270 días luego de la disolución de su primer matrimonio. Sin embargo, en la legislación en que se expresa prístinamente lo que se está planteando, es en el derecho penal. Sin duda, el derecho penal es la última ratio del sistema jurídico, es el derecho que penaliza la disidencia y entonces tenemos, en la penalización de la sodomía consentida entre varones, la patologización de las conductas, que viene de estas construcciones. O bien cuando se analizan, por ejemplo, los delitos sexuales, el tipo penal de estos se configura sobre la idea del sujeto masculino, agresor sexual y no desde las víctimas, y por eso es por lo que, por ejemplo, en la normativa original del Código Penal, los hombres no son víctimas de agresión sexual porque se está partiendo de un concepto, de una construcción de lo que es el sujeto agresor, que es el hombre que agrede a mujeres en esta construcción de este orden social sexual. En esta materia quisiera detenerme un momento en el bien jurídico protegido que establecía (hasta el año 2004) el Código Penal respecto de los delitos sexuales y el delito de aborto. No es como podrán pensar que el bien jurídico protegido es la integridad o la libertad sexuales o el derecho a la vida en el caso de aborto, sino que «Crímenes y delitos contra el orden de las familias y la moralidad pública» (esta noción se mantuvo igual desde la dictación del Código Penal en 1874 hasta su reforma en 2004), modificado por «Crímenes y delitos contra el orden de las familias, contra la moralidad pública y contra la integridad sexual». Ahora bien, ¿cuál es el orden de las familias que se protege? La respuesta es el de la familia legítima que se forma a partir del matrimonio de un hombre y una mujer regulada conforme a las normas del Código Civil a las que ya hicimos referencia. Es por ello por lo que se configuraba la eximente de responsabilidad penal en caso del delito de violación si la «ofendida» se casaba con el «ofensor». O bien el denominado «aborto honoris causa», que determinaba una rebaja en la pena si la razón para cometer aborto era «ocultar la deshonra». En este 105 ACTAS DEL PRIMER CICLO DE SIMPOSIAS • Nuevas cuerpas para nuevas transformaciones 106 punto se expresa con claridad lo que se ha venido señalando, no solo se sistematizan conjuntamente bajo el mismo bien jurídico protegido «el orden de las familias y la moralidad pública», los delitos de aborto, los delitos sexuales (que incluía la penalización de la «sodomía consentida ente varones» y que hoy penaliza «el acceso carnal con un menor de 18 años del mismo sexo» (ambos tipos penales, artículo 365 del Código Penal), el incesto, los delitos contra el estado civil de las personas y la celebración de matrimonios ilegales. Sino que además, establece que ese orden familiar implica un paradigma de conducta sexual, las que determinan moralmente a los cuerpos sexuados a través del reforzamiento de la prohibición penal de la conducta. Dijimos un momento atrás, que la normativa que regula la familia, establecida en los códigos racionalistas, especialmente el Código Civil, fue recogida de la legislación pre moderna sin un proceso de adecuación ni recepción de los principios y derechos planteados por la Ilustración, ni los principios del liberalismo político y democrático. Uno de los elementos que define la codificación racionalista es el planteamiento sobre sistematicidad material del ordenamiento jurídico de modo que este se configure como un todo armónico y coherente con los derechos y garantías reconocidas en la Constitución. En este sentido, la elaboración de la codificación racionalista y legislación posterior derivada y complementaria a los códigos, se configuró, se estructuró y se desarrolló conforme a la noción de sistematicidad del ordenamiento jurídico. Sin embargo, en materia de la normativa de familia ello no fue así, ya que se recogió la legislación vigente en el derecho premoderno, sin someterla al proceso de reconfiguración para darle sistematicidad con los principios y derechos que estructuran el derecho de la Modernidad. Esto implicó, entre otras cosas, que la familia mantuvo su carácter jerárquico, configurada sobre un modelo de una jefatura que ejerce potestad y control sobre los demás integrantes del núcleo familiar y doméstico. Planteo que esta asistematicidad no es al azar, ni es producto de un error al trasladar la legislación vigente al momento de elaboración del nuevo orden normativo de la Modernidad, sino que la institución de la familia y tal como estaba institucionalizada en el Antiguo Régimen (configurada fundamentalmente por el derecho canónico y el derecho romano), tenía las características precisas como mecanismo de control para la mantención y aseguramiento del orden social sexual, el cual es fundamental en tanto es base constitutiva del nuevo orden social de la Modernidad. La familia se constituyó como mecanismo de control y de moldeamiento social, lo que se expresa incluso en el proceso de transformación del orden constitucional que se desarrolló en el siglo XX, el constitucionalismo del Estado social. Esta nueva propuesta planteó nuevos derechos, nuevos fines para el Estado, nuevos principios que reestructuran el orden social-jurídico, pero no tuvo una nueva propuesta respecto del orden jurídico e institucional de la familia, es más, reforzó la división sexual del trabajo respecto de hombres y mujeres. La mujer (como sujeto) no subjetiviza al sujeto trabajador, es más, son consideradas parte del núcleo familiar, núcleo que vive de un salario que aporta el trabajador hombre (el Estado de bienestar desarrolla la noción de salario familiar como un estándar para fijar un piso del salario justo/ mínimo del trabajador). Se refuerza así la división sexual del trabajo, hombres (obreros) que venden su fuerza de trabajo en la esfera del mercado, donde se producen los bienes productivos, y las mujeres en su hogar, asumiendo las tareas propias del trabajo reproductivo (denominadas hoy economía del cuidado). Incluso este modelo se vio reforzado, con el desarrollo en el siglo XIX, de la noción sujeto «dueña de casa». Producto de las mayores movilizaciones de los trabajadores, del aumento de los salarios, de la mayor tecnificación de los procesos productivos y de la mayor profesionalización de los obreros, se encareció el valor del trabajo. Lo anterior significó que se incentivó la salida de la mujer del mercado de trabajo de modo de focalizar el trabajo de las mujeres en la reproducción de la fuerza de trabajo (marido/pareja e hij*s) produciendo trabajadores más sanos, más longevos y menos críticos al orden establecido. A modo de síntesis y conclusiones, la familia, en su expresión del modelo/institución de la familia legítima patriacalizada es uno de los mecanismos fundamentales que estructuran el modelo de control y mantención del orden social sexual de la Modernidad. Por lo mismo, el ordenamiento jurídico la regula e institucionaliza como un espacio jerarquizado, con una jefatura a la que se le otorga potestades para el ejercicio de esta y como expresión de las relaciones de poder al interior de la misma. La normativa que regula a la familia se configura como un modelo que incluso opera como mecanismo de control respecto de realidades familiares que no se han conformado a partir de la normativa que la regula en el Código Civil, esto es, que no se originan o constituyen a partir del matrimonio. 107 ACTAS DEL PRIMER CICLO DE SIMPOSIAS • Nuevas cuerpas para nuevas transformaciones 108 Su bien es cierto que se han hecho cambios profundos en la legislación referida a la familia, esos cambios no han modificado los principios del orden social sexual que se reproducen en la familia y que reproduce el derecho de familia. Lo anterior significa que por mucho que haya una nueva legislación, mientras no se aborden los mecanismos de control del Estado (del orden social), como es la familia en su estructura primigenia, los cambios van a ser más bien formales, no superando los mecanismos de determinación y control de los sujetos sexuados. Hay que volver a los orígenes, a los principios que estructuran el orden jurídico y sus instituciones. Por esto, el debate constitucional actual respecto del sistema de derechos y de las garantías es fundamental. Sin embargo, no basta con cambiar o adicionar nuevos derechos. Hay que revisar y modificar los principios que estructuran el ordenamiento jurídico constitucional y sus instituciones y, en particular, la de familia, su configuración y constitución normativa. Y a partir de allí, desarrollar un nuevo sistema de derechos que implique reconceptualizar los ya consagrados, recepcionar nuevos derechos y modificar sustancialmente el sistema de garantías. Lo fundamental, sin embargo, es que esos principios y sistema de derechos se configuren desde l*s sujet*s, desde la diversidad y el derecho a la identidad. Cuerpos que (no) importan: acerca de las identidades trans y de la diversidad corporal Constanza Valdés* P ara empezar, una de las primeras cosas que me gusta señalar tiene que ver con la representatividad trans en la elaboración de los discursos. Yo creo que, en general históricamente y de forma lamentable, esto tiene que ver con la discriminación, con la exclusión. Los discursos respecto de la realidad de las personas trans*, respecto de la construcción del relato del derecho de las personas trans* en general han estado, de alguna forma, exclusivamente ligados a la academia y principalmente hechos por hombres que han elaborado teorías respecto a las personas trans*. Hoy en día hemos podido ver cómo ese discurso, si bien todavía sigue presente, ha ido en retirada por la temática de que cada día, con la posibilidad y también con el cambio que ha habido por el reconocimiento de derechos y leyes al respecto, hay más personas trans que participan en la toma de decisiones, elaboración y producción del conocimiento. Lo cual no solamente es importante por el tema de la representatividad, sino también por la máxima que muchas veces repetimos dentro del activismo: «lo personal es completamente político». Entonces, en ese sentido, las personas trans* hemos pasado de este personaje, sujeto de estudio «propiamente tal», a una persona que también participa en la producción de conocimiento. Yo creo que es súper importante mencionarlo ya que son muy pocas las personas trans* las cuales, en algunos estudios que podrían ser catalogados como mucho más complejos, efectivamente participan. Eso como primer tema, una forma de introducción que es sumamente importante cuando hablamos de estas temáticas. Y lo segundo, ya entrando en el asunto. Principalmente, ¿por qué le coloqué este título «cuerpos que (no) importan»? La verdad es que justamente para hacer un juego de palabras del libro de Judith Butler, pero también sobre todo pensando una de las cosas que curiosamente sucede mucho, lamentablemente, en la población trans*, sobre todo en política pública y en legislación: es 109 ACTAS DEL PRIMER CICLO DE SIMPOSIAS • Nuevas cuerpas para nuevas transformaciones 110 importante aterrizarlo a ese ámbito ya que, en general, se le da validez y existencia a algun*s tipos de cuerp*s trans* y no a otr*s. ¿A qué me refiero? A que solamente se valida una identidad trans* en la medida de que esta identidad vaya vinculada a la existencia de un cuerpo trans* que cumpla ciertas condiciones necesarias para ser catalogado, bajo estos mismos criterios, de existencia y validez propiamente tal. ¿Cuáles son estos criterios? Por supuesto que estos han ido variando, son muy variables en razón de una cierta sociedad determinada, en un contexto histórico determinado. Sería difícil considerar hoy que el criterio de validez de una identidad trans de hace 50 años sea igual al que tenemos actualmente, y sobre todo considerando el activismo que se ha realizado dentro de la comunidad trans*. Y esto es muy importante tenerlo en consideración porque no solamente la existencia y la validez del reconocimiento de la identidad y de las corporalidades trans* va ligada a un aspecto muy filosófico, político y comunicacional, sino que también en lo que respecta al reconocimiento de derechos, y en torno también a este concepto que se utiliza mucho que tiene que ver con la inclusión. ¿A qué se refiere esto? Que hoy en día en nuestra sociedad, si analizamos el concepto de inclusión o analizamos el concepto de inclusión en los medios de comunicación, vemos que cuando se habla de inclusión de personas trans*, cuando dicen que se está avanzando, curiosamente podemos constatar que estas temáticas, en general, cuando se conversan y dialogan, tiene que ver con la existencia de ciertas corporalidades trans*. ¿Qué quiero decir con «ciertas corporalidades trans»? Principalmente, en el Chile de ahora, por supuesto si es un hombre trans efectivamente los estándares de la expresión de género sean lo más parecido posible o sean exactamente iguales a lo que se esperaría, de acuerdo a los roles de género, de un hombre cisgénero. En contraparte, lo mismo de una mujer trans en relación a los roles de género de una mujer cisgénero. En palabras mucho más sencillas, que una mujer trans sea lo más femenina posible y que un hombre trans sea lo más masculino posible y, en torno a estos mismos estándares binarios, también hay una crítica subyacente que existe en torno a estos discursos, que la identidad, la validez y la existencia de l*s cuerp*s trans*, también de su propia identidad tiene que ver con alguna invisibilización de cualquier rasgo o resabio que pudiera alterar alguna forma del binario. ¿A qué se refiere esto? Que hay mucha crítica a, por ejemplo, los cuerpos de mujeres trans que pudieran tener algún rasgo asociado tradicionalmente como masculino, y lo mismo en el caso de hombres trans, rasgos asociados tradicionalmente a lo femenino. Esto es muy importante de tener en consideración porque no solamente tiene que ver con aspectos de discriminación, sino también con un aspecto legal y un aspecto comunicacional de cómo se ha ido presentando eso. De hecho, con ejemplos concretos, vemos particularmente cómo en los medios de comunicación, tradicionalmente en las películas y en las series de televisión, no existe gran nivel de representatividad de personas trans en papeles de personas trans*, y esto lo podemos ver en un documental que es estadounidense, es Disclosure y está en Netflix (lo pueden encontrar también en Google). Este es un documental que nos muestra cómo se ha afectado la representatividad, por ejemplo, en relación a esto. Pero más allá de eso, una de las cosas que sucede mucho en la representatividad es que l*s cuerp*s trans*, las identidades trans están efectivamente dentro de este mismo binario, o se pasan al otro extremo, que tiene que ver con la caricaturización. De hecho, se habla mucho en torno a esto, de la noción equivocada, de los «cuerpos equivocados», también en relación a la disforia de género, reduciendo la identidad, la expresión y la vivencia de las personas trans exclusivamente a una forma de ser trans* considerada como válida. Esto ha tenido un impacto muy fuerte en el discurso público y en la forma en que se ha legislado en Chile. Por eso es tan importante hacer este análisis de l*s cuerp*s que «no importarían» propiamente tal, de acuerdo a distintos sectores. Y esto lo podemos encontrar si vemos la historia de la ley, la tramitación del proyecto de ley de identidad de género que tuvo una tramitación de más de cinco años y medio. Durante la tramitación de esta ley en el Congreso, particularmente en el Senado donde pasó grandes aspectos de la discusión, mucho se discutió respecto a cuáles debían ser los requisitos para que una persona trans* pudiera acceder al cambio de nombre de sexo registral, es decir, la rectificación de documentos, la actualización de su cédula de identidad, etc. Gran parte de la discusión se centró en que las personas efectivamente tenían que cumplir con ciertos estándares; esto fue una propuesta que salió de sectores más conservadores (Renovación Nacional y Unión Demócrata Independiente, particularmente, a través de la Senadora Jacqueline Van Rysselberghe). Gran parte de la discusión, además de la patologización de la identidad de las personas trans*, tenía que ver con el hecho de que decían: «bueno, si no le solicitamos nada a una persona trans para acceder a cambio de nombre de sexo registral ¿entonces, cómo vamos a saber cuándo una persona es trans?». Y bajo la misma lógica efectivamente en su consideración solo existía un cuerpo trans válido, que es aquel cuerpo o identidad trans* que se somete a operación quirúrgica, se somete a un tratamiento hormonal, y en la medida que cumple los roles de género esperados de acuerdo a este binario de género y este sistema que tenemos actualmente. Eso impactó durante toda la tramitación del proyecto de ley; durante los cuatro años y medio que estuvo en el Senado gran parte de su discusión estuvo centrada en eso y en la inclusión de niños, niñas y adolescentes. Luego que pasó por la Cámara de Diputados siguió el debate, pero hubo un cambio al respecto que no tiene que ver con una noción de que los parlamentarios se convirtieran en buenas personas. No, la verdad es que si analizamos la historia de la ley, notamos que tiene que ver con un cambio de visibilidad que hubo respecto a la población trans*. Al analizar los discursos y a su vez la visibilidad, durante el 2017 y el 2018 hubo una visibilidad de personas trans que fue inédita en nuestra sociedad, y eso ayudó mucho a considerar en el espectro otra 111 ACTAS DEL PRIMER CICLO DE SIMPOSIAS • Nuevas cuerpas para nuevas transformaciones 112 diversidad de cuerpos e identidades que existen dentro de lo considerado trans*. Sin perjuicio de que, de forma lamentable, el concepto de identidad de género está muy ligado a ser hombre o mujer no reconociendo otras identidades no binarias. Un ejemplo concreto de lo que podríamos ver respecto de lo que sucedió mucho durante la aplicación de la ley de cambio de nombre y apellido, es que antes de la vigencia de Ley de Identidad de Género, todas las personas que queríamos hacer el cambio de nombre de sexo registral, y de hecho yo utilice esta ley, nos sometíamos a un procedimiento voluntario, no contencioso, para el cual debíamos solicitar a un juez civil que accediera a un cambio de nombre y, además, el cambio de sexo registral en virtud de que el nombre era equívoco respecto de sexo. Durante mucho tiempo lo que hicieron los jueces para intentar subsanar esta incoherencia interpretativa fue básicamente someter a las personas al Servicio Médico Legal a exámenes físicos, sexológicos y psicológicos, para verificar, y en razón de esta misma línea, que si una persona exigía el cambio de sexo registral entonces debía tener cierta corporalidad. Si es un hombre trans entonces debía tener alguna suerte de faloplastia o derechamente debía tener una histerectomía y quedar imposibilitada de tener hijos. En el caso de mujeres trans, que además hubieran accedido a un tratamiento de cambio hormonal y que derechamente tuvieran una vaginoplastía o el físico esperable a los estándares relacionados a una mujer cisgénero o a una mujer propiamente tal como concepto. Este concepto de la validez de cuerp*s trans* del que podríamos decir «bueno, es un debate político», la verdad es que ya pasó, quedó en la historia de la ley, quedamos ahí. Pero la verdad es que trasciende algo mucho más complejo que quedó no solamente en la historia de la ley, sino también en una sentencia del máximo tribunal de interpretación constitucional de nuestro país que es el famoso Tribunal Constitucional. Y esto a propósito de que el Tribunal Constitucional, al reconocer la constitucionalidad de esta ley, señaló en un voto minoritario (particularmente los ministros Vásquez, Letelier y Aróstica) que el artículo quinto del proyecto de ley, que en estos momentos es el artículo que establece las posibilidades de acceder al cambio de nombre y sexo registral sin ningún tipo de requisito, señaló que era inconstitucional porque establecía una suerte de «ideología de género» al no exigir ningún requisito de tratamiento hormonal, de intervención quirúrgica o de algo físico para reconocer la identidad de género de la persona. Y eso es bastante preocupante, sobre todo si lo analizamos, porque derechamente en una sentencia se intentó validar solamente la existencia de la identidad de ciertas personas trans* en base al cumplimiento de ciertos requisitos. Estamos en frente de una tesis en la cual derechamente se establece que ciertos cuerpos trans no deben existir o no pueden existir según nuestro ordenamiento jurídico y, por ende, también en la sociedad en general y por lo mismo sucede desencadena también ataques, discriminaciones y crímenes de odio hacia las personas trans*. Y si nos vamos a ejemplos mucho más concretos, aparte de la tramitación de esta ley y la sentencia del Tribunal Constitucional, lo podemos ver en la vía clínica de transición de las personas trans* —que tiene un nombre bastante patologizante desde el punto de vista del Ministerio de salud— que está vigente desde el 2010. Y en esta vía clínica se establece que todas las personas, para acceder a un tratamiento hormonal o acceder a una intervención quirúrgica, deben además tener certificados psicológicos y psiquiátricos que acrediten que son una persona trans*. Entonces, en base a lo anterior, de nuevo se sigue un modelo bastante patologizante, en que una persona transita exclusivamente en la medida de que cumple con ciertos parámetros; de esta forma se ve una visión patologizante y restringida respecto a los cuerpos y la diversidad corporal. Lamentablemente, el Ministerio de Salud y las políticas públicas no se han hecho cargo de esta situación y, a pesar de que la ley de identidad de género dentro de uno de sus principios habla de la no patologización, derechamente esta vía clínica todavía sigue estando vigente. En la misma línea, muy vinculado al área de la salud, actualmente no hay políticas públicas, no se ha generado tampoco en el Ministerio de Salud respecto a los tratamientos, a las prestaciones de salud que realizan personas trans* los cuales podrían ser asociadas a cierto género y a cierto sexo.38 Pensemos en el caso de hombres trans que van al ginecólogo, mujeres trans que van al urólogo y, en la medida de que efectivamente bajo la mirada de una ley de identidad de género, incluso antes de cuando muchas personas ya habían accedido al cambio de nombre y sexo registral, no hay ninguna garantía de que se vaya a respetar y garantizar la realización de estas prestaciones de salud a cuerp*s que efectivamente son diversos en base a lo que se establece por sexo registral masculino y sexo registral femenino. ¿A qué me quiero referir? Y quiero parar un poco allí; no es que tampoco se requiera que efectivamente vaya a haber una diferenciación, pero sí es muy importante detallar que cuando una persona trans realiza su transición, su cambio de nombre y sexo registral y no realiza ningún tipo de operación, efectivamente, tiene el derecho a seguir accediendo a las mismas prestaciones sin discriminación, al igual que como lo haría una persona que pudiera someterse a los tratamientos quirúrgicos de manera voluntaria. Y con esto se ve que el sistema de salud no se hace cargo 38. Nota de les editores: Si bien es cierto que desde el 2010 existen instrumentos del MINSAL sobre atención y registro de personas trans en la red asistencial que definen estándares, criterios de elegibilidad y prescripciones (Vía Clínica, 2010; Circular N° 34, 2011, Circular N° 21, 2012; Circular N°18 sobre intersexualudad, 2015; Orientaciones técnicas para actualización de la Circular N° 21), la autora refiere aquí a que las políticas públicas adoptadas poseen una matriz patologizante que, pese al principio de despatologización consagrado en la LIG (2019), no ha sido modificada en las normativas. 113 ACTAS DEL PRIMER CICLO DE SIMPOSIAS • Nuevas cuerpas para nuevas transformaciones de la visibilidad de corporalidades distintas en las cuales hubo un cambio registral y esas problemáticas siguen estando allí vigentes, por lo cual es muy importante promover políticas en torno a la no discriminación también. 114 Ya para ir finalizando, esto lo podemos ver también en el ámbito de la filiación. A propósito de lo que se hablaba anteriormente de la familia, porque actualmente no se reconoce en la filiación la posibilidad de que un hombre trans pueda ser padre, así mismo no se reconoce la posibilidad de que una mujer trans pueda ser madre. Aquí estamos frente a uno de los ejemplos más concretos de cuerpos que no importan para el ordenamiento jurídico. ¿La Ley de la Identidad de Género se hizo cargo de esta situación? Lamentablemente no, porque la gran discusión estuvo respecto al cambio de nombre y sexo registral ¿Qué sucede con otr*s cuerp*s normativos que están en tramitación? Hay distintos proyectos de ley que están en el Senado que podrían hacerse cargo de esta realidad, pero por el momento esta sigue siendo una realidad invisibilizada y en la cual derechamente hay incluso sentencias que benefician esta situación. Hay una sentencia de la Corte de Apelaciones de Antofagasta en la cual se reconoce la posibilidad de que a una persona trans* se le cambie el certificado de nacimiento del hijo para reconocer que ella es su otra madre. ¿Qué pasa en otras sentencias de la Corte Suprema? Derechamente, denegó esa posibilidad y estableció que niño, niña y adolescente tienen el derecho a conocer la identidad de sus padres. Aquí estamos frente a un ejemplo claro de cuando el cuerpo, de cuando la identidad solo existe en la medida que se concentra en torno a los mismos estándares. Aún más problemático es que desde el año 2018, en el que entró en vigencia la ley que crea el Ministerio de Desarrollo Social y Familia, que estableció un concepto por primera vez en el ordenamiento jurídico, de familia y que, a pesar de que se limita a hombre y mujer, podría establecer la posibilidad de reconocer vínculos afectivos de personas en torno a la filiación. Lamentablemente, al no existir políticas públicas, al no existir una vinculación en torno a la estadística, se genera una invisibilidad de la diversidad corporal que existe dentro de la población trans*. ¿Eso quiere decir que en la cédula de identidad debe establecerse alguna suerte de carácter o algo? No, efectivamente lo ideal es que tampoco la cédula de identidad señale el sexo, pero sí es necesario que en torno a las políticas públicas en materia de salud, las políticas públicas en distintos ámbitos en las cuales las corporalidades sí juegan un rol importante, pudiera existir la posibilidad de que se visibilizara la diversidad de cuerpos e identidades trans que existen actualmente. Porque una de las consecuencias en torno a la entrada en vigencia de la Ley de Identidad de Género y los cambios de nombre de sexo registral tiene que ver con esto, con esconder debajo del tapete el hecho de que la diversidad corporal existe, que no existe una única forma de ser una persona trans*. Diálogo final Simposia 2020 Débora Fernández Cárcamo Y o estoy encantada, no solamente con la profundidad de los análisis de cada un* de l*s ponencistas, sino también de la diversidad temática y disciplinar que ha tenido lugar en esta tercera versión de la Simposia. De manera resumida, podríamos decir que en la primera de ellas, con Pablo Astudillo, pudimos observar una contundente sinopsis de las investigaciones que se han desarrollado en el contexto educativo chileno a propósito de la noción de diversidad sexual y la experiencia de transición de género de estudiantes trans*.39 Junto a Claudia Calquín pudimos vislumbrar cuáles son las temáticas más gravitantes de la retórica de la disforia de género. Dos flancos parecen haberse abierto, por un lado, la comprensión de cómo es que la formación discursiva del aparato psiquiátrico determinó la nominación de las identidades trans* en el campo social, mientras que, por otro lado, están vectores críticos que leen las formas de actuar de las disciplinas psicológicas en la producción de saberes y en la práctica clínica como tal. Sin lugar a dudas, la patologización es una cuestión que se ve reflejada, de manera diferenciada, en estos dos mundos. Con Claudia Iriarte, pudimos volver sobre los orígenes del contrato social y cuáles son las disputas allí ancladas que permean la resolución del concepto de ciudadanía tardocolonial o posmoderno. Pero también, pudimos deducir algunas cosas sobre cómo la noción de disidencia afecta a la asunción del sujeto político feminista, esto es, a aquella comprensión de la mujer al interior de la ciudadanía y la igualdad de derechos. Finalmente, la perspectiva situada y transfeminista de Constanza Valdés, además de introducirnos en la temática de la 39. El uso del asterisco señala un concepto genérico que abarca identidades y procesos de construcción de género binarios y no binarios, queer y sexodisidentes, estables y fluides. Cada vez que la noción trans aparezca sin asterisco ésta hace referencia a casos de identidades trans binarias (transfemeninas o transmasculinas). 115 ACTAS DEL PRIMER CICLO DE SIMPOSIAS • Nuevas cuerpas para nuevas transformaciones representatividad de la población trans*, nos dejó perit*s respecto de las insuficiencias de la Ley de Identidad de Género (LIG). Creo que ello nos permite indagar de manera sólida en algunas de las temáticas más vinculantes del activismo trans* y de las perspectivas del transfeminismo local. 116 Antes de ir a las preguntas, me permitiré dos digresiones breves. Uno. Siempre digo que una de las cuestiones que queda por pensar es la «efectividad real» de los derechos de las identidades no binaries. Es más, cuando inscribimos un asterisco en el subtítulo de la Simposia para acompañar el concepto de «identidades trans*», lo hacemos en la sintonía del uso del término de «latin*s» usado por las comunidades trans* en el norte global y en Centroamérica, precisamente porque es una estrategia que busca interrumpir las lógicas hegemónicas que inyectan dosis de epistemología de la diferencia sexual en la configuración de l*s sujet*s y en sus posicionamientos enunciativos. Dos. Me gustaría volver sobre el problema de la representatividad de lo trans* en el país, que es algo que Constanza tematizó, en concreto, con la referencia de Disclosure: Ser trans más allá de las pantallas (2020), documental Sam Feder producido por Netflix junto a la productora ejecutiva de Laverne Cox, que llegó hace solo unos meses a este rincón del planeta. Me detengo en él ya que el documental realiza un paneo que identifica cuáles han sido los principales estereotipos que han formateado la mirada de la audiencia hacia lo trans*. Si pensamos en la educación y el conjunto de relaciones del contexto educativo notamos que el rol formativo de los colegios es compartido, les estudiantes se forman a su vez navegando en la web, viendo teleseries, leyendo novelas y viendo películas. Desde luego que la historia del cine chileno, tal como la hollywoodense, ha estado plagada de sesgos transfóbicos, por prejuicios y estereotipos de toda clase. Algo tremendamente interesante en Disclosure es uno de los momentos de la entrevista a Susan Striker, una de las pioneras en los estudios transgénero y referente ineludible de las epistemologías trans*. Ella deja al descubierto la emergencia de los discursos transfóbicos al anudar la aparición de un sujeto trans* en una de las primeras películas de Griffit, con la técnica del montaje propia de la cinematografía. En efecto, curiosamente Judith de Bethulia (1914) es la primera película en la historia en la que se presencia un «corte» en la imagen-movimiento: la escena de ese corte es una escena que representa la decapitación de un jefe imperial (Nabucodonosor, ni más ni menos) por parte de un personaje travesti. La coincidencia hace alusión, en palabras de Stryker, a lo que antiguamente se denominaba «eunuco», esto es, un varón castrado. Más allá del evidente motivo de la burla del que solía abusar Griffith y que se reitera a lo largo de la historia del cine, en esa escena estamos en presencia de una escena inaugural constituida por un corte sobre otro. A saber, el corte del genital masculino, la decapitación y el corte de la escena misma. A la rápida diría que la burla como mecanismo de defensa está vinculada a una estigmatización cuyo fundamento descansa en un régimen de sentido falocéntrico. El mismo y siempre mudable principio que restituye una y otra vez los ciclos de violencia y discriminación en contra de nuestras identidades*. PREGUNTAS Pablo Astudillo: a. En el estudio que realizaste en el colegio, ¿pudiste ver si había claridad respecto a los diferentes aspectos comprendidos en la sigla LGBTIQ+? b. La construcción de género, aunada a su expresión, está mediada por constructos sociales, y los espacios educativos reafirman dicho constructo. Considerando la inferencia en el desarrollo evolutivo, ¿cuáles son las claves para modificar aquellas normas? Voy a responder a las preguntas formuladas específicamente en relación a lo que se pesquisó en el estudio. Lo que planteé hoy día surgió a propósito del estudio que se hizo para UNESCO, de Educación 2020, y del estudio de inclusión de estudiantes LGBTI, que patrocinó la UNESCO y el Ministerio de Educación el año 2017 o 2018. En ambos casos se utiliza la sigla LGBTI porque era la nomenclatura que usaba el mandante. Eso evidencia las complejidades de cómo se formulan metodológicamente las preguntas del estudio. Del estudio era bien interesante constatar que cuando se ponía el acrónimo —y de hecho esa era una de las preguntas que se formulaban: «¿ustedes saben lo que significa esto?»— se le preguntaba por distintos actores. Claro, lo que era LGB, las tres primeras letras del acrónimo, el conocimiento era transparente, las personas podían identificar con mucha claridad y nombrar qué significaba cada una. Cuando se seguía en el acrónimo con las siguientes, ya la cuestión empezaba a cambiar de manera dramática. Con la letra «T» había más de una palabra que se invocaba, la letra «I» era totalmente desconocida; era muy inusual encontrar a alguien que pudiera identificar cuál era el significado de la «I» y, salvo algunos casos en ciertos establecimientos donde existía alguna clase de movilización política, digamos, colectivos de género o alguna clase de estructuración de la educación sexual mayor, las personas podían formular algo más y, por ejemplo, incorporar la «Q», y criticarnos a nosotros como investigadores y decirnos «sabe qué, 117 ACTAS DEL PRIMER CICLO DE SIMPOSIAS • Nuevas cuerpas para nuevas transformaciones 118 su sigla está incompleta» o «está construida de una manera parcial». ¡Pero eso era excepcional! Esto era así independiente del lugar al que fuéramos. El primer estudio que hicimos se hizo en distintos colegios de Chile, en distintos contextos: urbanos, rurales, en grandes y pequeñas áreas metropolitanas, es decir, con una diversidad bastante representativa. Lo interesante a constatar allí es que aun cuando fuera una escuela rural, por ejemplo, de la región de Ñuble, o fuera una escuela en la comuna de Providencia en Santiago, el conocimiento de las siglas era prácticamente el mismo. Pudimos ver que la representatividad de las siglas «LGB» es mayor, y que en relación con las identidades asociadas a la letra «T» empezaba a aparecer cierto tipo de discrepancia. La segunda pregunta es bien compleja en realidad. No me atrevo a dar una respuesta, creo que me quedaría corto en tratar de formularlo. Lo que sí puedo decir, por lo menos desde el lado de mi disciplina que es la sociología, es que efectivamente hay algunas cosas que se requieren abordar. En la presentación hablé de las lógicas de reconocimiento y de esta idea de inclusión que domina el vocabulario de la política educativa, y las escuelas suelen referirse así, con esa terminología. Pero si uno lo tensiona con las nociones de reconocimiento y de justicia social vemos que, efectivamente, hay brechas que no están cubiertas. Desde un punto de vista pragmático, claro, podríamos pensar en cuál es el alcance cuando formulamos una pregunta, primero, ¿qué horizonte nos imaginamos de cambio?, y segundo ¿en particular, qué se podría hacer? Mi respuesta, en ese sentido, es parcial. Hay un trabajo importante respecto de cómo se evidencia y, en el fondo, de cómo se abordan las lógicas de reconocimiento, de cómo se aborda la complejidad de las interacciones que tienen lugar en la escuela y de cómo hay un debate pendiente en relación con la educación sexual. Hemos visto que había un proyecto de ley que se cayó. En las escuelas y en la educación sexual vigente, por ejemplo, los temas de diversidad, orientación sexual, identidad y expresión de género, suelen ser abordados como un capítulo: «hoy día tenemos el tema, hablemos de la homosexualidad en el mundo». Perdonen el ejemplo que pongo, pero se suele abordar así, y básicamente hacerlo de esa manera termina por tipificar nociones de diferencia, hacer visiones estáticas. En eso concuerdo completamente con lo que planteaba Constanza; era muy interesante ver cómo en las escuelas los procesos de transición eran algo que generaba una especie de incertidumbre, que se resolvía cuando los estudiantes finalmente llegaban a destino (por usar una terminología de tipo espacial, geográfica), y lo que pasaba entre medio o lo no binario quedaba en una especie de incertidumbre o resistencia que no se puede resolver. Y es ahí donde yo pienso que efectivamente hay que abordar la educación sexual también desde las lógicas de reconocimiento, precisamente para comprender que vivimos en un sistema que produce normas sobre el género, que produce normas sobre la identidad, que produce normas sobre la experiencia y la individualidad que están construidas alrededor. No se trata de jerarquizar , sino que, efectivamente, reconocer como todos, todas y todes participamos precisamente de esos procesos de construcción identitarios; no se entiende la propia experiencia sino es a partir de la experiencia de los otros también. Entonces, salir del plano de lo esquemático en la educación sexual y empezar a plantearlo en términos de reconocimiento y de tomar conciencia de cómo se construye la propia identidad sería un primer paso, al menos desde el punto de vista sociológico. Hay otras muchas cosas que hacer desde el plano legal, curricular, sobre todo el tema de la representatividad, de nuevo tomándome de lo que decía Cony, que es crucial cuánto del currículum escolar se aborda (tenemos un personaje protagónico trans en un programa de literatura).40 Partamos por ahí ¿cuánto de eso hay? ¿Cuántos de l*s profesores están dispuestos a innovar en ese sentido? Así es que por ahí pienso que hay dos flancos que se podrían abordar. Claudia Calquín: a. ¿Cómo se puede teorizar y trabajar en un programa político que puje por avances en el reconocimiento de derechos de la población trans y no binaria dentro del ámbito jurídico y que sirva de guía para el movimiento disidente sexual, pese a esa normatividad que identificas en la regulación estatal de las cuerpas? b. Entonces, ¿cómo pensarnos por fuera de la normatividad, hay un escape posible? Vincularé las dos preguntas porque ambas tienen un elemento en común. A mí me llama la atención, quizás sea porque estamos en este proceso de Convención Constitucional, cómo nos inunda el lenguaje jurídico a la hora de pensar estos problemas y cómo estamos homologando lo político con la ley y los derechos. Yo creo que hay un primer problema, porque el tema de lo político, el tema del reconocimiento, en cuanto tal, no se puede agotar en el campo del derecho. Quizás es novedoso para el tema trans, pero desde el punto de vista de la historia de las mujeres es más complicado. Lo diré del siguiente modo: las mujeres hace tiempo que tenemos hartos derechos y la verdad es que hay muchísimo que no ha cambiado por la vía legislativa. Por otro lado, está la cuestión de fondo que es la pregunta por lo político. Mi interpelación tiene que ver con no reducir lo político al Estado. Ya Foucault nos dijo que el poder no se puede reducir al Estado, no podemos caer en esa versión jurídica del poder. Hay un poder jurídico que está claro, pero evidentemente no podemos pensar que el poder «emana» del Estado. Hay ahí una discusión que guarda relación con el tema de las disidencias y los temas de género, pero a su vez guarda relación con un tema más amplio que es si acaso 40. Alusión a la incorporación curricular de Pedro Lemebel en los programas escolares de Educación Media. En la misma línea destaca también el reconocimiento una de las bibliotecas de la Red de Bibliotecas Públicas del país al adoptar el nombre del escritor, activista y artista performance: Biblioteca Pública Pedro Lemebel de la Municipalidad de Recoleta, vigente desde finales del año 2017. 119 ACTAS DEL PRIMER CICLO DE SIMPOSIAS • Nuevas cuerpas para nuevas transformaciones 120 queremos, efectivamente, un Estado. Es decir, yo no partiría de la base de que «hay un Estado» que nos debe entregar una serie de derechos en base a los cuales daremos con la felicidad. En particular, a mí no me mueve el deseo de Estado, yo no quiero más regulaciones somáticas. En ese sentido, por un lado, desvincularía el tema del reconocimiento con las posibilidades de una vida supeditada a la forma-Estado. Insisto, más allá de si estoy de acuerdo o no, es raro plantearse queer y «querer» al Estado. Yo siempre he pensado que lo queer tiene que ver con cierto anarquismo político y con entender que las normas son una forma de poder, una modalidad de poder que, para Foucault, constituye una formación de poder que es tanto reguladora como productiva. Un poder que está actuando a través de las normas. Existen muchas normas, existen normas morales, existen normas sociales pero, por ejemplo, en el caso que nosotros vemos en la psicología, la norma que hoy día no está operando es la norma estadística, que es un tipo de norma, y una norma estadística que establece una curva normal y que en el fondo te dice que los que están en el centro de la curva son «normales» y los que están en los extremos de la curva son «anormales». Así de brutal es. Cuando el DSM, los manuales de clasificación señalan «quiénes son normales y quiénes son anormales», te están dando puros datos estadísticos. En ese sentido se establecen ciertas normas, y pensarse fuera de la norma, siguiendo a Foucault y a Butler, sería una imposibilidad porque la norma es un campo de inteligibilidad. El problema tiene que ver con nuestros procesos de normalización, y el problema es cuando estas normas están negando ciertas posibilidades de vida. Entonces, en el fondo, es no plantearse desde fuera de la norma. Es difícil plantearse fuera de la ley, porque aunque de todas maneras yo quisiera estar fuera de la ley, no dejarme gobernar por la ley, de una u otra manera la ley igual me va a gobernar, pero reducir el debate de las identidades, reducir el debate de los cuerpos a la forma del Estado y el derecho me parece sumamente peligroso. Insisto, puede ser porque hoy día estamos en un contexto de cambio constitucional, yo creo que la sociedad chilena tiene muchas esperanzas en torno a lo que va a pasar con esta nueva constitución. Yo soy un poco más escéptica y un poco más nihilista en general, no solamente por lo que va a pasar en Chile, sino en general con cualquier forma política que asume solamente la forma de Estado, y quiero ser bien responsable con esto. Pensemos en los movimientos feministas en torno al aborto; por ejemplo, no todas se sumaron a la idea de que el Estado regule el aborto, aparecieron los grupos autoconvocados, los colectivos autogestionados donde hoy día, a propósito de las tecnologías, se reelabora, se resignifican, y esas tecnologías que una podría considerarlas que nos oprimen, para ponerles un nombre, se reelaboran como elementos emancipatorios y que me permiten una cierta autogestión en relación al Estado como regulador de los cuerpos reproductores. Entonces hay ya ciertas experiencias de autogestión. Respecto a las metáforas de avance y retroceso yo también sacaría esas metáforas que son muy del Estado, de que el propio Estado se va contando que a mayor derecho hay mayores avances y tampoco estoy tan segura, ¿son avances con relación a qué? Ahora, también creo que estamos en medio de una aporía. Leer de manera aporética, en el fondo, porque efectivamente sabemos que, por un lado, estas leyes nos constriñen, pero también a veces son una base para la sobrevivencia. Estamos, en el fondo, atrapados tanto desde el punto de vista legal, pero también desde el punto de vista normativo: las mismas normas que nos reconocen como sujeto son las mismas que nos constriñen y que inclusive nos pueden llegar a asesinar, pero también son las que necesitamos para poder ser sujeto. Quizás tomar ahí una pregunta que habla de l*s chic*s menores de 14 años; nos preguntamos cómo protegemos a l*s chic*s menores de 14 años, pero lo que no nos hemos preguntado es por qué los menores de 14 años no están participando del proceso constituyente. O sea, cuál es la respuesta que vimos como adult*s en relación con las lógicas adultocéntricas. No se trata solo de pensar a los niños, niñas y niñes a partir de una categoría de si son trans*, sino también pensar hasta qué punto las mismas lógicas hoy día, inclusive dentro de los mismos activismos, están reproduciendo una lógica donde nos preguntamos ¿cómo protegemos a estos niñ*s? Pero el tema es ¿por qué esos niñ*s no hablan? Niños, niñas y niñes, por qué no están en el debate, si son los que permitieron que hoy día estemos debatiendo acerca de la constitución, si son ell*s los que partieron el 18 de octubre y quedaron completamente afuera del debate, fuera del plebiscito y no hubo ningún gesto, ni un intento, ninguna voluntad de incorporar a l*s niñ*s, no sólo como objetos de protección, sino como sujet*s, y como sujet*s no solo de derecho, sino sujet*s de sus propias historias y sujet*s políticos. 121 ACTAS DEL PRIMER CICLO DE SIMPOSIAS • Nuevas cuerpas para nuevas transformaciones Claudia Iriarte: 122 a. ¿Cómo se podrían erradicar los roles patriarcales y capitalistas que sustentan el orden hetero-cis-sexista de las familias? Existimos familias homoparentales, lesbomaternales y lesbopaternales, pero al margen de cualquier regulación que pueda proteger a les hijes que co-criamos. b. ¿Cómo avanzar hacia una sociedad que no dependa de la definición de familia establecida en la ley? Pienso en aquellas redes de cuidado que han empezado a ocupar el rol que antes tenían las familias, tanto en la convivencia hogareña como en las labores de cuidado. ¿Es posible que el derecho, o la nueva constitución, prescinda del concepto de familia, o que derechamente lo reemplace por uno como «redes de cuidado»? Ambas preguntas, que no son lo mismo pero están relacionadas, plantean grandes desafíos y yo creo que aquí voy a retomar algo que dijo Claudia Calquín y que me parece muy importante, a pesar de que yo hablo desde el derecho. Lo que traté de plantear es como el derecho mira y termina regulando, recogiendo este orden, el gran fijador o estructurador, el de las certezas del orden social sexual, y que precisamente por eso todos los procesos de cambio que pueda haber socialmente y en las leyes. Por eso mismo creo que la Ley Antidiscriminación y la Ley de Identidad de Género, de la cual tengo muchas críticas porque creo que no garantiza realmente derechos sino que garantiza únicamente el derecho al cambio de nombre y sexo registral. Había algunos derechos en algunas cosas muy genéricas y por eso pasa lo que ocurre con los niños menores de 14 años, porque la mirada no está en l* sujet*, entonces el derecho, por mucho que haya cambios sociales o cambios incluso de orden normativo, orden estatal, mientras no miremos esos cambios estructurantes y no se cambian desde el derecho. Ahora, aquí un pequeño paréntesis. Yo no creo que el derecho tenga capacidad de cambiar la sociedad a pesar de que la Ilustración sí pretendió que el derecho fuera un instrumento de cambio. Pero sí el derecho, al menos tiene que darse cuenta de sus propias trampas ideológicas y por eso es que Claudia decía que ha habido reconocimiento de derecho y no ha servido de mucho, porque hay una estructura y un modelo ordenador y ese es el problema. Cuando Claudia Amigo y Matías me plantean sobre el modelo de familia, uno puede hacer una familia distinta y yo creo que hay, a pesar de que colamos todos los sujet*s en nuestra sociedad, colamos miles de tráficos ideológicos sin darnos cuenta e incluso aunque no queramos, en nuestro propio orden familiar, relaciones humanas, etc. Pero aunque intentemos hacer cosas distintas, cuando llegamos a la institucionalidad, Constanza nos daba varios ejemplos de derechos, de normas, de fallos, de sentencias, de situaciones que el derecho se niega a reconocer más allá del discurso integrador, no discriminador, de las leyes de igualdad etc. Porque en el fondo es ahí donde tiene la piedra de tope, porque se acepta eso, está aceptando esa disidencia, está aceptando ese quiebre y ese es el nudo, y desde ese punto de vista me parece interesante lo que apunta Matías cuando dice «miremos los temas de reproducción», claro, eso es lo que hay que mirar. Ahora, eso no se cambia por decreto, el derecho no lo va a cambiar, eso requiere un cambio profundo del orden. Tengo mis dudas ahí, tengo un debate con la posmodernidad o el postestructuralismo de Claudia, porque creo que todavía me atrapa mucho esta idea del sujeto histórico pero, sin duda, que tiene que ver con la reconstrucción de la mirada de l*s sujet*s y la construcción de la subjetividad y el fin del Estado en definitiva. Desde ese punto de vista, es muy importante lo que aporta el feminismo porque el feminismo plantea justamente la reconstrucción de un orden a partir de la diversidad del sujeto, de l*s sujet*s. Ahí es donde entra la diversidad y lo que planteaba Celia Amorós con la pulverización del sujeto, que entraña el peligro de que nos quedemos sin sujeto. Es complejo, pero sin duda que la construcción de esta idea de que hay sujetes o sujetas en el orden social, que se encargan de asegurar la vigencia del capitalismo por la idea de la mantención y la producción de la reproducción de la forma de trabajo, obviamente es el punto central que hay que abordar, y eso nos lleva a realmente garantizar derechos, no discriminación de l*s sujet*s por razones de orden sexual y eso incluye las disidencias sin duda. Solo allí vamos a poder hablar efectivamente de autodeterminación, en definitiva, y de igualdad, porque aquí el tema de autodeterminación y libertad es la igualdad, ese es el supuesto como sujet*s. 123 Constanza Valdés: ACTAS DEL PRIMER CICLO DE SIMPOSIAS • Nuevas cuerpas para nuevas transformaciones a. ¿Crees que existe se pueda decir que existe un trato digno hacia las personas trans en el sistema de salud de nuestro país? Y si es que no, ¿a qué se debe? 124 b. ¿Cómo ves la relación entre los intereses del mundo privado y la adopción del cupo laboral trans en nuestro contexto? c. Considerando que la LIG dejó afuera les niñes, ¿cómo podemos proteger la infancia trans? Me gustaría recalcar que me parece peligroso sostener que pese al avance en materia de derecho, la situación no ha cambiado. Hoy, por ejemplo, hubo un ataque lesbofóbico a una mujer en una micro con dirección a Lampa. Eso no significa que la construcción de los derechos y el cómo estos afectan en el conjunto social no sea una ganancia de parte de los activismos. Piensen en que, en el activismo por los derechos de las disidencias sexuales (independiente del término usado), diariamente luchamos no solo por nuestra existencia, sino para hacer efectivo un reconocimiento. Sabemos que, en este momento, la igualdad no existe en la práctica, ya sea por tener una identidad de género distinta o por tener una orientación sexual distinta. Sabemos que esa igualdad no se va a lograr, pero eso no significa que la lucha por el reconocimiento y la avanzada de los derechos no sea importante. Desde nuestro punto de vista, la verdad es que la autogestión tampoco nos ha garantizado efectivamente la seguridad. Por lo mismo, sabemos que esta discusión va mucho más allá de lo estrictamente jurídico y de lo meramente normativo. La primera pregunta que me hicieron es si es que existía un trato digno hacia las personas trans* en el sistema de salud. La verdad es que no, lamentablemente no existe un trato digno en torno a la salud de las personas trans*. Muchas personas han tenido problemas para que se le reconozca su nombre social, y las condiciones que generen un acceso sin discriminación no están plenamente implementadas. De hecho, una de las consideraciones que aparecieron al principio de la pandemia de parte de organismos internacionales era precisamente la preocupación por el hecho de que se generasen situaciones de discriminación y violencia hacia las personas de la comunidad LGBTIQ+ por su orientación sexual, identidad y expresión de género, durante ese contexto (en una atención relacionada con algún síntoma de COVID-19 u otra). En este sentido, diría que en la cultura misma no hay una formación transversal en torno a la inclusión y la no discriminación de las personas LGBTIQ+. Efectivamente, la verdad es que no hay un trato «digno». Lo que no cambia si, por ejemplo, tengo capacidad de poder pagar una buena clínica: aun así existe una alta probabilidad de que me vayan a discriminar. La segunda pregunta es respecto al cupo laboral de las personas trans* y si es que para mejorar esto en particular es necesario, de alguna forma, crear también alguna suerte de incentivos estatales para que las empresas contratarán a personas trans*, pensando en temas de tributación y sobre todo teniendo en consideración que hoy día muchas empresas promueven (como un secreto a voces o con la asignación de los puestos más bajos del retail) la inclusión de personas trans, pero efectivamente el cupo laboral de personas trans* no existe. Más allá de que yo creo que debe haber incentivos estatales, se requiere que exista una ley que promueva esto, sin perjuicio de que en general la tributación pudiera, de alguna forma, suponer un incentivo a empresas que quisieran pagar menos tributos en pos de tener a personas trans*. No sé si estaría tan de acuerdo, porque al final del día terminaría siendo como aceptar un beneficio o un incentivo para contratar: yo no estoy completamente de acuerdo con la política de rebajar los impuestos por estos motivos. Una política de ese tipo no sé si pueda ser tan efectiva sobre todo en un momento en que la participación y la inclusión de las personas trans* en el ámbito laboral, pensando en el ámbito laboral con contrato de trabajo, lamentablemente es bastante baja en Chile. La tercera pregunta apuntaba a cómo se puede proteger desde la constitución las identidades no binarias y los derechos de los menores de 14 años. Sin perjuicio de que existe una deuda histórica respecto al reconocimiento de la autonomía progresiva de niños, niñas y adolescentes, yo creo que es súper importante intentar cambiar la postura adultocentrista en torno a cómo se diseña nuestra sociedad. Efectivamente, dentro de la actual Constitución no se menciona a niños, niñas y adolescentes. 125 ACTAS DEL PRIMER CICLO DE SIMPOSIAS • Nuevas cuerpas para nuevas transformaciones REFERENCIAS 126 En base a lo mismo, creo que no se trata solo de reconocer derechos, sino de crear un sistema de protección integral en torno de los derechos de niños, niñas y adolescentes, promover su participación en la toma de decisiones, que es súper importante. No se puede cambiar el modelo que tenemos de la noche a la mañana, pero empezar a dibujar los contornos de la protección de niños, niñas y adolescentes en cuanto al derecho a la identidad es súper importante. Este es un aspecto que de hecho quedó fuera de la LIG gracias a criterios políticos conservadores. La nueva constitución puede asentar algunas bases importantes, sin perjuicio de que se requiera de cambios culturales. Sin perjuicio de que Argentina es una sociedad que ha avanzado en las normativas transinclusivas, aún siguen ocurriendo situaciones de discriminación y violencia en contra de disidencias sexuales y de personas de la comunidad LGBTIQ+. Ministerio de Justicia y Derechos Humanos del Gobierno de Chile. (27 de diciembre, 2019). Ley 21.120. Reconoce y da protección a la Identidad de Género: https://www.leychile.cl/ Navegar?idNorma=1126480. Butler, J. (2014ª). Cuerpos que importan. Paidós. Para finalizar, mencionaré un caso de Argentina. Cuando se aprobó la LIG años atrás (incorporando niños, niñas y adolescentes), una niña, Luana, quiso hacer el cambio de nombre y sexo registral con el consentimiento de sus padres ante el Registro Civil. Un funcionario le denegó la solicitud porque decía que no podían hacerlo, siendo que la ley establecía lo contrario. Este es un ejemplo de que lo cultural está muy aparejado del incumplimiento de las normas. 127 ACTAS DEL PRIMER CICLO DE SIMPOSIAS • Nuevas cuerpas para nuevas transformaciones SOBRE L*S AUTOR*S 128 Alba Rueda. Activista Trans. Subsecretaria de políticas de diversidad del Ministerio de las Mujeres, Género y Diversidad de la República de Argentina. Integrante de Noti Trans y Mujeres Trans Argentina. Investigadora del Departamento de Género y Comunicaciones del Centro Cultural de la Cooperación Floreal Gorini. Integrante del Consejo Asesor del Observatorio de Género en la Justicia, Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Claudia Calquín. Dra. Claudia Calquin Donoso, Psicóloga Usach, Máster en estudios de mujeres, género y ciudadanía (IIEDG/Universidad de Barcelona) y Doctora en Ciudadanía y derechos humanos en la línea de Diferencia y alteridad (Facultad de filosofía, Universidad de Barcelona). Actualmente es académica y directora de investigación de la Escuela de Psicología de la Usach, directora de la Revista Palimpsesto (Fahu/Usach) y directora del diplomado Educación no sexista: estrategias para su implementación Claudia Iriarte. Licenciada en Ciencias Jurídicas y Sociales y abogado de la Universidad de Chile. Doctora en Derecho por la Universidad de Chile. Profesora asistente de historia del derecho e investigadora del Centro de Derechos Humanos, responsable de la línea de género. Constanza Valdés. Licenciada en Ciencias Jurídicas y Sociales. Activista trans y feminista, e integrante de diversas organizaciones sociales que trabajan por los derechos humanos de las mujeres y personas LGBTIQ+. Fue la primera mujer trans de Chile en exponer ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Ha sido asesora legislativa en la Cámara de Diputados y en incidencia legislativa de diversos proyectos como la Ley de Identidad de Género, reforma a la Ley Antidiscriminación y Derechos de Filiación, entre otros Débora Fernández. Licenciada en Educación y Pedagogía en Filosofía por la UMCE, candidata a Doctora por el Ph.D. Teoría Crítica y Sociedad Actual de la UNAB, becaria nacional de la ANID e investigadora asociada al Fondecyt Regular 1201271 (20202023) sobre el pensamiento de Gilles Deleuze. Coordinadora del Área CERES: Género y Subjetividades Trans de ONG CERES y miembro de la Red de Filósofas Feministas de Chile. Karen Glavic. Magíster en Filosofía, Universidad de Chile. Doctora © en Filosofía con mención en Estética y Teoría del Arte, Universidad de Chile. Es académica en distintas universidades en Chile en las áreas de estética y teoría feminista. Dirige la colección Feminismos en Pólvora Editorial donde fue editora de Aborto Libre. Materiales para la lucha y la discusión en Chile (2019). Nicole Darat. Nicole Darat es Doctora en Filosofía y Máster en Filosofía mención Filosofía Moral y Política por las Universidades de Valladolid y Salamanca, es Profesora de filosofía por la Universidad Metropolitana de Ciencias de la Educación. Es académica de la Universidad Adolfo Ibáñez. Es miembra de los colectivos Ruta Feminista y Communes. Pablo Astudillo Lizama. Sociólogo, P. Universidad Católica de Chile. Master en ciencias sociales, especialidad género, política y sexualidad, Ecole des hautes études en sciences sociales. Doctor en sociología, Universidad Paris V (Paris Descartes). Profesor asistente del Departamento de Política Educativa y Desarrollo Escolar, Facultad de Educación, Universidad Alberto Hurtado. Profesor de cátedra Sociología de Género, Pontificia Universidad Católica de Chile. Investigador especializado en género, sexualidad y espacios educativos. Rita Lages. Profesora asistente de la Facultad de Derecho de la Universidad de Chile. Diploma de Estudios Avanzados (DEA) en Derecho Europeo por la Universidad Complutense de Madrid, Magíster (LL.M) en Ciencias Jurídico-Comunitarias por la Universidad de Coimbra, Portugal. Licenciada en Derecho por la misma universidad. Área de investigación en migración internacional y asilo en el derecho internacional de los derechos humanos, derecho de la Unión Europea y en América Latina. Rodrigo Mallea. Abogade por la Facultad de Derecho de la Universidad de Chile, asistente de investigación Centro de Derechos Humanos de la misma universidad. Ayudante de Derecho Constitucional y Derecho Internacional de Derechos Humanos. Activista LGBTIA+ fundador de la organización de activismos interseccionales Disidencias en Red y parte de la coordinación de la Defensoría Jurídica Universidad de Chile. 129 129 Actas del Primer Ciclo de Simposias NUEVAS CUERPAS PARA NUEVAS TRANSFORMACIONES Centro de Derechos Humanos de la Universidad de Chile y Equipo de Género y Subjetividades Trans de ONG CERES 130